Pliego de bases y condiciones particulares
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Nombre del Organismo
DIRECCIÓN DE BIENESTAR DEL PERSONAL (DI.B.P.F.A.)
San José 317(1076) Capital Federal TEL.: 4383-0743 o 5173- 2331/Fax: 5173-2227E-MAIL: ([email protected])
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Tipo: LICITACIÓN PÚBLICA
Clase: ETAPA ÚNICA NACIONAL
Modalidad: ORDEN DE COMPRA ABIERTA Expediente: N° 2.701.932 (FAA)
Rubro Comercial: Productos Médicos y Farmacéuticos
Objeto de la Contratación: SERVICIO INTEGRAL DE ADQUISICIÓN Y DISPENSACIÓN DE
MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA DIABETES, para los Afiliados de la
DIRECCIÓN DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA FUERZA AÉREA (DIBPFA), distribuidos en todo el
territorio nacional, por la modalidad de Orden de Compra abierta.
Costo del Pliego: $ 2.500,00
PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
DIRECCIÓN DE BIENESTAR DEL PERSONAL (DI.B.P.F.A.) Departamento Economía – División Compras San José 317(1076) 2° Piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
HASTA UNA HORA ANTES DE LA APERTURA
No se aceptará ningún otro lugar de entrega de ofertas, puesto que podría poner en riesgo su recepción oportuna al acto de apertura.
ACTO DE APERTURA DE OFERTAS
Lugar / dirección
DIRECCIÓN DE BIENESTAR DEL PERSONAL - Departamento Economía - San José 317(1076) 2°
18-SEPTIEMBRE-2012
Piso Capital Federal
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CLÁUSULAS PARTICULARES
1. BASES DE LA CONTRATACIÓN:
El presente procedimiento de selección, el contrato y su posterior ejecución se regirán por el Manual de
Procedimientos para Contrataciones y Convenios (MAPROCON) y sus modificaciones, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (PUBCG), sus normas complementarias y el presente Pliego de Bases, Condiciones Particulares Y Especificaciones Técnicas (PBCP y ET) los cuales se encuentran para conocimiento y/o consulta de los señores Oferentes en la Dirección de Bienestar del Personal (DI.B.P.F.A) – Departamento Economía – División Compras y en la Página de Internet de la DI.B.P.F.A.
La provisión de insumos solicitados, se debe realizar bajo la modalidad "entrega a través de Red de
Farmacias habilitadas", en conformidad con lo establecido en las Leyes Nacionales sobre el Ejercicio Farmacéutico, Ley Nº 17.565/1967 modificada por Ley Nº 26.567/2009) y sus modificaciones. Ley Nº 25.649 Prescripción de Medicamentos por su Nombre Genérico; según el Decreto Nº 1299/97 Comercialización y Distribución de Especialidades Medicinales, la Resolución del Ministerio de Salud Nº 1.644/2008 para Droguerías y la Disposición ANMAT Nº 3475/05- Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Buenas Practicas de Distribución de Productos Farmacéuticos. Asimismo debe contar con los requisitos para la implementación del Sistema de Trazabilidad de Medicamentos, según marco regulatorio vigente, Resolución 435/2011 del Ministerio de Salud, Disposición ANMAT Nº 3683/2011 y N° 1834/2012, y la Resolución 362/2012 de la Supe-rintendencia de Servicios de Salud, sus modificatorias, complementarias y/o ampliatorias
Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos.
En caso de existir discrepancias entre los referidos documentos, regirá el siguiente orden de prelación:
1º) El Manual de Procedimientos para Contrataciones y Convenios de la DI.B.P.F.A. (MAPROCON)
2º) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de bienes y servicios de la
3º) El Pliego de Bases Condiciones Particulares Y Especificación Técnica.
4º) La oferta y las muestras que se hubieren acompañado.
5º) La adjudicación.
6º) La orden de compra.
2. OBJETO DEL LAMADO:
. 1º) El presente llamado tiene por Objeto la prestación del Servicio para la provisión y dispensación de
medicamentos e insumos, productos medicinales, con cadena de frío y de productos para diagnóstico, empleados en el tratamiento de la Diabetes Mellitus. A tal efecto el servicio será Integral incluyendo un sistema de distribución, dispensación y trazabilidad de los productos, a través de farmacias habilitadas y de acuerdo a las normativas vigentes.
3. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN
1º) La presentación de la oferta, importa de parte del oferente el pleno conocimiento de toda la normativa
que rige el llamado a contratación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento.
2º) También implica, la aceptación de este régimen específico de contratación, por lo que la Dirección de
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Bienestar del Personal (DI.B.P.F.A) no será responsable por cualquier error u omisión del oferente en la presentación de la oferta.
3º) Con posterioridad a la apertura los oferentes no podrán alegar desconocimiento o ignorancia en la
interpretación de las cláusulas del pliego, por lo que será necesario la presentación del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de bienes y servicios de la DI.B.P.F.A., Pliego de Bases de Condiciones Particulares y Especificación Técnica debidamente rubricados al pie de los mismos por el representante legal.
4. OBTENCIÓN DE PLIEGOS:
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en las bases de la presente contratación, los interesados,
deberán adquirir los Pliegos en este Organismo, de acuerdo a lo siguiente:
1°) ADQUISICIÓN DE PLIEGOS :
Dirección de Bienestar del Personal (DI.B.P.F.A) – Departamento Economía-División Compras
(Autorización) y Departamento Administración y Finanzas – División Tesorería (Pago) - San
José 317(1076) 2º y 5° Piso -CABA en el horario de 08:00 hs a 12:00 hs
2°) RETIRAR LOS PLIEGOS DEL ORGANISMO CONTRATANTE:
Dirección de Bienestar del Personal (DI.B.P.F.A) – Departamento Economía - División Compras - San José 317(1076) 2° Piso CABA en el horario de 08:00 hs a 12:00 hs. y hasta SIETE (7) DÍAS hábiles anteriores al acto de apertura.
Importante: Los Pliegos deberán estar firmados por la División Compras, y deberán adjuntar
el Recibo Oficial, que se les otorgará al comprar los mismos. Los interesados que no cumplan
los requisitos antes indicados, no podrán presentarse a cotizar.
3º) Asimismo de existir alguna oferta sin este requisito, será declarada Inadmisible sin más trámite
VALOR DEL PLIEGO: Pesos DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500,00).
5. CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Durante el período de elaboración de las ofertas, el Organismo Contratante podrá de oficio realizar las aclaraciones y/o modificaciones que estime pertinentes, o bien, los interesados podrán, solicitar las aclaraciones que crean necesarias para asegurarse una correcta interpretación de las Bases del llamado.
1º) Plazo de presentación: Hasta CINCO (5) días hábiles antes del día y hora de la recepción de ofertas.
2º) Forma de presentación: Solamente por escrito.
3º) Lugar de entrega: Dirección de Bienestar del Personal (DI.B.P.F.A) – Departamento Economía –
División Compras - San José 317(1076) 2° Piso Capital Federal en el horario de 08:hs a 12:00 hs de lunes a viernes.
Las solicitudes de aclaraciones se evaluarán, y serán respondidas a efectos de contribuir a una mejor comprensión e interpretación del Pliego en cuestión. En tales casos, se emitirá la correspondiente circular aclaratoria o modificatoria, tales comunicaciones se cursarán a todos los interesados que hubieren retirado pliegos y al consultante, indefectiblemente por escrito y Hasta TRES (3) días hábiles antes del Acto de Apertura de Ofertas
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CONSULTAS E INFORMES:
Las consultas y pedido de aclaraciones se realizarán por escrito, dirigidas a: DIRECCIÓN DE BIENESTAR DEL
PERSONAL DE LA FUERZA AÉREA - DEPARTAMENTO ECONOMÍA - DIVISIÓN COMPRAS – San José Nº
317 - 2 Piso Oficina "F" – Ciudad Autónoma de Bs. As., por Fax al 5173-2227, e-mail:
[email protected] hasta noventa y seis (96) horas antes de la fecha fijada para la apertura de las
ofertas.
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término.
El oferente indicará el nombre, fax y E –mail de una persona referente, a la cual se dirigirán las respuestas y/o
consultas que deba realizar la DIBPFA.
La DIBPFA contestará mediante circular aclaratoria las mencionadas consultas, remitiendo además, copia a
todos los interesados que hayan adquirido del pliego, hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha y hora
de la apertura.
La DIBPFA en forma unilateral y si lo juzgara necesario, podrá formular aclaraciones a todos los que hayan
adquirido el pliego hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de dicha fecha y hora de apertura.
Todas las circulares aclaratorias formuladas por la DIBPFA llevarán numeración corrida y formarán parte del
Pliego de Condiciones.
Durante el período de elaboración de las ofertas, el Organismo Contratante podrá de oficio realizar las
aclaraciones y/o modificaciones que estime pertinentes, o bien, los interesados podrán, solicitar las aclaraciones
que crean necesarias para asegurarse una correcta interpretación de las Bases del llamado.
7. GARANTÍAS
Los oferentes que participen de la presente llamado, deberá constituir las siguientes garantías y en la oportunidad que corresponda:
1º) Garantía de Oferta:
Conjuntamente con la oferta, la empresa deberá constituir y presentar una garantía, por un Monto equivalente al CINCO POR CIENTO ( 5 %) sobre el Monto Total de la Oferta.
El tiempo de mantenimiento de la garantía deberá ser considerado con los mismos alcances que lo
establecido en el "PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
2º) Garantía de Cumplimiento del Contrato
El/Las empresas adjudicatarias deberán integrar dentro de los OCHO (8) días hábiles de recibida la
comunicación de la adjudicación y previo a la firma del contrato o emisión de la Orden de Compra, una
garantía de Cumplimiento de Contrato.
El Monto de ésta Garantía será el equivalente al DIEZ PORCIENTO (10%) sobre el Monto Total Adjudicado
(Porcentaje Adjudicado s/ Monto Total según el Porcentaje en relación con el Orden de Mérito
La garantía exigida cubrirá el tiempo total que demande el cumplimiento de la contratación y afianzara el fiel acatamiento de todas las obligaciones que correspondan al adjudicatario, de acuerdo con las presentes cláusulas particulares o cualquier estipulación aplicable a este procedimiento de selección sin perjuicio de las demás sanciones a que hubiere lugar por incumplimiento
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3) Forma de Garantías:
Deberán constituirse mediante Pólizas de Seguro de Caución, a la orden de la DIRECCIÓN DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA FUERZA AÉREA (DIBPFA) CUIT Nº 30-61013120-0–San José 317 CABA, emitidas por Compañías aseguradoras de reconocida solvencia en el mercado y aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
La DIBPFA se reserva el derecho de aprobar o rechazar la compañía con la que se contrate dicho seguro.
8. MONEDA DE COTIZACIÓN:
1º) La propuesta económica deberá ser formulada en pesos moneda nacional, y no podrá referirse, en
ningún caso, a la eventual fluctuación de su valor. No se aceptarán propuesta en moneda distinta. Las bonificaciones ofrecidas serán consideradas a todos los efectos fijos e inamovibles durante todo el periodo que dure la presente contratación. Se entenderá en consecuencia que se encuentran incluidas en el precio todas las prestaciones que, de acuerdo a su juicio y experiencia, deberá realizar para el fiel y estricto cumplimiento de sus obligaciones, aunque las mismas no estén explicitadas en la oferta.
9. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO:
La Dirección de Bienestar del Personal (DI.B.P.F.A) reviste el carácter de consumidor final, CUIT 30-61013120-0
con respecto al IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, los precios cotizados (unitarios y totales) deberán incluir,
indefectiblemente el importe correspondiente a la alícuota del I.V.A.
10. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS :
1º) CUARENTA Y CINCO (45) DIAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS desde la fecha de apertura. Si el
Oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días al vencimiento del plazo, aquélla se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual.
11. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN: En Original solamente.(foliada
en el orden que se indica)
Los Oferentes deberán presentar la Documentación correspondiente a sus propuestas, ordenada con separadores e identificadas con carátulas según se indica a continuación:
1) Oferta Económica en original, debidamente firmada en todas sus fojas por el Titular de la Firma
o persona legalmente autorizado
2) Pliego de Cotización.
3) Pliego de Cláusulas Particulares.
5) Circulares aclaratorias que se emitan (si correspondiere).
6) Garantía de oferta en los términos establecidos en el Punto 11.
7) Constancia de inscripción en el SISTEMA DE INFORMACION DE PROVEEDORES (SIPRO) o
la documentación necesaria para su inscripción (Articulo 12 de la Resolución N° 834/2000 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios del
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Estado Nacional). o realizar la Preinscripción siguiendo las instrucciones de la Página de Internet de la OProveedores y adjuntar en el sobre de la oferta fotocopias autenticadas de la documentación de apoyo para que el Organismo Contratante pueda formalizar la Inscripción (Circular 12 ONC).
8) Declaración Jurada de Habilidad para Contratar con la Administración Pública Nacional
(Formulario 13).
9) Declaración Jurada de Juicios con el Estado Nacional (Formulario 14).
10) Recibo de Compra del Pliego.
11) El número C.U.I.T., otorgado por la Administración Federal de Ingresos Públicos. En caso de
no poseerlo, se especificará el Número de Documento de Identidad del Presentante, de conformidad con lo determinado en la Circular N° 37/94 de la Contaduría General de la Nación.
12) Certificados del Colegio y /o Consejo Profesional correspondiente. De Estados Contables de los
DOS (2) últimos años anteriores a la fecha de apertura
13) Informe de auditor con firma certificada por el Colegio y /o Consejo Profesional correspondiente,
indicando si hubo variaciones patrimoniales o de resultados significativos, dentro del período comprendido entre el cierre de Ejercicio y hasta TREINTA (30) días previos a la fecha de apertura de sobres.
14) Certificado Fiscal para Contratar vigente para cotización iguales y superiores $ 50.000 de
conformidad con lo establecido por Resolución Nº 1814/05 de la Administración Federal de Ingresos Públicos y Circular Nº 18 de la Oficina Nacional de Contrataciones.
15) Certificado vigente de cobertura de accidentes de trabajo del personal afectado al servicio.
16) Fijar domicilio dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
17) Documento que acredite la capacidad de obligar a la compañía por el o los firmantes de la
documentación requerida en el presente pliego.
18) Las ofertas realizadas deberán ajustarse a lo establecido en el Art. 10 – del Pliego Único de
Bases y Condiciones Generales de DIBPFA según corresponda.
19) Listado con la Red de Farmacias y su distribución geográfica, cumplimentando Disposiciones
de la ANMAT. (Razón social, domicilio, localidad y teléfono). habilitadas en el momento de la apertura.
20) Constancia de Habilitación del Establecimiento emitida por el Ministerio de Salud y Acción
Social de la Nación o por las respectivas jurisdicciones interprovinciales en los términos del Art. 2º - Dto. 1299/97 y sus modificatorias.
21) Fotocopia de la Disposición Ministerial pertinente referida al punto anterior.
22) Constancia de Registro ante la Autoridad Sanitaria Nacional para efectuar transacciones
comerciales de especialidades medicinales entre Provincias y/o entre Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en carácter de proveedores, de acuerdo a lo establecido en el Art. 3º - Dto. 1299/97. (Certificado de Tránsito Interprovincial) y sus modificatorias.
23) Fotocopia de Habilitación definitiva correspondiente a las oficinas y locales utilizados por el
oferente para su desarrollo comercial otorgado por la Municipalidad.
Toda aquella documentación complementaria que el oferente considere de interés para ilustrar mejor su oferta, demostrar su idoneidad, experiencia y capacidad técnica.
NOTA: Tales datos serán los que el Organismo Licitante utilizará para todas las comunicaciones
oficiales con ellos y las averiguaciones que estime pertinentes y necesarias. Por ello su
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integración no debe ofrecer ninguna duda de identificación o localización.
12. LUGAR DE PRESENTACION DE OFERTAS:
Las ofertas deberán ser presentadas en DIBPFA Central – Departamento Economía - División Compras – 2º
Piso – Oficina F – Edificio SAN JOSE – San José Nº 317– Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día
fijado para el Acto de Apertura y hasta UNA HORA (1) antes de la hora establecida para el inicio del mismo.
13. COTIZACIÓN:
El Oferente deberá cotizar teniendo especialmente en cuenta las siguientes consideraciones:
1) Cotizar la Totalidad de los renglones.
2) Cotizar un porcentaje de descuento para cada renglón, IGUAL O SUPERIOR al porcentaje
establecido como base en la Invitación a Cotizar.
3) El Monto de los Medicamentos fijados por renglón en la Invitación a Cotizar, es un Valor de
Compra Anual Estimado (sobre valores de los medicamentos del Manual Farmacéutico
KAIROS) y no puede ser modificado. Este Valor se tomará como referencia a los fines de la
evaluación de ofertas según se indica en el Punto 15-Criterio de Evaluación y Selección de
Ofertas.
4) Para aquellas drogas que no figuran en el Manual Farmacéutico se ha tomado un valor de
referencia de mercado del mes de la apertura de la Licitación.
5) Para aquellas drogas que posean varias presentaciones farmacéuticas en el Anexo I será
adjudicada dicha droga con todas sus presentaciones a un mismo oferente .:
14. CAUSALES DE INADMISIBILIDAD
Será declarada inadmisible la oferta en los siguientes supuestos:
1°) Que no estuviere firmada por el oferente o su representante legal.
2°) Que el apoderado o representante legal, firmante de la oferta, no adjunte poder que lo acredite o no se
encuentre registrado como tal en el SIPRO.
3°) Que estuviere escrita con lápiz.
4°) Que careciera de la garantía exigida o no se presentaren las muestras que el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares indicare.
5°) Que fuera efectuada por personas inhabilitadas o suspendidas para contratar con el ESTADO
6°) Que contuviere condicionamientos.
7°) Que tuviere raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidad, plazo de entrega o alguna otra
parte que hiciere a la esencia del contrato y no estuvieren debidamente salvadas.
8°) Que contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación.
9°) Que incurriere en otras causales de inadmisibilidad que expresa y fundadamente se prevea en el
presente pliego.
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10°) Todo otro error de cotización denunciado antes de la adjudicación, producirá la desestimación de la
oferta, con pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta en la proporción que corresponda.
11°) Si no se acompañare con la garantía de mantenimiento de la oferta.
12°) Cuando contuviera errores u omisiones esenciales que no permitieran una exacta comparación con las
restantes ofertas.
15. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS
Consideraciones Preliminares
1º) Para la evaluación y selección de ofertas se considerarán solamente aquellos oferentes que:
a) Cuenten con una Red de Farmacias distribuidas en todo el Territorio Nacional, siendo
prioritario contar con farmacias habilitadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Gran Buenos Aires, como así también en las Provincias de Mendoza y Córdoba –Capital y en las ciudades de Río IV, Paraná (Entre Ríos) y Villa Mercedes (San Luis).(ANEXO IV)
b) Hayan cotizado la totalidad de los renglones, sin excepción.
c) Los porcentajes de bonificación ofrecidos alcancen a todas las monodrogas y
presentaciones (marcas comerciales) a que hace referencia el ANEXO I "LISTA DE
INSULINAS, HIPOGLUCEMIANTES ORALES, TIRAS REACTIVAS PARA GLUCOSA EN
SANGRE Y ORINA E HIPERGLUCEMIANTES".
d) Dichas bonificaciones deberán ser Iguales o Mayores a los Porcentajes Bases indicados
en la Invitación a Cotizar, sobre EL PRECIO DE VENTA PÚBLICO (Manual Farmacéutico o KAIROS) para cada renglón, según detalle:
DETALLE DE RENGLONES, CANTIDADES Y PORCENTAJES MINIMOS (BASES DE OFERTA)
CANTIDAD
IMPORTE TOTAL
MONODROGA
ESTIMATIVO
DESCUENTO
DESCUENTO
OFRECIDO
SERVICIO DE ADQUISICION Y
DISPENSACION DE INSULINAS.
$ 5.338.355,00
TODAS LAS MARCAS SEGÚN ANEXO
I
SERVICIO DE ADQUISICION Y
DISPENSACION DE
HIPOGLUCEMIANTES ORALES.
32000 45000
$ 3.350.978,00
TODAS LAS MARCAS SEGÚN ANEXO
I
SERVICIO DE ADQUISICION Y
DISPENSACION DE TIRAS
REACTIVAS PARA MEDICION DE
$ 1.102.573,00
GLUCOSA EN SANGRE Y EN ORINA.
TODAS LAS MARCAS SEGÚN ANEXO
I
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SERVICIO DE ADQUISICION Y
DISPENSACION DE
$ 4.189,00
HIPERGLUCEMIANTES . TODAS LAS
MARCAS SEGÚN ANEXO I
e) Se desestimará aquel oferente que no presente una Red de Farmacias con cobertura
nacional acorde a las necesidades de esta Dirección.
f) Posteriormente y previo a la evaluación económica de las ofertas y en base a la información
y documentación aportada por los oferentes, se emitirá un Informe Técnico, evaluando si los aspectos técnicos de las ofertas cumplen o no con lo requerido por el PUBCG, y del PBCPyET
g) De aquellas ofertas consideradas admisibles técnicamente se procederá a analizar el
cumplimiento de las demás condiciones requeridas en los pliegos.
h) Las ofertas que cumplieran los requisitos anteriormente mencionados se encontrarán en
igualdad de condiciones, a efectos de ser evaluadas económicamente.
Se adjudicará a los Oferentes que hayan obtenido la Mejor Oferta Económica (MOE),
resultante de la sumatoria de los Valores Netos (VN) finales por renglón, calculado al
aplicar y deducir los porcentajes de bonificación ofrecidos sobre los importes Anuales de
Compra Estimados (Valor Bruto Manual Farmacéutico), multiplicado por las cantidades
máximas (q máx.) a requerir previstas para cada renglón.
Una vez establecido el ORDEN DE MÉRITO, se procederá a la Adjudicación, de acuerdo a los siguientes porcentajes sobre el Total Estimado de Compra Anual:
Porcentaje Adjudicación s/ Total
CINCUENTA PORCIENTO
TREINTA PORCIENTO
VEINTE PORCIENTO
16. GENERALIDADES DE LA PRESTACION, COORDINACIONES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS:
a. Fecha de inicio: A partir del momento de la comunicación en forma fehaciente de la
adjudicación, la empresa adjudicataria quedará obligada al cumplimiento de las prestaciones/provisiones que le fueron adjudicadas, quedando refrendado este acto con la respectiva Orden de Compra.
b. Duración del Contrato: DOCE (12) meses, a partir de la entrega de la Orden de Compra
respectiva, pudiéndose prorrogar por única vez y por un plazo menor o igual al del contrato inicial. Artículo 25º, inciso c) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales DIBPFA.
c. Auditoria: Los oferentes deberán contar con un sistema informatizado de gerenciamiento del
gasto, auditoria y control, para el desarrollo de las prestaciones requeridas en este llamado y de acuerdo a lo Especificado en el Pliego Técnico, que integra la presente Licitación.
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d. Solicitud: El Departamento Farmacia de DIBPFA confeccionará la Nota de Provisión con los
Datos del Afiliado, el detalle de los productos solicitados, etc., las que serán enviadas diariamente por mail a la Droguería.
e. La provisión: La entrega de los medicamentos deberá efectuarse a los Afiliados de DIBPFA
ubicados en las Ciudades/Localidades detalladas en el Anexo IV. La responsabilidad por el transporte, daños, pérdidas o averías que se produzcan en el medicamento que son objeto del contrato, estarán a cargo exclusivo del adjudicatario hasta la entrega del mismo en el lugar determinado.
La Dispensación: deberá realizarse a través de las Farmacias habilitadas dentro del Territorio
Nacional, en cumplimiento de la legislación vigente (Ley 17565, 26.567) y sus modificatorias.
La entrega se efectuará dentro de los dos (2) días hábiles para la provisión en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y Gran Buenos Aires y no más de tres (3) días hábiles para el
interior del país.
g. Cantidad: El DEPARTAMENTO FARMACIA DIBPFA, enviará Notas de Provisión con las
indicaciones de los productos solicitados especificando el domicilio de la farmacia mas cercana al de residencia del afiliado a fin de coordinar la entrega.
En dichas Notas de Provisión constará una marca comercial orientativa que podrá ser reemplazada por otra de distinta denominación comercial pero con igual droga, igual dosis e igual forma farmacéutica, siempre y cuando estén aprobadas por el ANMAT, en base al Decreto de Emergencia Sanitaria Nº 486/02 y la Ley 25.649/02 del Ministerio de Salud y sus modificatorias
h. Disponibilidad: Si un medicamento que en el momento de la cotización se encuentra
publicado en el Manual Farmacéutico y no está disponible en el mercado y en el transcurso anual de la misma se da de baja su publicación del Manual, previo a la provisión, se coordinará entre ambas partes el nuevo precio a ser abonado por esta Dirección.
Envase: La entrega deberá efectivizarse cumpliendo con todos los requisitos necesarios para
la normal conservación del producto, incluidos envases refrigerados, siendo el costo de los
mismos a exclusivo cargo de la empresa.
Frecuencia: A requerimiento de DIBPFA
k. Facturación: La empresa prestadora facturará las entregas efectivizadas en forma mensual (se
tomará como máximo para su presentación 60 días corridos a partir de la fecha de la Nota de Provisión, .Será válido el precio del medicamento que figure en el Manual Farmacéutico/Referencia del día en que haya formalizado la Nota de Provisión. -envío y recepción del correo -acuse recibo-con el pedido del medicamento.
17. PRESENTACION DE FACTURAS, CONTROL Y CONDICIONES DE PAGO –
a. Las facturas correspondientes deberán ser presentadas en la Dirección de Bienestar del
Personal (DI.B.P.F.A) – Departamento Farmacia – División Medicamentos Especiales - San José 317(1076) Segundo Piso - Capital Federal en el horario de 08:00 a 13:00 hs. de lunes a jueves y de 08:00hs a las 12:00hs los días viernes.
b. El Prestador / Adjudicatario" presentará las facturas del 1 al 10 de cada mes correspondiente
a las entregas de los insumos del período anterior.
c. Cobertura del 100% :-En cada factura deberá estar discriminado el precio de venta al público,
(P.V.P) del producto dispensado, la bonificación aplicada a ese producto, según corresponda y el valor final (Neto) para DI.B.P.F.A
d. Cobertura diferente del 100%: En cada factura deberá estar discriminado el precio de venta al
público, (P.V.P) del producto dispensado, la bonificación aplicada a ese producto, según
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corresponda y el valor Neto. En Anexo adjunto se discriminará el Valor Neto Factura menos el Valor abonado por el Afiliado y la diferencia a Cancelar por DIBPFA.
e. Las bonificaciones que aplique "El Prestador / Adjudicatario" sobre los medicamentos se
harán sobre el Precio de Venta al Público (P.V.P), según lo que figure en el Manual
Farmacéutico Kairos o, para aquellos que no figuran en Kairos. lista de precios de Laboratorio
6) El Adjudicatario deberá presentar con la facturación, el remito original conformado (firma y
aclaración del afiliado y/o familiar - tipo y número de documento), receta original, fecha de
recepción, más los troqueles o códigos de barra correspondientes al medicamento entregado,
su fecha de vencimiento y la orden de provisión emitida por esta Dirección.
7) El prestador deberá contar con un sistema de trazabilidad que permita verificar la procedencia
de los medicamentos entregados; debiendo cumplir con lo ordenado en la Disposición Nº 3683/2011 y sus modificatorias de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) en el caso de que los medicamentos comprendidos en la presente Licitación sean alcanzados por dicha normativa.
8) Las facturas serán abonadas luego de practicar la correspondiente Auditoría, dentro del plazo
de CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS contados a partir de la
fecha de presentación. mediante cheque a la orden de "EL PRESTADOR "
9) De existir observaciones sobre la facturación la DI.B.P.F.A deducirá el importe observado y
se abonará los servicios restantes. La documentación objetada será comunicada en forma fehaciente y debidamente fundada al prestador con el fin de subsanar las mismas.
10) Verificación de Débitos: Transcurridos QUINCE (15) DÍAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS y
no existiendo observación alguna sobre los débitos formulados, los mismos se considerarán correctos no aceptándose reclamos posteriores a las fechas antes especificadas.
11) Refacturación: Si el "Prestador" presentara, dentro del término referido en párrafo 10), la
refacturación de los débitos subsanados, comenzará a regir un nuevo plazo de CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS a partir de su presentación en la División Medicamentos Especiales.
12) Auditoría sobre Facturas: En el caso en que producida la refacturación y los motivos de los
débitos se mantuvieran en forma total o parcial, "El Prestador" tendrá derecho a solicitar una
"AUDITORÍA COMPARTIDA" , la que se realizará en fecha y hora a coordinar en la sede de la
DI.B.P.F.A . Dicha "AUDITORÍA COMPARTIDA" deberá ser solicitada en un plazo no mayor a
los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS contados desde la comunicación del
mantenimiento de los débitos. Vencido este plazo, se considerarán aceptados los Débitos sobre
la facturación.
18. FORMA Y LUGAR DE PAGO:
Las mismas serán abonadas única y exclusivamente a favor de la firma adjudicataria por parte del Departamento Administración y Finanzas- División Tesorería, Sede DIBPFA Central – San José 317 5to. Piso –CABA cancelando las facturaciones dentro del período señalado en el Punto 15, 9).
No se aceptarán cesiones de facturas y/o créditos a terceros.
NORMAS COMPLEMENTARIAS
19. AUMENTO O DISMINUCIÓN DE LA PRESTACIÓN:
1) El Organismo Contratante –DIBPFA, tendrán derecho a aumentar o disminuir del total adjudicado
hasta un VEINTE (20%) de su valor original en las condiciones y precios pactados y con
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adecuación a los plazos respectivos (Art. 25. inciso. a) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales DIBPFA).
20. RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES ANTE TERCEROS DE PARTE DEL PROVEEDOR:
1) El adjudicatario se compromete a mantener indemne a la DIBPFA respecto de cualquier
responsabilidad u obligaciones con terceros que tenga el adjudicatario (Farmacias, droguerías, laboratorios) ya sea por deudas, faltas de entrega de medicamentos y/u otros incumplimientos.
21. CUMPLIMIENTO DE NORMAS NACIONALES, PROVINCIALES Y MUNICIPALES:
1) El proponente se obliga a cumplimentar exclusiva y excluyentemente y sin derecho a reembolso o
resarcimiento alguno la totalidad de las normas administrativas, comerciales, laborales, tributario impositivas, previsionales, de cobertura aseguradora o de cualquier otra índole, tanto nacionales, provinciales o municipales que le resulten inherentes como consecuencia de la actividad que desarrolle por el presente, asumiendo idéntica responsabilidad en relación al personal que contrate o preste servicios a su favor a tal efecto, como también respecto al eventual incumplimiento de las obligaciones receptadas por la Ley Penal Tributaria (Ley N° 24.769) y sus modificatorias.
2) En tal sentido, y sin perjuicio de hacer entrega a la DIBPFA cuando ésta a su solo juicio y en
cualquier oportunidad se lo requiera, de la documentación acreditante de dicho cumplimiento, facultará expresamente a la misma para que en su nombre y representación pueda solicitar en cualquier momento a los organismos, entidades y/o dependencias públicas o privadas pertinentes los informes que estime corresponder en relación al cumplimiento de mención.
3) El incumplimiento de las obligaciones indicadas en el párrafo anterior hará pasible al adjudicatario
de la sanción de rescisión contractual, la que operará sus efectos en forma automática y de pleno derecho desde la fecha de la comunicación por la DIBPFA. Esta comunicación se implementará de manera fehaciente
4) La DIBPFA se reserva el derecho de no adjudicar la presente Licitación Publica, si razones
económicas o de otra índole así lo hacen aconsejable. En tal caso no habrá lugar a ningún resarcimiento, compensación o indemnización a favor de cualquiera de los oferentes.
22. RESCISION DEL CONTRATO:
1) La DIBPFA podrá dar por rescindido el contrato que mediante la adjudicación pertinente se
formalice con el adjudicatario, de pleno derecho, ante el incumplimiento total o parcial por parte de éste a cualquiera de las obligaciones asumidas, siendo de aplicación lo dispuesto en las Normas que surgen del (Art. 32) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales DIBPFA., sin perjuicio de la aplicación de la Penalidad de Multa según lo establecido en el punto 26.
2) Si las características y modalidades de la obligación incumplida lo hacen procedente, la DIBPFA,
solicitará al adjudicatario que presente en un plazo perentorio el descargo que estime corresponder para fundamentar las razones que originaron dicho incumplimiento. La DIBPFA procederá a analizar la presentación efectuada y decidirá, a su sola instancia, la admisión o rechazo de la misma. De no resultar satisfactorio el descargo efectuado, la DIBPFA aplicará las sanciones que correspondan según lo previsto en las condiciones generales y particulares del llamado.
23. SEGURO DE MALA PRAXIS:
La adjudicataria deberá contratar un seguro que ampare los riesgos que puedan ocurrir por "mala praxis", en
empresas de primera línea con reaseguro de Cía. Extranjera a satisfacción de la DIBPFA, endosando la Póliza
a favor de esta última, comprometiéndose al pago puntual de las primas de la cual tendrá informado a la
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DIBPFA. Dicho seguro deberá entregarse a DIBPFA conjuntamente con la garantía de cumplimiento de
contrato.
24. TRANSFERENCIA DEL CONTRATO:
EL ADJUDICATARIO no podrá ceder o transferir total o parcialmente la contratación adjudicada. El
incumplimiento de esta obligación producirá la extinción automática y de pleno derecho de dicha adjudicación
y facultará a la DIBPFA a adoptar las acciones y medidas que aprecie corresponder.
25. INCUMPLIMIENTOS:
Será de aplicación lo establecido en las Normas de Compras y Contrataciones DIBPFA y el Art. 30 del Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales DIBPFA sin que ello haga surgir reclamo alguno a favor del
adjudicatario.
26. MULTAS
1) Multas: El incumplimiento en términos de la prestación o suministro determinará, en todos los casos, la
aplicación de una multa por Mora en el Cumplimiento del Contrato. Dicha multa será aplicable en los
términos de los Artículos 29 y 30 del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales (PUByCG)
2) Producido un incumplimiento, éste será comunicado fehacientemente al Adjudicatario, quien a su
consideración ofrecerá el Descargo que estime pertinente La documentación será analizada por la Comisión Evaluadora de la DIBPFA a efectos de la determinación del Monto y aplicación de la Multa correspondiente.
3) Los Montos resultantes de las Multas aplicadas serán afectadas a los créditos del Adjudicatario según
lo establece el Art. 31 del PUByCG.
27. JURISDICCIÓN COMPETENTE:
Para todos los efectos que surjan de la contratación, su cumplimiento, discrepancias en la interpretación y/o
ejecución, y demás controversias, las mismas se tramitarán ante los Tribunales Federales en lo Contencioso
Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.-
28. PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE OFERTA
Procederá la pérdida parcial o total de la Garantía de Oferta en cualquiera de los siguientes casos:
1) Si el Oferente desiste de su Oferta antes que la autoridad competente resuelva la Adjudicación dentro
del plazo de mantenimiento de las Ofertas.
2) Cuando el Adjudicatario notifique, excediendo el plazo de TRES (3) días, que no acepta la Orden de Compra o Contrato, siempre y cuando aún se encuentre dentro del plazo de mantenimiento de las Ofertas.
3) Cuando el Adjudicatario no ampliara la Garantía de Oferta hasta el porcentaje que corresponda sobre el valor adjudicado, dentro del plazo de CINCO (5) días.
29. GASTOS POR CUENTA DEL PROVEEDOR
Serán por cuenta del proveedor los siguientes gastos:
1) Correrán a cargo del Contratista todos los gastos de acondicionamiento de cargas y transporte que
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demande el cumplimiento del Contrato, por ejemplo fletes, acarreos, estiba, almacenamiento, dispensa, distribución, traslados de personal, etc.
2) Tributos que correspondan.
3) Costo del despacho, derecho y servicios aduaneros y demás gastos incurridos por cualquier concepto
en el caso de rechazo de mercaderías importadas con cláusulas de entrega en el país.
4) Reposición de las muestras destruidas, a fin de determinar si se ajustan en su composición o
construcción a lo contratado, si por ese medio se comprobaren defectos o vicios en los materiales o en su estructura. En caso contrario, los gastos pertinentes estarán a cargo de la jurisdicción o entidad contratante.
5) Para los productos que se deben entregar en sus embalajes originales (Forma de Entrega) y estos
debieran devolverse, el flete y acarreo respectivo, ida y vuelta, desde el mismo lugar y por los mismos medios de envío a emplear para la devolución, serán por cuenta del proveedor. En estos casos deberá especificar separadamente del producto, el valor de cada envase y se estipula que los mismos serán devueltos dentro de los DIEZ (10) días.
30. DERECHOS, IMPUESTOS, TASAS Y OBLIGACIONES
1) El Adjudicatario deberá cumplir con las Leyes y Reglamentaciones contenidas en la normativa del país
de origen de los Bienes que deba suministrar o utilizar para ejecutar los trabajos derivados del Suministro o Servicio, objeto de la contratación.
2) A tal efecto se deberá incluir el cargo de cualquier derecho, impuesto, tasa, obligación, sellado, etc. que
de ellos surja, como así también de cualquier otra licencia requerida por dicho gobierno.
3) El mismo criterio se seguirá para el caso de pagos similares exigidos por la Normativa vigente en
Provincias o Municipalidades de la República Argentina.
31. CONFIDENCIALIDAD
1) Dadas las características de la DI.B.P.F.A. , la información y datos involucrados se encuentran
específicamente amparados por normas especiales.
2) Teniendo en cuenta lo anteriormente señalado, el adjudicatario se obliga a guardar la más estricta
confidencialidad de toda la información y/o elementos que le han llegado y/o lleguen a su conocimiento con motivo o en ocasión del desarrollo de sus servicios, absteniéndose de divulgarlos, comunicarlos a terceros, publicarlos o utilizarlos para fines distintos a los determinados en la presente contratación, siendo exclusivo responsable por los daños y perjuicios que irrogue su incumplimiento frente a DI.B.P.F.A. y frente a los titulares de los datos , por lo que deslinda a aquella de toda responsabilidad respecto de estos últimos, sujetándose a las normas de la Ley Nº 25.326.
3) Esta obligación de absoluta confidencialidad no tendrá límite temporal, por lo que subsistirá aún
después de concluida la relación con DI.B.P.F.A.
32. CARACTERISTICAS DEL SERVICIO
El servicio deberá incluir:
1) Los insumos / medicamentos y servicios de flete, envío y dispensa, etc.
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2) La distribución de los medicamentos/ insumos según lo establecido en el Articulo 16 del PBCP
3) Los sistemas informáticos que permitan administrar la información de modo que represente una
herramienta para la obtención de datos estadísticos. Una base de datos que permita Identificar y registrar a cada uno de los beneficiarios con sus provisiones de medicamentos. Agrupar a los pacientes por patología. Estatificar la/s patología/s. Agrupar a los pacientes por género, edad, lugar de residencia, profesional tratante y lugar de atención. Agrupar a los pacientes por la medicación provista. Registrar su historial de consumo de medicamentos provistos. Conocer gastos por patología, por paciente, por médico, etc.
4) Un sistema logístico que garantice la dispensa en oficinas de farmacia en el ámbito de la República
Argentina de acuerdo a las reglamentaciones vigentes.
5) Toda la información generada, tanto en el proceso de registro y provisión de medicamentos, deberá
quedar registrada en una base de datos que podrá ser requerida en cualquier momento por esta DI.B.P.F.A.
33. RESPONSABILIDADES DEL AFILIADO Y DELEGACIÓN:
El Adjudicatario proveerá los insumos a los beneficiarios mediante la presentación de la receta oficial de la DIBPFA, LA QUE DEBERÁ TENER LA FIRMA Y SELLO DEL RESPOSABLE DE LA DELEGACIÓN, además se adjuntará la "NOTA DE PROVISION" emitida por DIBPFA. Se adjunta al presente, modelo de la receta, como ANEXO II.
1) Los datos que debe contener la receta son:
a) Apellido y Nombre del Beneficiario.
b) Nº de Beneficiario.
c) Fecha de Prescripción.
d) Firma y Sello con número de matrícula (legible) del profesional tratante.
e) Nombre del medicamento por nombre genérico.
f) Nombre del medicamento por marca comercial (Ej: tiras de medición de glucosa en sangre y/u
orina), solo se podrá sugerir marca según ANEXO I.
g) La cantidad de los productos debe ser consignada en números y letras.
h) La validez de la receta será de TREINTA (30) días contados a partir del mismo día de la fecha
de prescripción.
34. NOTA DE PROVISION
A requerimiento del Afiliado para una provisión de DOS (2) MESES aproximadamente ó según las
necesidades patológicas de cada paciente.
1) Una vez realizada la auditoria por parte de esta DI.B.P.F.A, de las recetas presentadas por el Afiliado en
la forma establecida como procedimiento de esta DI.B.P.F.A, se le enviará al Adjudicatario una "Nota de Provisión" con el siguiente detalle:
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1º) Nombre y apellido del afiliado y número de DI.B.P.F.A.
2º) Tipo de insumo y/o medicamento.
3º) Cantidad solicitada.
4º) Fecha de pedido.
5º) Fecha y número de la receta.
6º) Médico prescriptor.
7º) Farmacia en la cual el Afiliado deberá retirar los productos solicitados y
auditados según corresponda.
2) El Adjudicatario procederá a realizar la provisión de los insumos y/o medicamentos que hayan sido
autorizados, de acuerdo a lo detallado en el Articulo 33 del PBCP.
3) Según la Planilla de Pedidos junto con la "NOTA DE PROVISION" presentada por DIBPFA, el
Adjudicatario procederá a realizar la provisión a la Farmacia más cercana al domicilio del Afiliado en los plazos establecidos:
1º) Dentro de las 48 horas desde la solicitud de provisión en Farmacias de la C.A.B.A. y Farmacias del Gran
2º) Dentro de las 72 horas desde la fecha de solicitud de provisión en Farmacias del Interior del país.
4) Si al momento de la entrega de los medicamentos, la Farmacia observara discrepancias entre lo que
se prescribe en la receta y los productos enviados por la droguería, no podrá hacer entrega de los productos. Deberá informar esta situación a la droguería, quien a su vez se comunicará con la Delegación de DIBPFA correspondiente, según la Delegación que haya firmado la receta, en el horario de 08.00 horas a 14.30 hs. En el caso de que el inconveniente surja fuera del horario laboral, la Droguería podrá comunicarse al 0800-222-6732 opción 2, durante las 24 hs en atención al afiliado.
35. ENTREGA DE LOS INSUMOS:
1) Al momento de hacer entrega de los productos, la Farmacia deberá exigir al Afiliado (o la persona
autorizada a recibirlo), la receta, la credencial vigente, (ANEXO III ) que lo identifica como Afiliado a esta DI.B.P.F.A, y el documento que acredite su identidad.
36. REQUISITOS DE LOS PRODUCTOS:
1) Todos los medicamentos e insumos, deberán tener una fecha de vencimiento no menor a SEIS (6)
meses al momento de su dispensa. Las Insulinas deberán mantener en todo momento la cadena de frío, hasta el momento de su dispensa en farmacia.
2) En ningún caso se podrán entregar medicamentos o insumos con troqueles anulados.
3) En los casos en que se produzcan demoras en las entregas de alguno de los insumos solicitados, por
cualquier causa o motivo, se entregarán los demás productos que compongan la receta, quedando pendiente la entrega del producto en falta, para lo cual el Adjudicatario se compromete a conseguirlo dentro de las SETENTA Y DOS (72) HORAS de recibir la " NOTA DE PROVISION".
37. EQUIPO DE MEDICIÓN
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1) Las TIRAS REACTIVAS DE MEDICIÓN DE GLUCOSA EN SANGRE serán provistas junto con un
biosensor calibrado, que permita realizar la medición cuantitativa de glucosa en sangre capilar, venosa y arterial.
2) Las tiras de MEDICIÓN DE GLUCOSA/CETONA EN ORINA deberán ser colorimétricas.
3) El Adjudicatario hará entrega sin cargo de un equipo para medición y almacenamiento de la
información de los valores de glucosa en sangre y/u orina, "en comodato", a razón de uno por año, por cada paciente que lo requiera.
4) El mantenimiento y cuidado del aparato correrá bajo la responsabilidad del Afiliado, quien deberá
comunicar al Adjudicatario toda novedad en cuanto al funcionamiento o deterioro del mismo. El aparato deberá ser reemplazado en caso de fallas propias del equipo y/o por cambio del tipo de tira reactiva utilizada por el beneficiario. En caso de fallas inherentes al equipo, por un mal uso, es obligación del Adjudicatario, proveer un nuevo equipo con cargo al afiliado.
38. COBERTURAS:
1) Todos los insumos solicitados por el Afiliado diabético poseen la cobertura correspondiente según el
Régimen Arancelario vigente y de acuerdo al Programa Médico Obligatorio, para pacientes con Diabetes Mellitus Tipo I, (insulino dependientes) y con Diabetes Mellitus Tipo II, (no insulino dependientes) y abarca a todas las monodrogas, productos (marcas) y presentaciones comerciales según ANEXO I.
2) Los Insumos entregados a los afiliados tendrán la siguiente cobertura:
1º) INSULINAS CIEN POR CIENTO (100 %).
2º) HIPOGLUCEMIANTES ORALES SETENTA POR CIENTO (70%).
3º) TIRAS REACTIVAS DE MEDICIÓN DE GLUCOSA EN SANGRE CIEN POR CIENTO (100 %)
SEGÚN EL SIGUIENTE DETALLE:
a) HASTA OCHOCIENTAS (800) TIRAS ANUALES PARA DIABÉTICOS TIPO I (100%), CON
EXTENCIÓN HASTA (1200) (70%).
b) HASTA CUATROCIENTAS (400) TIRAS ANUALES PARA DIABÉTICOS TIPO II (100%), CON
EXTENCIÓN HASTA (800) (70%).
4º) TIRAS REACTIVAS DE MEDICIÓN DE GLUCOSA / CETONA EN ORINA CIEN POR CIENTO (100
%) SEGÚN EL SIGUIENTE DETALLE:
a) HASTA CIEN (100) TIRAS ANUALES SEGÚN REQUERIMIENTOS TANTO PARA
DIABÉTICOS TIPO I ó TIPO II.
3) En los casos del SETENTA POR CIENTO (70%) de cobertura, de acuerdo a la auditoria realizada por
DI.B.P.F.A., el cargo correspondiente a abonar por el afiliado o sea el TREINTA POR CIENTO (30%) SOBRE EL P.V.P. SEGÚN MANUAL KAIROS, deberá efectivizarse en la farmacia.
4) Del mismo modo y en tanto dure la vigencia de la presente contratación podrán incorporarse, de común
acuerdo, nuevas drogas siempre y cuando se demuestren ventajas con las existentes y estén avaladas por la Medicina Basada en Evidencias y/o Bibliografía Médica y se encuentren aprobadas para su comercialización en el país, por los organismos de control.
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39. CONTACTOS Y COMUNICACIONES
1) Ante cualquier inconveniente por parte del Adjudicatario ya sea por falta o incorrecta información
sobre los Datos de los Afiliados o acontecimientos inherentes a falta de medicamentos e insumos por parte de los Laboratorios , que pudieran demorar las entregas de los productos solicitados, el Adjudicatario deberá comunicarse de inmediato con esta DI.B.P.F.A, a fin de solucionar el inconveniente de la manera más rápida y eficaz, a los teléfonos: 0800-222-6732 opción 2 o al directo de la División Medicamentos Especiales-Diabetes, marcando el 5173-2297 o al TE/FAX: 4383-3277, en el horario de 08.00 horas a 13.00 horas de Lunes a Viernes.
FECHA: . FIRMA: . SELLO DE LA EMPRESA. ACLARACIÓN:.
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"LISTA DE INSULINAS, HIPOGLUCEMIANTES ORALES, Y TIRAS REACTIVAS"
INSULINAS
MONODROGA
PRODUCTOS
INSULINA HUMANA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA HUMULIN R
INSULINA HUMANA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA HUMULIN R
100 UI f.a.x 10 ml
INSULINA HUMANA ISOFANA (NPH)
INSULINA HUMULIN N
INSULINA HUMANA ISOFANA (NPH)
INSULINA HUMULIN N
100 UI f.a.x 10 ml
INSULINA HUMANA MEZCLA
INSULINA HUMULIN 70/30
100 UI f.a.x 10 ml
INSULINA HUMANA MEZCLA
INSULINA HUMULIN 70/30
INSULINA HUMALOG MIX 50
INSULINA ANALOGA MEZCLA (LISPRO + NPL)
Lap.aplic.desc.x 5 x 3ml
INSULINA ANALOGA MEZCLA (LISPRO + NPL) INSULINA HUMALOG MIX 50
INSULINA HUMALOG MIX 25
INSULINA ANALOGA MEZCLA (LISPRO + NPL)
Lap.aplic.desc.x 5 x 3ml
INSULINA ANALOGA MEZCLA (LISPRO + NPL) INSULINA HUMALOG MIX 25
INSULINA ANALOGA LISPRO
INSULINA HUMALOG KWIKPEN Lap.aplic.desc.x 5 x 3ml
INSULINA ANALOGA LISPRO
INSULINA HUMALOG
INSULINA ANALOGA LISPRO
INSULINA HUMALOG
100 UI f.a.x 10 ml
INSULINA HUMANA ISOFANA (NPH)
INSULINA INSUMAN N
INSULINA HUMANA ISOFANA (NPH)
INSULINA INSUMAN N
INSULINA HUMANA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA INSUMAN R
INSULINA HUMANA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA INSUMAN R
INSULINA HUMANA ISOFANA (NPH)
INSULINA DENSULIN N
INSULINA HUMANA ISOFANA (NPH)
INSULINA DENSULIN N
100 UI f.a.x 10 ml
INSULINA HUMANA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA DENSULIN R
INSULINA HUMANA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA DENSULIN R
100 UI f.a.x 10 ml
INSULINA HUMANA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA BETALIN
100 UI CTE cart.x 5 x 1.5 ml
INSULINA HUMANA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA BETALIN
100 UI CTE cart.x 5 x 3 ml
INSULINA HUMANA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA BETALIN
100 UI CTE f.a.x 10 ml
INSULINA HUMANA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA BETALIN
40 UI CTE f.a.x 10 ml
100 UI NPH cart.x 5 x 1.5
INSULINA HUMANA ISOFANA (NPH)
INSULINA BETALIN
INSULINA HUMANA ISOFANA (NPH)
INSULINA BETALIN
100 UI NPH cart.x 5 x 3 ml
INSULINA HUMANA ISOFANA (NPH)
INSULINA BETALIN
100 UI NPH f.a.x 10 ml
INSULINA HUMANA ISOFANA (NPH)
INSULINA BETALIN
40 UI NPH f.a.x 10 ml
INSULINA HUMANA LENTA
INSULINA BETALIN
100 UI LTA f.a.x 10 ml
INSULINA HUMANA LENTA
INSULINA BETALIN
40 UI LTA f.a.x 10 ml
INSULINA HUMANA MEZCLA
INSULINA BETALIN MIX
INSULINA BOVINA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA BETASINT
100 UI Bov.CTE f.a.x 10 ml
INSULINA BOVINA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA BETASINT
40 UI Bov.CTE f.a.x 10 ml
INSULINA BOVINA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA BETASINT
80 UI Bov.CTE f.a.x 10 ml
INSULINA BOVINA ISOFANA (NPH)
INSULINA BETASINT
100 UI Bov.NPH f.a.x 10 ml
INSULINA BOVINA ISOFANA (NPH)
INSULINA BETASINT
40 UI Bov.NPH f.a.x 10 ml
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RESPONSABLE UNIDAD EJECUTORA DE
MONODROGA
PRODUCTOS
INSULINA BOVINA ISOFANA (NPH)
INSULINA BETASINT
80 UI Bov.NPH f.a.x 10 ml
INSULINA BOVINA LENTA
INSULINA BETASINT
40 UI Bov.LTA f.a.x 10 ml
INSULINA BOVINA LENTA
INSULINA BETASINT
80 UI Bov.LTA f.a.x 10 ml
INSULINA PORCINA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA BETASINT
100 UI Porc.CTE f.a.x 10 ml
INSULINA PORCINA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA BETASINT
40 UI Porc.CTE f.a.x 10 ml
INSULINA PORCINA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA BETASINT
80 UI Porc.CTE f.a.x 10 ml
100 UI Porc.NPH cart.x 5 x
INSULINA PORCINA ISOFANA (NPH)
INSULINA BETASINT
INSULINA PORCINA ISOFANA (NPH)
INSULINA BETASINT
100 UI Porc.NPH f.a.x 10 ml
INSULINA PORCINA ISOFANA (NPH)
INSULINA BETASINT
40 UI Porc.NPH f.a.x 10 ml
INSULINA PORCINA ISOFANA (NPH)
INSULINA BETASINT
80 UI Porc.NPH f.a.x 10 ml
INSULINA PORCINA LENTA
INSULINA BETASINT
100 UI Porc.LTA f.a.x 10 ml
INSULINA PORCINA LENTA
INSULINA BETASINT
40 UI Porc.LTA f.a.x 10 ml
INSULINA PORCINA LENTA
INSULINA BETASINT
80 UI Porc.LTA f.a.x 10 ml
INSULINA ANALOGA GLULISINA
INSULINA APIDRA OPTISET
100 UI lap.prell.x 5 x 3 ml
INSULINA ANALOGA GLULISINA
INSULINA APIDRA SOLOSTAR
100 UI lap.prell.x 5 x 3 ml
INSULINA ANALOGA GLARGINA
INSULINA ANALOGA GLARGINA
INSULINA ANALOGA GLARGINA
100 UI f.a.x 10 ml
INSULINA ANALOGA GLARGINA
INSULINA LANTUS OPTISET
100 UI lap.prell.x 5 x 3 ml
INSULINA ANALOGA GLARGINA
INSULINA LANTUS SOLOSTAR
100 UI lap.prell.x 5 x 3 ml
GLUCAGEN HYPOKIT 1 MG
viar x 1 + disolvente
INSULINA HUMANA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA ACTRAPID
100 UI f.a.x 10 ml
INSULINA ACTRAPID
INSULINA HUMANA CORRIENTE ó REGULAR
100 UI lap.prell.x 5 x 3 ml
INSULINA HUMANA CORRIENTE ó REGULAR
INSULINA ACTRAPID PENFILL
INSULINA HUMANA ISOFANA (NPH)
INSULINA INSULATARD
100 UI f.a.x 10 ml
INSULINA INSULATARD
INSULINA HUMANA ISOFANA (NPH)
100 UI lap.prell.x 5 x 3 ml
FLEXPEN INSULINA INSULATARD
INSULINA HUMANA ISOFANA (NPH)
100 UI lap.prell.x 5 x 3 ml
NOVOLET INSULINA INSULATARD
INSULINA HUMANA ISOFANA (NPH)
INSULINA ANALOGA DETEMIR
INSULINA LEVEMIR FLEXPEN
100 UI lap.prell.x 5 x 3 ml
INSULINA HUMANA ISOFANA (NPH)
INSULINA NOVOLIN N
100 UI f.a.x 10 ml
INSULINA ANALOGA MEZCLA (ASPARTICA +
INSULINA NOVOMIX FLEXPEN
100 UI lap.prell.x 5 x 3 ml
INSULINA NOVORAPID
INSULINA ANALOGA ASPARTICA
100 UI lap.prell.x 5 x 3 ml
FLEXPEN INSULINA NOVORAPID
INSULINA ANALOGA ASPARTICA
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"LISTA DE INSULINAS, HIPOGLUCEMIANTES ORALES, Y TIRAS REACTIVAS" ANEXO I
HIPOGLUCEMINATES ORALES
MONODROGA
PRODUCTOS
30 mg comp.lib.mod.x 30
30 mg comp.lib.mod.x 60
GLIMEPIRIDE + METFORMINA
2 mg comp.x 30 + 500 mg comp.x 60
GLIMEPIRIDE + METFORMINA
4 mg comp.x 30 + 850 mg comp.x 60
FUERZA AÉREA ARGENTINA
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD
RESPONSABLE DESIGNADO POR
RESPONSABLE UNIDAD OPERATIVA
RESPONSABLE UNIDAD EJECUTORA DE
MONODROGA
PRODUCTOS
GLIMEPIRIDE + METFORMINA
2/1000 mg comp.rec x 30
GLIMEPIRIDE + METFORMINA
4/1000 mg comp.rec x 30
GLIMEPIRIDE + METFORMINA
2/1000 mg comp.rec x 30
GLIMEPIRIDE + METFORMINA
4/1000 mg comp.rec x 30
500 mg comp.x 30
850 mg comp.x 60
850 mg comp.x 30
850 mg comp.x 60
BALIGLUC AP 1000
1000 mg comp.x 30
BALIGLUC AP 1000
1000 mg comp.x 60
1000 mg comp.x 30
1000 mg comp.x 60
D.B.I. AP METFORMINA
850 mg comp.x 100
D.B.I. AP METFORMINA
850 mg comp.x 30
D.B.I. AP METFORMINA
850 mg comp.x 60
D.B.I. METFORMINA
500 mg comp.x 100
D.B.I. METFORMINA
500 mg comp.x 30
D.B.I. METFORMINA
500 mg comp.x 60
METGLUCON 1000 AP
1000 mg comp.x 30
METGLUCON 1000 AP
1000 mg comp.x 60
500 mg comp.x 30
500 mg comp.x 60
METGLUCON 850 AP
850 mg comp.x 30
METGLUCON 850 AP
850 mg comp.x 60
GLUCAMINOL FORTE
850 mg comp.x 30
GLUCAMINOL FORTE
850 mg comp.x 60
1000 mg comp.x 60
850 mg comp.x 30
850 mg comp.x 60
1000 mg comp.x 30
1000 mg comp.x 60
500 mg comp.x 100
500 mg comp.x 30
850 mg comp.x 30
850 mg comp.x 60
500 mg comp.lib.prol.x 30
500 mg comp.lib.prol.x 60
500 mg comp.x 100
500 mg comp.x 30
1000 mg comp.x 100
1000 mg comp.x 20
1000 mg comp.x 50
850 mg comp.x 100
850 mg comp.x 30
FUERZA AÉREA ARGENTINA
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD
RESPONSABLE DESIGNADO POR
RESPONSABLE UNIDAD OPERATIVA
RESPONSABLE UNIDAD EJECUTORA DE
MONODROGA
PRODUCTOS
850 mg comp.x 60
1000 mg comp.x 30
1000 mg comp.x 60
500 mg comp.x 30
850 mg comp.x 30
850 mg comp.x 60
850 mg comp.x 60
500 mg comp.x 100
500 mg comp.x 30
850 mg comp.x 60
850 mg comp.x 100
850 mg comp.x 30
850 mg comp.x 60
METFORMINA + GLIBENCLAMIDA
D.B.I.DUO 250/1.25
250/1.25 mgcomp x 30
METFORMINA + GLIBENCLAMIDA
D.B.I.DUO 500/2.5
500/2.5 mgcomp x 30
METFORMINA + GLIBENCLAMIDA
500/5 mgcomp x 30
METFORMINA + GLIBENCLAMIDA
500/5 mgcomp x 60
METFORMINA + GLIBENCLAMIDA
250/1.25 mgcomp x 30
METFORMINA + GLIBENCLAMIDA
500/2.5 mgcomp x 30
METFORMINA + GLIBENCLAMIDA
500/5 mgcomp x 30
METFORMINA + GLIBENCLAMIDA
500/5 mgcomp x 60
METFORMINA + GLIBENCLAMIDA
500/2.5 mgcomp x 30
METFORMINA + GLIBENCLAMIDA
500/5 mgcomp x 30
METFORMINA + GLIBENCLAMIDA
500/5 mgcomp x 30
METFORMINA + GLIBENCLAMIDA
250/1.25 mgcomp x 30
METFORMINA + GLIBENCLAMIDA
500/2.5 mgcomp x 30
METFORMINA + GLIBENCLAMIDA
500/5 mgcomp x 30
120 mg comp.x 84
0.5 mg comp.x 30
0.5 mg comp.x 90
0.5 mg comp.x 30
0.5 mg comp.x 30
FUERZA AÉREA ARGENTINA
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD
RESPONSABLE DESIGNADO POR
RESPONSABLE UNIDAD OPERATIVA
RESPONSABLE UNIDAD EJECUTORA DE
MONODROGA
PRODUCTOS
0.5 mg comp.x 90
ROSIGLITAZONA + METFORMINA
2/1000 mg comp.x 28
ROSIGLITAZONA + METFORMINA
2/1000 mg comp.x 56
ROSIGLITAZONA + METFORMINA
2/500 mg comp.x 28
ROSIGLITAZONA + METFORMINA
2/500 mg comp.x 56
ROSIGLITAZONA + METFORMINA
4/1000 mg comp.x 28
ROSIGLITAZONA + METFORMINA
4/500 mg comp.x 28
ROSIGLITAZONA + METFORMINA
GLUDEX PLUS 2/500
2/500 mg comp.x 30
ROSIGLITAZONA + METFORMINA
GLUDEX PLUS 4/500
4/500 mg comp.x 30
100 mg comp.x 28
SITAGLIPTINA + METFORMINA
50/1000 mg comp.x 28
SITAGLIPTINA + METFORMINA
50/500 mg comp.x 28
VILDAGLIPTIN+METFORMINA
50/850 mg comp.x 60
VILDAGLIPTIN+METFORMINA
50/1000 mg comp.x 60
VILDAGLIPTIN+METFORMINA
50/850 mg comp.x 60
VILDAGLIPTIN+METFORMINA
50/1000 mg comp.x 60
Pack comp. rec. x 30
FUERZA AÉREA ARGENTINA
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD
RESPONSABLE DESIGNADO POR
RESPONSABLE UNIDAD OPERATIVA
RESPONSABLE UNIDAD EJECUTORA DE
"LISTA DE INSULINAS, HIPOGLUCEMIANTES ORALES, Y TIRAS REACTIVAS"
TIRAS REACTIVAS E INSUMOS DESCARTABLES
MONODROGA
PRODUCTOS
TIRAS REACTIVAS ACCU-CHECK ACTIVE GLUCOSA
tiras reactivas x 25
TIRAS REACTIVAS ACCU-CHECK ACTIVE GLUCOSA
tiras reactivas x 50
TIRAS REACTIVAS ACCU-CHECK PERFORMA
tiras reactivas x 25
TIRAS REACTIVAS ACCU-CHECK PERFORMA
tiras reactivas x 50
TIRAS REACTIVAS ACCUCHECK SENSOR COMFORT GLUCOSE
tiras reactivas x 50
TIRAS REACTIVAS KETO-DIABUR-TEST
tiras reactivas x 50
TIRAS REACTIVAS ONE TOUCH ULTRA
tiras reactivas x 25
TIRAS REACTIVAS ONE TOUCH ULTRA
tiras reactivas x 50
TIRAS REACTIVAS BETACHEK
tiras reactivas x 100
TIRAS REACTIVAS BETACHEK
tiras reactivas x 25
TIRAS REACTIVAS BETACHEK
tiras reactivas x 50
TIRAS REACTIVAS OPTIUM
tiras reactivas x 100
TIRAS REACTIVAS OPTIUM
tiras reactivas x 25
TIRAS REACTIVAS OPTIUM
tiras reactivas x 50
TIRAS REACTIVAS PRODIGY AUTOCODE
tiras reactivas x 50
FECHA: . FIRMA: . SELLO DE LA EMPRESA.
ACLARACIÓN:.
FUERZA AÉREA ARGENTINA
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD
RESPONSABLE DESIGNADO POR
RESPONSABLE UNIDAD OPERATIVA
RESPONSABLE UNIDAD EJECUTORA DE
MODELO DE RECETA
FUERZA AÉREA ARGENTINA
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD
RESPONSABLE DESIGNADO POR
RESPONSABLE UNIDAD OPERATIVA
RESPONSABLE UNIDAD EJECUTORA DE
ANEXO III
MODELO DE CREDENCIAL
FUERZA AÉREA ARGENTINA
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD
RESPONSABLE DESIGNADO POR
RESPONSABLE UNIDAD OPERATIVA
RESPONSABLE UNIDAD EJECUTORA DE
LOCALIDADES Y DISTRIBUCION DE AFILIADOS
EXCLUYENTES
CANTIDAD
INTERIOR
Córdoba
Río IV (Pcia. De Córdoba)
Paraná (Pcia. De Entre Ríos)
Villa Mercedes (Pcia. San Luis)
DIBPFA –Central – San José 317 -PB
Farmacia Edif. Cóndor –CAR -Pedro Zanni 250
Farmacia Hosp. Aeronáutico Central – Ventura de la Vega
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
San Miguel
Resto de Pais: Localidades a convenir según requerimiento ( NO
EXCLUYENTES)
* Cantidad orientativa Afiliados por Localidad. Sujeto a variaciones
Source: http://www.dibpfa.faa.mil.ar/docs/licitaciones/LPub022012_PBCP.pdf
Individual Differences in Locomotion, Anxiety-like behavior, and Reward After Nicotine and Baclofen Administration A dissertation submitted in partial fulfillment of the requirements for the degree of Doctor of Philosophy at George Mason University Adriana M. Falco George Mason University, 2010 Bachelor of Arts University of Maryland, 2003 Director: Robert F. Smith, Professor
Non-toxic tumortherapy (NTT) for advanced colorectal cancer with liver metastasis, a pilot study E.Valstar M.D., M. Sc. Stadhouderslaan 30, 2517 HZ The Hague, Holland Eighty-three patients with livermetastases from colorectal cancer and in many cases also metastases elsewhere consulted me in 1988-1997 for non-toxic tumortherapy (NTT). No selection was made. Two regressions during