El honorable concejo municipal de la ciudad de santa fe de la vera cruz, sanciona la siguiente
ORDENANZA Nº 11829
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA FE
DE LA VERA CRUZ, SANCIONA LA SIGUIENTE
Art. 1º: El despacho de los asuntos del Departamento Ejecutivo Municipal estará a
cargo de las siguientes Secretarías:
Obras Públicas y Recursos Hídricos;
Desarrollo Social;
Planeamiento Urbano;
Art. 2º:
Los Secretarios son designados por el Intendente Municipal, quien los
remueve y, en su caso, decide sobre sus renuncias, estando bajo su
directa dependencia.
Art. 3º:
Los Secretarios asisten al Intendente Municipal individualmente en la
materia de su competencia y en su conjunto constituyendo el Gabinete
Art. 4º:
Las funciones de los Secretarios son las que esta Ordenanza fije para
cada Secretaría y las que en el futuro determine el Departamento Ejecutivo
ORDENANZA Nº 11829
Municipal, respetando la competencia de acuerdo a la especialidad de cada
Art. 5º:
Los Secretarios están obligados a coordinar las funciones determinadas
por esta Ordenanza para facilitar el cumplimiento de los planes de gobierno
asignados a cada una.
Art. 6º:
El Departamento Ejecutivo Municipal, mediante decreto, adecuará la
estructura orgánica y planta básica de la administración conforme a lo
dispuesto por la presente Ordenanza, pasando a depender de cada
Secretaría las unidades de organización cuya misión y funciones le fueren
Art. 7º:
Compete a la Secretaría General:
Coordinar la información y las tareas entre el Intendente
Municipal y los restantes miembros del Gabinete, así como con la
Fiscalía Municipal y la Sindicatura General Municipal.
Coordinar acciones con la Caja Municipal de Jubilaciones, la
Justicia Municipal Administrativa de Faltas y otros organismos
autárquicos creados o a crearse.
Articular transversalmente los proyectos y acciones en los
que intervienen diversas áreas del Municipio, en la búsqueda de eficacia
en los resultados, eficiencia en los procedimientos y economía en la
Entender en la articulación de acciones y proyectos entre las
diversas áreas del Municipio y las jurisdicciones provincial y nacional.
Entender en la organización de la gestión a través de los
Distritos Municipales, desarrollando todas las acciones necesarias para
garantizar la mayor cobertura territorial de las políticas y acciones, y la
proximidad con el ciudadano.
ORDENANZA Nº 11829
descentralización
administración, en la búsqueda de cercanía territorial, transparencia,
agilidad y eficacia de los procesos administrativos, garantizando calidad
en la atención al ciudadano y en la prestación de los servicios.
Articular con los actores sociales relevantes de cada uno de
los Distritos y con los vecinos a través de mecanismos de participación
democráticos, brindando apoyo técnico a las instituciones comunitarias
para la formulación de proyectos y emprendimientos.
Articular los objetivos, proyectos y acciones de la gestión de
las diversas áreas del Municipio en cada uno de los Distritos,
monitoreando el avance de obras y servicios públicos y proponiendo
alternativas que los mejoren.
Realizar un seguimiento de los resultados de la gestión en
todas sus áreas y materias.
Art. 8º:
Compete a la Secretaría de Gobierno:
Entender en las relaciones del Departamento Ejecutivo
Municipal con el Honorable Concejo Municipal.
Entender en el estudio, análisis y actualización
permanente de las normas jurídicas municipales.
Entender en todo lo concerniente a iniciación, tramitación
interna y archivo de todos los expedientes y notas generadas por
asuntos de competencia de la Municipalidad garantizando una gestión
eficiente y eficaz de tal documentación y que facilite el derecho de
acceso a la información por parte de los ciudadanos.
A través del área legal y técnica a su cargo, asesorar
superintendencia y el contralor técnico-jurídico de la labor de los
ORDENANZA Nº 11829
asesores legales de las Secretarías del Departamento Ejecutivo
Municipal, en coordinación con Fiscalía Municipal.
Diseñar y ejecutar programas y/o proyectos en materia de
prevención y seguridad ciudadana.
Coordinar políticas preventivas con las fuerzas de
seguridad pública provinciales.
Intervenir en el trazado de políticas públicas de otras
áreas que sean consideradas relevantes en materias de prevención y
seguridad ciudadana.
Entender en lo referido a la seguridad interna de la
Entender en las relaciones entre el Departamento
Ejecutivo Municipal, su personal y la organización gremial.
Implementar programas y proyectos de mejoramiento de
la función pública municipal, tendiendo de desarrollar en los servidores
públicos los atributos de mérito, capacidad, vocación de servicio,
eficacia en el desempeño de su función, responsabilidad, honestidad y
adhesión a los principios y valores democráticos.
Entender en lo referido a ingreso, movilidad, desarrollo,
ascensos, promociones y designaciones del personal de acuerdo a las
disposiciones vigentes en la materia.
Asegurar y estimular la capacitación integral y las
competencias específicas para el desempeño de las tareas del
personal de las distintas dependencias municipales.
Art. 9º:
Compete a la Secretaría de Hacienda:
Coordinar el Sistema de Administración Financiera
ORDENANZA Nº 11829
Elaborar el presupuesto anual de gastos y recursos, con
intervención de las demás secretarías en el área de competencia de
cada una de ellas.
Intervenir en la fijación del gasto público en coordinación
con las demás secretarías.
Entender en la contabilización y rendición de las distintas
partidas del presupuesto; así como en el control contable y fiscalización
de todo gasto e inversión que se ordene sobre el Tesoro Municipal,
ingresos, egresos, cuentas y fondos especiales.
Entender en todo lo relativo a la aplicación y fiscalización
del régimen tributario, la recaudación y distribución de rentas.
Proponer y difundir con amplitud las normas tributarias y
los regímenes de desgravación impositiva en coincidencia con los
objetivos políticos del gobierno municipal.
Entender en el Régimen de Coparticipación Municipal.
Conducir la Tesorería Municipal y entender en los
regímenes de pago y de deuda pública.
Intervenir en las operaciones de crédito interno y externo.
Organizar, dirigir y fiscalizar lo relativo al patrimonio
municipal y registro del mismo.
Llevar la contabilidad del Municipio.
Entender en la impresión de sellos, timbres, papeles
fiscales y otros valores.
Elaborar pautas vinculadas con la incidencia financiera de
los regímenes de mayores costos y actualización de saldos de deudas
del Municipio, y en coordinación con la Secretaría de Obras Públicas,
entender en los regímenes de ajuste de precios.
ORDENANZA Nº 11829
Atender el régimen de compras generales de la
Municipalidad, llamados a licitaciones y/o concursos de precios y sus
adjudicaciones, en materias de su competencia.
Atender lo atinente al régimen de retribución salarial del
personal y política salarial, en coordinación con la Secretaría de
Planificar, proyectar y ejecutar planes de informatización,
reforma y modernización administrativa municipal, así como su
posterior seguimiento en aras a su optimización.
Entender en todo lo relacionado con el estudio, análisis,
investigación y planificación que sustenten las políticas definidas por la
superioridad en materia tributaria.
Entender en lo referido a redes y telecomunicaciones de
la Municipalidad; su planificación, desarrollo y mantenimiento adecuado
a los requerimientos de la sociedad de la información.
Organizar los archivos documentales del Municipio y
gestionar un centro de documentación municipal.
Art. 10º: Compete a la Secretaría de Obras Públicas:
Entender en el proyecto y ejecución de toda obra pública.
Intervenir en el proceso de creación de nuevas normas
legales relativas a la materia de Obras Públicas, y verificar el
cumplimiento de las ya existentes.
Entender en el estudio, proyectos, dirección, construcción
y mantenimiento de obras públicas.
Entender en la creación, organización, dirección y
fiscalización del registro de empresas contratistas de obras públicas y
ORDENANZA Nº 11829
Entender en el estudio, proyecto, trazado, construcción,
mejoras, reconstrucción y mantenimiento de caminos, calles, avenidas
y obras complementarias.
Entender conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y
Economía en los regímenes de ajustes de precios.
Entender en el estudio, proyecto, construcción, reparación
y mantenimiento de espacios públicos así como en el mantenimiento
del mobiliario y la señalización urbana.
Asegurar el funcionamiento del sistema de alumbrado
público y las obras de extensión del mismo.
señalizaciones luminosas, y de la señalización horizontal y vertical.
Proveer a las restantes secretarías la asistencia técnicas
y la gestión que fueren necesarias en materia de obras públicas.
Entender en la formación de la política hídrica municipal.
Entender en los estudios y proyectos de construcción y la
administración de todas las obras hídricas de la Ciudad: terraplenes,
defensas, reservorios, sistemas de bombeos, canales y desagües
Atender la operación, reparación y mantenimiento de las
obras de terraplenes, defensas, desagües pluviales y sistemas de
bombeo existentes y a construir contra las inundaciones.
Entender en el mantenimiento, estudio, proyecto y
construcción de las redes cloacales y sus aguas potables, coordinando
su labor cuando resulte necesario con otros organismos provinciales
ORDENANZA Nº 11829
Intervenir en los acuerdos interjurisdiccionales en lo
referente a su área de competencia.
Art. 11º: Compete a la Secretaría de Desarrollo Social:
Formular políticas sociales que favorezcan la inclusión
social, fortalezcan los procesos de prevención, asistencia y promoción,
y el restablecimiento de los vínculos laborales, sociales, familiares y
Intervenir en las diversas problemáticas sociales:
emergencias habitacionales; seguridad alimentaria; protección integral
de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, la familia, los
jóvenes y los adultos mayores; la mujer abandonada, maltratada y
madre soltera; y la integración plena de personas con discapacidad.
Atender las necesidades derivadas de emergencias
públicas, carencias agudas y todas aquellas situaciones sociales que
requieran de una atención inmediata.
Promover la actividad vecinalista incentivando una amplia
y consecuente participación.
Entender en la promoción, organización y funcionamiento
de las vecinales como así también en el perfeccionamiento de la
legislación sobre la materia.
Formular acciones y proyectos para la mejora de las
condiciones de empleabilidad de personas desocupadas o que
necesitan mejorar su situación a través de instancias de capacitación
laboral, articuladas con otras jurisdicciones del Estado, con los privados
y con los trabajadores, a través de sus organizaciones representativas.
Incentivar y brindar apoyo, asesoramiento y seguimiento a
iniciativas productivas que favorezcan los procesos de autonomía de
ORDENANZA Nº 11829
las personas y el asociativismo, en el marco del desarrollo de la
economía social.
Promover la creación del empleo productivo a través de
las distintas acciones e instrumentos contenidos en las diferentes
políticas del Gobierno Nacional, Provincial, así como el de programas y
medidas específicas de fomento de empleo.
Gestionar la Oficina de Empleo Municipal como ámbito de
fomento a la inserción o reinserción laborar y la formalización del
empleo, interactuando entre la oferta y la demanda de trabajo.
Entender en la gestión e implementación de los planes
sociales y/o laborales generados desde el gobierno nacional o
Impulsar la concreción de obras públicas menores,
servicios, tareas de mantenimiento y limpieza a través de iniciativas
comunitarias con cooperativas de trabajo y organizaciones sociales.
Promover una política del deporte centrada en los
vecinos y atendiendo a sus necesidades, brindando posibilidades de
acceder a espacios adecuados, y concibiendo a la actividad deportiva
como facilitadora para el desarrollo de la salud y el fortalecimiento de
los lazos afectivos y sociales.
Promover la recuperación de espacios para el deporte y la
recreación, de instalaciones deportivas de clubes y asociaciones y el
aprovechamiento de espacios ociosos.
significativamente a la resolución de los problemas ambientales que se
plantean en la sociedad actual, impulsando el desarrollo de nuevos
métodos y tecnologías que mitiguen y/o reviertan los procesos actuales
ORDENANZA Nº 11829
de degradación ambiental, así como también, aportando a la
construcción de una visión colectiva acerca del desarrollo sustentable.
Articular medidas, proyectos y acciones tendientes a la
implementación del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos
Urbanos basado en la reducción y separación en origen, recolección
selectiva, tratamiento diferenciado y comercialización de residuos
orgánicos e inorgánicos y disposición final segura; plan ambiental
Entender en todo lo referente a los servicios
concesionados de recolección, barrido y disposición final de residuos,
así como realizar la prestación de los servicios de recolección y barrido
en áreas no concesionadas.
Entender, en líneas generales, en todo lo relacionado con
la salubridad e higiene de los espacios públicos.
Entender en el diseño y ejecución de mecanismos de
control, análisis y monitoreo relacionados al estado del ambiente, la
contaminación y los impactos producidos por el uso irracional de los
recursos naturales.
poblacional de animales domésticos, campañas de vacunación animal
y otras cuestiones referidas a zoonosis.
Diagramar y ejecutar acciones de control de insectos y
vectores, cuidando la calidad ambiental y la salubridad de las personas.
mantenimiento y conservación de los espacios verdes.
Entender en el diseño de políticas de forestación y
arbolado público, ejecutando las tareas de forestación en la vía y
ORDENANZA Nº 11829
espacios públicos; garantizando la producción de todo tipo de especies
botánicas a través de Viveros Municipales.
Entender en los temas inherentes a las actuales
delegaciones municipales Alto Verde, La Guardia – Colastiné,
Noroeste, El Pozo y las que en lo sucesivo pudieran crearse.
Gestionar el Cementerio Municipal asegurando el normal
funcionamiento de los servicios necrológicos.
Art. 12º: Compete a la Secretaría de Producción:
Entender en la promoción de la producción industrial,
frutihortícola y toda otra que se genere en el ámbito del Municipio.
Entender en la promoción del comercio local, nacional e
internacional y su financiamiento.
Entender en la promoción para la radicación de
actividades productivas e inversiones.
Entender en la promoción las actividades asociativas de
empresas locales entre sí y de éstas con empresas nacionales y/o
Promover la realización y participación en ferias y rondas
Entender en la protección, fomento, desarrollo y
planificación de las actividades y servicios vinculados al turismo,
generando condiciones favorables para la iniciativa privada del sector y
promocionando los valores culturales, históricos y naturales de la
Intervenir en la promoción y aprovechamiento de los
recursos turísticos de la Ciudad, planificando y desarrollando
estrategias y acciones para el turismo receptivo y propiciando, en
ORDENANZA Nº 11829
coordinación con la Secretaría de Comunicación, la difusión y
promoción de la Ciudad.
Generar, sistematizar y proveer información básica
vinculada con las actividades y fines antedichos.
Promover la interacción entre el sistema científico-
tecnológico, los sectores de la producción y los mercados de capitales.
Promover la profesionalización de las actividades
empresariales a partir de la incorporación de tecnología de información
Asistir en general al Departamento Ejecutivo Municipal, en
todo lo atinente a decisiones que produzcan relaciones económicas
importantes y perdurables para la ciudad y/o su zona de influencia.
Intervenir en los procesos de Seguridad Alimentaria,
implementando las normativas naciones, provinciales y locales que
rigen la materia, realizando las tareas de control, capacitación y
difusión que fueren necesarias.
Entender en lo referido a inscripción, habilitación y cese
de actividades industriales, comerciales o de servicios, en coordinación
con las otras áreas del Municipio involucradas en la materia.
Promover sistemas municipales que mejoran la atención a
los empresarios, faciliten la realización y promuevan la celeridad de
Participar en todo lo concerniente a zonificación de áreas
industriales y/o comerciales, incubadora de empresas y parques
Art. 13º: Compete a la Secretaría de Cultura:
ORDENANZA Nº 11829
Entender en la promoción y desarrollo de las artes y
cultura en todas las manifestaciones.
Entender en la vinculación entre cultura y educación como
proceso de construcción de ciudadanía.
Asegurar una correcta vinculación en la gestión pública de
la cultura en coordinación con otros ámbitos del Estado, como la
Provincia de Santa Fe, otras provincias y/o la Nación, además de
universidades, organizaciones no gubernamentales, privadas e
Asegurar la protección y fomento de las bibliotecas,
museos y entidades que desarrollan actividades culturales y artísticas.
Tener bajo su dependencia: teatros, liceos, anfiteatros,
escuelas, centros de exposiciones, tanto existentes como a crearse.
Entender en el desarrollo académico y proyección social
del Liceo Municipal con sus diferentes escuelas, en coordinación con la
Secretaría de Educación.
Entender en la gestión particular de los museos de esta
Municipalidad, su programación, coordinación a manera de red y el
desarrollo de actividades educativas en torno a los mismos.
Entender en la coordinación de las actividades del Centro
Cultural Muttis, su fotogalería y biblioteca, como toda otra actividad que
atienda a la inserción social del mismo y su aprovechamiento por parte
de la ciudadanía.
Desarrollar estrategias de vinculación con el medio en
términos de apropiación de los bienes culturales a través de procesos
ORDENANZA Nº 11829
Entender en la promoción y desarrollo de las industrias
culturales en todas sus posibilidades; ediciones fonográficas, de libros,
producción de eventos, diseños, artesanías, filmaciones y toda otra
relación con el medio productivo y económico, entendiendo a la
circulación de los bienes culturales como generadora de trabajo y
Entender en la programación y producción del teatro,
anfiteatro, salas y espacios destinados a las artes escénicas.
Coordinar las acciones de talleres y espacios para el
desarrollo de las artes en barrios y espacios alternativos creados y por
Coordinar el accionar de la Banda, Coro y Teatro de
Títeres y su relación con la comunidad.
Art. 14º: Compete a la Secretaría de Comunicación:
Entender en la política de comunicación de los actos de
gobierno y de los servicios a la comunidad que realiza la administración
Establecer la política de imagen institucional y de
identidad visual, desarrollando acciones que tiendan a mejorar la
presencia del Municipio y de la Ciudad en el ámbito local, regional y
Entender en el estudio, planificación, diseño y realización
de proyectos de identidad, señalización y comunicación visual para la
administración municipal.
Definir estrategias publicitarias en medios masivos de
comunicación, así como la utilización de otros recursos y soportes
comunicacionales para la difusión de las acciones de gobierno, los
ORDENANZA Nº 11829
programas, actividades y servicios que presta la administración
Entender en el desarrollo de estrategias y acciones de
información pública y comunicación con el ciudadano, a través de
distintos medios, soportes y tecnologías, desarrollando un sistema de
producción de noticias permanente y actualizado.
Intervenir en la realización de campañas de comunicación
educativas, concientización y difusión acerca de las normas que
regulan la vida social urbana, promoviendo la incorporación de buenas
conductas y prácticas ciudadanas.
Entender en el desarrollo de contenidos del portal del
Municipio en internet y coordinar la producción de información con las
demás áreas de la administración municipal.
Entender en lo referido a comunicación interna de la
Municipalidad y generar instancias de circulación de información entre
las distintas dependencias.
Recopilar y procesar información necesaria para la
confección de datos estadísticos que aporten al mejoramiento de la
gestión en sus distintas áreas y ámbitos; y desarrollar estudios de
opinión pública que contribuyan al conocimiento de las demandas de
los vecinos hacia el Municipio.
Entender en la elaboración y publicación de información
institucional, en distintos formatos y soportes, y en la producción y
coordinación de medios de comunicación creados y a crearse por la
administración municipal, como la revista Mi Ciudad.
ORDENANZA Nº 11829
Promover instancias de comunicación directa con el
ciudadano y coordinar el Sistema de Atención Ciudadana para la
mejora continua de los dispositivos de atención al vecino.
Administrar la Guía de Trámites y Servicios en sus
distintos formatos y entender en la optimización de los trámites y la
mejora del sistema de reclamos, realizando el seguimiento de la
capacidad de respuesta por parte de las distintas dependencias
protocolares y ceremonial de todas las actividades que involucren al
Intendente Municipal y/o funcionarios de la Municipalidad.
Colaborar en la organización de todo acto, evento,
festividad o ceremonia en lo referido a ornamentación, invitaciones y
servicios diversos relacionados con el desarrollo de los mismos.
Art. 15º: Compete a la Secretaría de Planeamiento Urbano:
Entender en el diseño, ejecución y actualización del Plan
Urbano, evaluando sus resultados y proponiendo las modificaciones
que resulten necesarias, acorde a los requerimientos propios del
crecimiento de la Ciudad, comprendiendo la planificación del
asentamiento del hábitat humano, el uso del suelo para actividades de
todo tipo, la circulación a través de cualquier medio de movilidad, el
diseño del sistema de transporte y todo otro aspecto inherente a la
planificación espacial de la Ciudad.
Participar de la elaboración de proyectos relacionados a
servicios y obras públicas, coordinando criterios con otras áreas del
Municipio y con los organismos estatales o privados que se hallen
ORDENANZA Nº 11829
Asegurar el cumplimiento de las normas que rigen la
zonificación de usos de suelo y de la edificación de toda construcción
de carácter público o privado realizada dentro del ejido municipal,
llevando adelante las tareas de habilitación, permisos, control y
fiscalización que correspondieren.
Entender en el diseño del ordenamiento vial circulatorio.
concesión, otorgamiento de permisos, habilitación y/o licitación de los
sistemas de transporte público en sus diversas modalidades: por
colectivos, taxis, remises, tren urbano, trafics escolares y cualquier otro
Intervenir en la elaboración de pautas para la
determinación de las tarifas y precios de las empresas de servicios de
transporte público.
Coordinar y articular medidas, acciones y proyectos con el
Ente de Control de Transporte Público.
Entender en la administración, registro, conservación y
defensa del patrimonio urbano-arquitectónico del Municipio.
Entender en lo atinente al Régimen Catastral.
Proponer y participar en la elaboración de normas legales
vinculadas a la materia de su competencia.
Elaborar y ejecutar programas específicos de capacitación
y de conocimiento urbanístico a la comunidad con el objeto de generar
conciencia ciudadana sobre el urbanismo, la preservación patrimonial y
el cuidado de los valores paisajísticos, arquitectónicos, culturales e
ORDENANZA Nº 11829
Entender en el estudio, diseño, proyecto y ejecución de
las obras de arquitectura que ejecute el Municipio.
reparación, demolición y mantenimiento de edificios públicos.
Art. 16º: Compete a la Secretaría de Control:
Ejercer el control del cumplimiento de las disposiciones en
vigencia o que en el futuro se dicten, relacionadas con normas de
higiene, salubridad, estética urbana y calidad de vida controlables por
Realizar las tareas necesarias para control de las
condiciones medioambientales, procurando evitar la existencia y
permanencia de residuos peligrosos y fenómenos de contaminación.
Verificar el cumplimiento de las normativas vigentes por
parte de los establecimientos de salud públicos, privados y geriátricos,
respecto a la generación, manipulación, almacenamiento, transporte y
disposición final de residuos patológicos que éstos generan.
Controlar el cumplimiento de las normas relacionadas con
la comercialización de productos en la vía y espacios públicos.
Realizar las tareas necesarias para el control del
cumplimiento de las normas relacionadas con ferias y mercados.
Ejercer el control sobre el cumplimiento de las
disposiciones vigentes relacionadas con espectáculos públicos, locales
de diversión, eventos deportivos y culturales y demás establecimientos
alcanzados por la jurisdicción del Municipio, en su caso coordinando su
accionar con otras autoridades con competencia en la materia.
Controlar el expendio de bebidas alcohólicas y otras
sustancias de acuerdo a la normativa vigente.
ORDENANZA Nº 11829
Controlar el adecuado cumplimiento de las disposiciones
relacionadas a la ocupación de la vía pública, aceras y espacios
públicos; como así también las relativas a veredas, tapiales y malezas,
arrojo de aguas servidas y residuos domiciliarios.
Fiscalizar el cumplimiento de las normas vinculadas con el
Código de Publicidad.
Disponer y realizar lo conducente para el control y
ordenamiento del tránsito, organización del tránsito pesado y
estacionamiento, incorporando tecnología y sistemas inteligentes para
un mejor seguimiento de las situaciones de infracción.
Atender en el otorgamiento de las licencias de conducir,
de acuerdo a la normativa vigente, incentivando la descentralización en
Gestionar el Sistema de Estacionamiento Ordenado.
Fiscalizar el cumplimiento de las normas vinculadas con
los tipos de transporte que resulten de competencia del Municipio.
Ejercer el control, fiscalización y seguimiento de
habilitaciones de actividades comerciales y no comerciales,
garantizando el cumplimiento de las normativas relacionadas con
seguridad edilicia y eléctrica, en coordinación con las otras áreas del
Municipio relacionadas a la habilitación de negocios.
Realizar cualquier otro tipo de control o fiscalización que
se le encomendare con el objeto de garantizar el cumplimiento de la
normativa vigente o a dictarse en las materias que resultaren de interés
o competencia municipal.
ORDENANZA Nº 11829
Impulsar el dictado de nuevas normas atinentes a las
diversas materias sobre las que el Municipio ejerce las potestades de
control y fiscalización.
Art. 17º: Compete a la Secretaría de Educación:
Fortalecer las instancias de articulación con el sistema
educativo formal de manera de colaborar en el mejoramiento de la
calidad educativa.
Entender en estrategias y acciones orientadas al
diagnóstico y planificación del servicio educativo en la Ciudad, velando
por la racionalización y el equilibrio de la oferta educativa en el territorio
y priorizando los sectores de población más desfavorecidos.
Asistir a la escuela, a los docentes y directivos a través de
un servicio educativo abierto, de participación, consulta y orientación
sobre proyectos para el aula y la institución.
Desarrollar estrategias que involucren tanto a la
educación formal como a la no formal y que se oriente a asistir e
involucrar a la comunidad educativa y a la comunidad en general en
acciones educativas articuladas con las áreas municipales y de otras
jurisdicciones estatales, y que adquieren sentido en tanto se ocupan de
temáticas centrales para la construcción de ciudadanía, tales como la
educación para la salud, discriminación, seguridad vial, ambiente,
gestión de riesgo, promoción de la lectura, derechos de los niños y las
niñas, entre otros.
Planificar, organizar, implementar y supervisar un Sistema
Municipal de Educación Inicial, organizando los servicios y las acciones
educativas reguladas por el Estado local que posibiliten el ejercicio del
derecho a la educación y el desarrollo integral de niñas y niños.
ORDENANZA Nº 11829
Articular los servicios educativos destinados a niños y
niñas de cuarenta y cinco (45) días a tres (3) años inclusive, ya se trate
de gestión estatal de cualquier jurisdicción, privada o gestión asociada.
Ejercer el control, fiscalización y seguimiento de los
servicios educativos maternales de cuarenta y cinco (45) días a tres (3)
años de gestión privada.
Entender en todo lo relacionado con la administración y
gestión del Fondo de Asistencia Educativa, velando por una adecuada
planificación de las obras.
Brindar asistencia a establecimientos educaciones en
servicios de mantenimiento y refacción de instalaciones edilicias,
conforme a las posibilidades del Municipio.
Entender en el desarrollo académico y proyección social
del Liceo Municipal con sus diferentes escuelas, en coordinación con la
Secretaría de Cultura.
En general, articular todas las relaciones entre el Estado
Municipal y las autoridades educativas de otras jurisdicciones,
universidades, establecimientos educativos, directivos, cooperadores
escolares, docentes y sus organizaciones representativas, así como
de cualquier actor público o privado vinculado a temáticas
Art. 18º: Compete a la Secretaría de Salud:
Impulsar la conformación de un Sistema Local de Salud
centrado en la atención primaria y la participación comunitaria,
promoviendo acciones orientadas a la protección de la salud y a la
prevención de enfermedades, apostando al mejoramiento de la calidad
de vida de los ciudadanos.
ORDENANZA Nº 11829
Gestionar el Centro de Salud de Nuevo Horizonte; el
SAMCO de El Pozo y otros efectores de salud que pudieran crearse a
futuro dentro del ámbito municipal.
Implementar un sistema de respuesta coordinada a la
emergencia en situaciones diversas de accidentes, relativas a
seguridad vial, ambientales y catástrofes.
Gestionar el Centro de Operaciones Brigada de
Emergencia Municipales (C.O.B.E.M.), procurando dar respuesta
sanitaria, prehospitalaria de manera rápida, efectiva y eficaz para el
resguardo de personas y bienes mediante acciones intra y post
incidente, evento o accidente.
Coordinar, con otras áreas del gobierno competentes en
la materia, medidas de protección civil, promoviendo acciones de
protección y mitigación para la salvaguarda de la vida de las personas,
sus bienes y entorno.
Brindar asistencia, contención alimentaria, térmica y
eventual traslado a personas en situación de calle.
Articular acciones con sistemas públicos y privados en la
cobertura de eventos o incidentes, en particular, con el sistema de
salud y emergencias de la Provincia.
Desarrollar campañas educativas y de concientización en
medidas del cuidado de la salud, prevención de enfermedades,
primerizos auxilios y prevención de accidentes, en coordinación con las
demás secretarías del Municipio.
Conformar equipos de promoción de salud y prevención
de la enfermedad, promoviendo la formación de promotores y
preventores en salud comunitaria.
ORDENANZA Nº 11829
En general, articular acciones y proyectos con las
autoridades de salud y efectores provinciales a los efectos de fortalecer
y potenciar el sistema local de atención primaria de la salud, con base
en la participación ciudadana, garantizando la atención integral,
universal, equitativa, accesible y solidaria.
Art. 19º: Dependerán directamente de la Intendencia:
La Secretaría Privada.
La Fiscalía Municipal, de acuerdo a las normas que reglan
su funcionamiento.
La Sindicatura General Municipal, de acuerdo a las
normas especiales que la regulan.
La Administración General de la Justicia Municipal de
Faltas, conforme las normas que reglan su funcionamiento.
La Dirección de Gestión de Riesgo, que tendrá
competencia para entender en la implementación del plan de
contingencia para la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, diseño,
formulación, estudio y puesta en práctica del mismo; así como en
políticas de reducción de riesgos ambientales y laborales del Municipio
y sus espacios públicos, elaborando los respectivos protocolos de
actuación; y en las demás tareas que le asigne el Intendente Municipal.
La Dirección de Derechos Ciudadanos que tendrá como
objetivos la salvaguarda, protección y promoción de derechos de
incidencia colectiva y/o intereses difusos, tales como la preservación
del medio ambiente, la flora, la fauna y los recursos naturales; la
conservación del patrimonio arquitectónico, cultural y artístico, y del
espacio público; los derechos de los consumidores y los usuarios de
los servicios públicos, entre otros; así como las situaciones de
ORDENANZA Nº 11829
discriminación por motivos de raza, color, sexo, orientación sexual,
idioma, religión, nacionalidad, opinión política o de cualquier índole. A
tales efectos tendrá como funciones: la intervención ante casos de
vulneración de derechos colectivos o situaciones de discriminación; la
recepción de denuncias, otorgándoles el curso correspondiente; la
resolución consensual de las situaciones planteadas; la articulación de
acciones y cooperación con otros organismos públicos y la formación
de redes interinstitucionales; la recolección y producción de información
relacionadas con las problemáticas descriptas; la asistencia y
asesoramiento jurídico a individuos y organizaciones que requieran del
mismo; el diseño y ejecución de acciones y campañas de difusión,
promoción, formación y capacitación de derechos. Finalmente, tendrá
bajo su dependencia la Oficina Municipal de Información y Protección
del Consumidor, y la aplicación de la Ordenanza Nº 10.144, Sistema
Municipal de Defensa del Usuario y Consumidor.
Art. 20º: De cada Secretaría dependerán las siguientes Subsecretarías:
Secretaría General:
Subsecretaría de Descentralización;
Subsecretaría de Coordinación.
Secretaría de Gobierno:
Subsecretaría Legal y Técnica;
Subsecretaría de la Función Pública.
Secretaría de Hacienda:
Subsecretaría de Hacienda;
Subsecretaría de Ingresos Públicos;
ORDENANZA Nº 11829
Subsecretaría de Reforma y Modernización
Secretaría de Obras Públicas y Recursos Hídricos:
Subsecretaría de Obras Urbanas;
Subsecretaría de Planeamiento Hídrico;
Subsecretaría Operativa de Recursos Hídricos.
Secretaría de Desarrollo Social:
Subsecretaría de Acción Social;
Subsecretaría de Empleo;
Subsecretaría del Ambiente.
Secretaría de la Producción:
Subsecretaría de Industria y Comercio;
Subsecretaría de Turismo.
Secretaría de Cultura:
Subsecretaría de Programación Cultural;
Subsecretaría de Diversidad Cultural.
Secretaría de Planeamiento Urbano:
Subsecretaría de Ordenamiento Territorial;
Subsecretaría de Transporte;
Subsecretaría de Obras de Arquitectura.
Secretaría de Comunicación.
Secretaría de Control.
Subsecretaría de Control.
Secretaría de Educación.
Secretaría de Salud.
ORDENANZA Nº 11829
Art. 21º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer la
organización, estructura y régimen de funcionamiento de los entes y
ORDENANZA Nº 11829
o que en el futuro se creen, a fin de garantizar el cumplimiento de las
obligaciones en esta norma enunciada, y a realizar todo lo conducente para
la implementación de programas necesarios para el cumplimiento de la
Ordenanza Nº 10.610 o la que en el futuro la reemplace, organizando los
regímenes de personal más conveniente para la concreción de las
especiales características de las actividades a desarrollar.
Art. 22º: En caso de ausencia, vacancia, licencia o enfermedad, los secretarios
serán reemplazados interinamente en el cargo por el titular de otra
secretaría, conforme lo disponga el Intendente Municipal.
Art. 23º: En caso de duda acerca de la secretaría a la que corresponde entender en
un asunto determinado, autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a
especificar la competencia.
Art. 24º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer las
adecuaciones y transferencias de subsecretarías, organismos, direcciones,
servicios o entes municipales necesarios para dar cumplimiento a la
presente. Asimismo podrá disponer las modificaciones presupuestarias que
correspondan, de acuerdo a la competencia específica de la presente
Ordenanza, dando conocimiento al Honorable Concejo Municipal.
Art. 25º: La presente Ordenanza entrará en vigencia el 12 de diciembre de 2.011.
Art. 26º: Derógase la Ordenanza Nº 11.437 y sus modificatorias.
Art. 27º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.
SALA DE SESIONES, 24 de noviembre de 2.011.-
Presidente: Dr. José Manuel Corral
Secretario Legislativo: Dr. Danilo Lionel Armando
Expte. CO-0062-00827594-3 (PC).-
Source: http://www.santafeciudad.gov.ar/media/files/ordenanza%2011829%20-%20Estructura%20General.pdf
Authored by the DIGITAL DERMATITIS (HEEL WART) Digital dermatitis (DD) is a multi-factorial superficial dermatitis of thedigital skin of cattle. The mostcommon site is the palmar/plantarinterdigital ridge of the foot—especially the rear feet (Figure 1),but other sites include the skin of theinterdigital cleft, the heel, sometimesunder-running the sole, and thedorsal aspect of the coronary band(Figure 2), where they may beassociated with a vertical wall crack.
TELC Deutsch B2 © Klett-Langenscheidt GmbH, München, 2013. Modelltest TELC Deutsch B2. Vervielfältigung zu Unterrichtszwecken gestattet. Schriftliche Prüfung Schriftlicher Ausdruck Mündliche Prüfung Lösungsschlüssel Transkriptionen der Texte zum Prüfungsteil Hörverstehen Allgemeine Informationen Bewertungskriterien – Schriftlicher Ausdruck (Brief)