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El honorable concejo municipal de la ciudad de santa fe de la vera cruz, sanciona la siguiente


ORDENANZA Nº 11829
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA FE
DE LA VERA CRUZ, SANCIONA LA SIGUIENTE
Art. 1º: El despacho de los asuntos del Departamento Ejecutivo Municipal estará a
cargo de las siguientes Secretarías: Obras Públicas y Recursos Hídricos; Desarrollo Social; Planeamiento Urbano; Art. 2º:
Los Secretarios son designados por el Intendente Municipal, quien los remueve y, en su caso, decide sobre sus renuncias, estando bajo su directa dependencia. Art. 3º:
Los Secretarios asisten al Intendente Municipal individualmente en la materia de su competencia y en su conjunto constituyendo el Gabinete Art. 4º:
Las funciones de los Secretarios son las que esta Ordenanza fije para cada Secretaría y las que en el futuro determine el Departamento Ejecutivo


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Municipal, respetando la competencia de acuerdo a la especialidad de cada Art. 5º:
Los Secretarios están obligados a coordinar las funciones determinadas por esta Ordenanza para facilitar el cumplimiento de los planes de gobierno asignados a cada una. Art. 6º:
El Departamento Ejecutivo Municipal, mediante decreto, adecuará la estructura orgánica y planta básica de la administración conforme a lo dispuesto por la presente Ordenanza, pasando a depender de cada Secretaría las unidades de organización cuya misión y funciones le fueren Art. 7º:
Compete a la Secretaría General: Coordinar la información y las tareas entre el Intendente Municipal y los restantes miembros del Gabinete, así como con la Fiscalía Municipal y la Sindicatura General Municipal. Coordinar acciones con la Caja Municipal de Jubilaciones, la Justicia Municipal Administrativa de Faltas y otros organismos autárquicos creados o a crearse. Articular transversalmente los proyectos y acciones en los que intervienen diversas áreas del Municipio, en la búsqueda de eficacia en los resultados, eficiencia en los procedimientos y economía en la Entender en la articulación de acciones y proyectos entre las diversas áreas del Municipio y las jurisdicciones provincial y nacional. Entender en la organización de la gestión a través de los Distritos Municipales, desarrollando todas las acciones necesarias para garantizar la mayor cobertura territorial de las políticas y acciones, y la proximidad con el ciudadano.


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descentralización administración, en la búsqueda de cercanía territorial, transparencia, agilidad y eficacia de los procesos administrativos, garantizando calidad en la atención al ciudadano y en la prestación de los servicios. Articular con los actores sociales relevantes de cada uno de los Distritos y con los vecinos a través de mecanismos de participación democráticos, brindando apoyo técnico a las instituciones comunitarias para la formulación de proyectos y emprendimientos. Articular los objetivos, proyectos y acciones de la gestión de las diversas áreas del Municipio en cada uno de los Distritos, monitoreando el avance de obras y servicios públicos y proponiendo alternativas que los mejoren. Realizar un seguimiento de los resultados de la gestión en todas sus áreas y materias. Art. 8º:
Compete a la Secretaría de Gobierno: Entender en las relaciones del Departamento Ejecutivo Municipal con el Honorable Concejo Municipal. Entender en el estudio, análisis y actualización permanente de las normas jurídicas municipales. Entender en todo lo concerniente a iniciación, tramitación interna y archivo de todos los expedientes y notas generadas por asuntos de competencia de la Municipalidad garantizando una gestión eficiente y eficaz de tal documentación y que facilite el derecho de acceso a la información por parte de los ciudadanos. A través del área legal y técnica a su cargo, asesorar superintendencia y el contralor técnico-jurídico de la labor de los


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asesores legales de las Secretarías del Departamento Ejecutivo Municipal, en coordinación con Fiscalía Municipal. Diseñar y ejecutar programas y/o proyectos en materia de prevención y seguridad ciudadana. Coordinar políticas preventivas con las fuerzas de seguridad pública provinciales. Intervenir en el trazado de políticas públicas de otras áreas que sean consideradas relevantes en materias de prevención y seguridad ciudadana. Entender en lo referido a la seguridad interna de la Entender en las relaciones entre el Departamento Ejecutivo Municipal, su personal y la organización gremial. Implementar programas y proyectos de mejoramiento de la función pública municipal, tendiendo de desarrollar en los servidores públicos los atributos de mérito, capacidad, vocación de servicio, eficacia en el desempeño de su función, responsabilidad, honestidad y adhesión a los principios y valores democráticos. Entender en lo referido a ingreso, movilidad, desarrollo, ascensos, promociones y designaciones del personal de acuerdo a las disposiciones vigentes en la materia. Asegurar y estimular la capacitación integral y las competencias específicas para el desempeño de las tareas del personal de las distintas dependencias municipales. Art. 9º:
Compete a la Secretaría de Hacienda: Coordinar el Sistema de Administración Financiera


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Elaborar el presupuesto anual de gastos y recursos, con intervención de las demás secretarías en el área de competencia de cada una de ellas. Intervenir en la fijación del gasto público en coordinación con las demás secretarías. Entender en la contabilización y rendición de las distintas partidas del presupuesto; así como en el control contable y fiscalización de todo gasto e inversión que se ordene sobre el Tesoro Municipal, ingresos, egresos, cuentas y fondos especiales. Entender en todo lo relativo a la aplicación y fiscalización del régimen tributario, la recaudación y distribución de rentas. Proponer y difundir con amplitud las normas tributarias y los regímenes de desgravación impositiva en coincidencia con los objetivos políticos del gobierno municipal. Entender en el Régimen de Coparticipación Municipal. Conducir la Tesorería Municipal y entender en los regímenes de pago y de deuda pública. Intervenir en las operaciones de crédito interno y externo. Organizar, dirigir y fiscalizar lo relativo al patrimonio municipal y registro del mismo. Llevar la contabilidad del Municipio. Entender en la impresión de sellos, timbres, papeles fiscales y otros valores. Elaborar pautas vinculadas con la incidencia financiera de los regímenes de mayores costos y actualización de saldos de deudas del Municipio, y en coordinación con la Secretaría de Obras Públicas, entender en los regímenes de ajuste de precios.


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Atender el régimen de compras generales de la Municipalidad, llamados a licitaciones y/o concursos de precios y sus adjudicaciones, en materias de su competencia. Atender lo atinente al régimen de retribución salarial del personal y política salarial, en coordinación con la Secretaría de Planificar, proyectar y ejecutar planes de informatización, reforma y modernización administrativa municipal, así como su posterior seguimiento en aras a su optimización. Entender en todo lo relacionado con el estudio, análisis, investigación y planificación que sustenten las políticas definidas por la superioridad en materia tributaria. Entender en lo referido a redes y telecomunicaciones de la Municipalidad; su planificación, desarrollo y mantenimiento adecuado a los requerimientos de la sociedad de la información. Organizar los archivos documentales del Municipio y gestionar un centro de documentación municipal. Art. 10º: Compete a la Secretaría de Obras Públicas:
Entender en el proyecto y ejecución de toda obra pública. Intervenir en el proceso de creación de nuevas normas legales relativas a la materia de Obras Públicas, y verificar el cumplimiento de las ya existentes. Entender en el estudio, proyectos, dirección, construcción y mantenimiento de obras públicas. Entender en la creación, organización, dirección y fiscalización del registro de empresas contratistas de obras públicas y


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Entender en el estudio, proyecto, trazado, construcción, mejoras, reconstrucción y mantenimiento de caminos, calles, avenidas y obras complementarias. Entender conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y Economía en los regímenes de ajustes de precios. Entender en el estudio, proyecto, construcción, reparación y mantenimiento de espacios públicos así como en el mantenimiento del mobiliario y la señalización urbana. Asegurar el funcionamiento del sistema de alumbrado público y las obras de extensión del mismo. señalizaciones luminosas, y de la señalización horizontal y vertical. Proveer a las restantes secretarías la asistencia técnicas y la gestión que fueren necesarias en materia de obras públicas. Entender en la formación de la política hídrica municipal. Entender en los estudios y proyectos de construcción y la administración de todas las obras hídricas de la Ciudad: terraplenes, defensas, reservorios, sistemas de bombeos, canales y desagües Atender la operación, reparación y mantenimiento de las obras de terraplenes, defensas, desagües pluviales y sistemas de bombeo existentes y a construir contra las inundaciones. Entender en el mantenimiento, estudio, proyecto y construcción de las redes cloacales y sus aguas potables, coordinando su labor cuando resulte necesario con otros organismos provinciales


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Intervenir en los acuerdos interjurisdiccionales en lo referente a su área de competencia. Art. 11º: Compete a la Secretaría de Desarrollo Social:
Formular políticas sociales que favorezcan la inclusión social, fortalezcan los procesos de prevención, asistencia y promoción, y el restablecimiento de los vínculos laborales, sociales, familiares y Intervenir en las diversas problemáticas sociales: emergencias habitacionales; seguridad alimentaria; protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, la familia, los jóvenes y los adultos mayores; la mujer abandonada, maltratada y madre soltera; y la integración plena de personas con discapacidad. Atender las necesidades derivadas de emergencias públicas, carencias agudas y todas aquellas situaciones sociales que requieran de una atención inmediata. Promover la actividad vecinalista incentivando una amplia y consecuente participación. Entender en la promoción, organización y funcionamiento de las vecinales como así también en el perfeccionamiento de la legislación sobre la materia. Formular acciones y proyectos para la mejora de las condiciones de empleabilidad de personas desocupadas o que necesitan mejorar su situación a través de instancias de capacitación laboral, articuladas con otras jurisdicciones del Estado, con los privados y con los trabajadores, a través de sus organizaciones representativas. Incentivar y brindar apoyo, asesoramiento y seguimiento a iniciativas productivas que favorezcan los procesos de autonomía de ORDENANZA Nº 11829
las personas y el asociativismo, en el marco del desarrollo de la economía social. Promover la creación del empleo productivo a través de las distintas acciones e instrumentos contenidos en las diferentes políticas del Gobierno Nacional, Provincial, así como el de programas y medidas específicas de fomento de empleo. Gestionar la Oficina de Empleo Municipal como ámbito de fomento a la inserción o reinserción laborar y la formalización del empleo, interactuando entre la oferta y la demanda de trabajo. Entender en la gestión e implementación de los planes sociales y/o laborales generados desde el gobierno nacional o Impulsar la concreción de obras públicas menores, servicios, tareas de mantenimiento y limpieza a través de iniciativas comunitarias con cooperativas de trabajo y organizaciones sociales. Promover una política del deporte centrada en los vecinos y atendiendo a sus necesidades, brindando posibilidades de acceder a espacios adecuados, y concibiendo a la actividad deportiva como facilitadora para el desarrollo de la salud y el fortalecimiento de los lazos afectivos y sociales. Promover la recuperación de espacios para el deporte y la recreación, de instalaciones deportivas de clubes y asociaciones y el aprovechamiento de espacios ociosos. significativamente a la resolución de los problemas ambientales que se plantean en la sociedad actual, impulsando el desarrollo de nuevos métodos y tecnologías que mitiguen y/o reviertan los procesos actuales ORDENANZA Nº 11829
de degradación ambiental, así como también, aportando a la construcción de una visión colectiva acerca del desarrollo sustentable. Articular medidas, proyectos y acciones tendientes a la implementación del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos basado en la reducción y separación en origen, recolección selectiva, tratamiento diferenciado y comercialización de residuos orgánicos e inorgánicos y disposición final segura; plan ambiental Entender en todo lo referente a los servicios concesionados de recolección, barrido y disposición final de residuos, así como realizar la prestación de los servicios de recolección y barrido en áreas no concesionadas. Entender, en líneas generales, en todo lo relacionado con la salubridad e higiene de los espacios públicos. Entender en el diseño y ejecución de mecanismos de control, análisis y monitoreo relacionados al estado del ambiente, la contaminación y los impactos producidos por el uso irracional de los recursos naturales. poblacional de animales domésticos, campañas de vacunación animal y otras cuestiones referidas a zoonosis. Diagramar y ejecutar acciones de control de insectos y vectores, cuidando la calidad ambiental y la salubridad de las personas. mantenimiento y conservación de los espacios verdes. Entender en el diseño de políticas de forestación y arbolado público, ejecutando las tareas de forestación en la vía y ORDENANZA Nº 11829
espacios públicos; garantizando la producción de todo tipo de especies botánicas a través de Viveros Municipales. Entender en los temas inherentes a las actuales delegaciones municipales Alto Verde, La Guardia – Colastiné, Noroeste, El Pozo y las que en lo sucesivo pudieran crearse. Gestionar el Cementerio Municipal asegurando el normal funcionamiento de los servicios necrológicos. Art. 12º: Compete a la Secretaría de Producción:
Entender en la promoción de la producción industrial, frutihortícola y toda otra que se genere en el ámbito del Municipio. Entender en la promoción del comercio local, nacional e internacional y su financiamiento. Entender en la promoción para la radicación de actividades productivas e inversiones. Entender en la promoción las actividades asociativas de empresas locales entre sí y de éstas con empresas nacionales y/o Promover la realización y participación en ferias y rondas Entender en la protección, fomento, desarrollo y planificación de las actividades y servicios vinculados al turismo, generando condiciones favorables para la iniciativa privada del sector y promocionando los valores culturales, históricos y naturales de la Intervenir en la promoción y aprovechamiento de los recursos turísticos de la Ciudad, planificando y desarrollando estrategias y acciones para el turismo receptivo y propiciando, en ORDENANZA Nº 11829
coordinación con la Secretaría de Comunicación, la difusión y promoción de la Ciudad. Generar, sistematizar y proveer información básica vinculada con las actividades y fines antedichos. Promover la interacción entre el sistema científico- tecnológico, los sectores de la producción y los mercados de capitales. Promover la profesionalización de las actividades empresariales a partir de la incorporación de tecnología de información Asistir en general al Departamento Ejecutivo Municipal, en todo lo atinente a decisiones que produzcan relaciones económicas importantes y perdurables para la ciudad y/o su zona de influencia. Intervenir en los procesos de Seguridad Alimentaria, implementando las normativas naciones, provinciales y locales que rigen la materia, realizando las tareas de control, capacitación y difusión que fueren necesarias. Entender en lo referido a inscripción, habilitación y cese de actividades industriales, comerciales o de servicios, en coordinación con las otras áreas del Municipio involucradas en la materia. Promover sistemas municipales que mejoran la atención a los empresarios, faciliten la realización y promuevan la celeridad de Participar en todo lo concerniente a zonificación de áreas industriales y/o comerciales, incubadora de empresas y parques Art. 13º: Compete a la Secretaría de Cultura:
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Entender en la promoción y desarrollo de las artes y cultura en todas las manifestaciones. Entender en la vinculación entre cultura y educación como proceso de construcción de ciudadanía. Asegurar una correcta vinculación en la gestión pública de la cultura en coordinación con otros ámbitos del Estado, como la Provincia de Santa Fe, otras provincias y/o la Nación, además de universidades, organizaciones no gubernamentales, privadas e Asegurar la protección y fomento de las bibliotecas, museos y entidades que desarrollan actividades culturales y artísticas. Tener bajo su dependencia: teatros, liceos, anfiteatros, escuelas, centros de exposiciones, tanto existentes como a crearse. Entender en el desarrollo académico y proyección social del Liceo Municipal con sus diferentes escuelas, en coordinación con la Secretaría de Educación. Entender en la gestión particular de los museos de esta Municipalidad, su programación, coordinación a manera de red y el desarrollo de actividades educativas en torno a los mismos. Entender en la coordinación de las actividades del Centro Cultural Muttis, su fotogalería y biblioteca, como toda otra actividad que atienda a la inserción social del mismo y su aprovechamiento por parte de la ciudadanía. Desarrollar estrategias de vinculación con el medio en términos de apropiación de los bienes culturales a través de procesos ORDENANZA Nº 11829
Entender en la promoción y desarrollo de las industrias culturales en todas sus posibilidades; ediciones fonográficas, de libros, producción de eventos, diseños, artesanías, filmaciones y toda otra relación con el medio productivo y económico, entendiendo a la circulación de los bienes culturales como generadora de trabajo y Entender en la programación y producción del teatro, anfiteatro, salas y espacios destinados a las artes escénicas. Coordinar las acciones de talleres y espacios para el desarrollo de las artes en barrios y espacios alternativos creados y por Coordinar el accionar de la Banda, Coro y Teatro de Títeres y su relación con la comunidad. Art. 14º: Compete a la Secretaría de Comunicación:
Entender en la política de comunicación de los actos de gobierno y de los servicios a la comunidad que realiza la administración Establecer la política de imagen institucional y de identidad visual, desarrollando acciones que tiendan a mejorar la presencia del Municipio y de la Ciudad en el ámbito local, regional y Entender en el estudio, planificación, diseño y realización de proyectos de identidad, señalización y comunicación visual para la administración municipal. Definir estrategias publicitarias en medios masivos de comunicación, así como la utilización de otros recursos y soportes comunicacionales para la difusión de las acciones de gobierno, los ORDENANZA Nº 11829
programas, actividades y servicios que presta la administración Entender en el desarrollo de estrategias y acciones de información pública y comunicación con el ciudadano, a través de distintos medios, soportes y tecnologías, desarrollando un sistema de producción de noticias permanente y actualizado. Intervenir en la realización de campañas de comunicación educativas, concientización y difusión acerca de las normas que regulan la vida social urbana, promoviendo la incorporación de buenas conductas y prácticas ciudadanas. Entender en el desarrollo de contenidos del portal del Municipio en internet y coordinar la producción de información con las demás áreas de la administración municipal. Entender en lo referido a comunicación interna de la Municipalidad y generar instancias de circulación de información entre las distintas dependencias. Recopilar y procesar información necesaria para la confección de datos estadísticos que aporten al mejoramiento de la gestión en sus distintas áreas y ámbitos; y desarrollar estudios de opinión pública que contribuyan al conocimiento de las demandas de los vecinos hacia el Municipio. Entender en la elaboración y publicación de información institucional, en distintos formatos y soportes, y en la producción y coordinación de medios de comunicación creados y a crearse por la administración municipal, como la revista Mi Ciudad. ORDENANZA Nº 11829
Promover instancias de comunicación directa con el ciudadano y coordinar el Sistema de Atención Ciudadana para la mejora continua de los dispositivos de atención al vecino. Administrar la Guía de Trámites y Servicios en sus distintos formatos y entender en la optimización de los trámites y la mejora del sistema de reclamos, realizando el seguimiento de la capacidad de respuesta por parte de las distintas dependencias protocolares y ceremonial de todas las actividades que involucren al Intendente Municipal y/o funcionarios de la Municipalidad. Colaborar en la organización de todo acto, evento, festividad o ceremonia en lo referido a ornamentación, invitaciones y servicios diversos relacionados con el desarrollo de los mismos. Art. 15º: Compete a la Secretaría de Planeamiento Urbano:
Entender en el diseño, ejecución y actualización del Plan Urbano, evaluando sus resultados y proponiendo las modificaciones que resulten necesarias, acorde a los requerimientos propios del crecimiento de la Ciudad, comprendiendo la planificación del asentamiento del hábitat humano, el uso del suelo para actividades de todo tipo, la circulación a través de cualquier medio de movilidad, el diseño del sistema de transporte y todo otro aspecto inherente a la planificación espacial de la Ciudad. Participar de la elaboración de proyectos relacionados a servicios y obras públicas, coordinando criterios con otras áreas del Municipio y con los organismos estatales o privados que se hallen ORDENANZA Nº 11829
Asegurar el cumplimiento de las normas que rigen la zonificación de usos de suelo y de la edificación de toda construcción de carácter público o privado realizada dentro del ejido municipal, llevando adelante las tareas de habilitación, permisos, control y fiscalización que correspondieren. Entender en el diseño del ordenamiento vial circulatorio. concesión, otorgamiento de permisos, habilitación y/o licitación de los sistemas de transporte público en sus diversas modalidades: por colectivos, taxis, remises, tren urbano, trafics escolares y cualquier otro Intervenir en la elaboración de pautas para la determinación de las tarifas y precios de las empresas de servicios de transporte público. Coordinar y articular medidas, acciones y proyectos con el Ente de Control de Transporte Público. Entender en la administración, registro, conservación y defensa del patrimonio urbano-arquitectónico del Municipio. Entender en lo atinente al Régimen Catastral. Proponer y participar en la elaboración de normas legales vinculadas a la materia de su competencia. Elaborar y ejecutar programas específicos de capacitación y de conocimiento urbanístico a la comunidad con el objeto de generar conciencia ciudadana sobre el urbanismo, la preservación patrimonial y el cuidado de los valores paisajísticos, arquitectónicos, culturales e ORDENANZA Nº 11829
Entender en el estudio, diseño, proyecto y ejecución de las obras de arquitectura que ejecute el Municipio. reparación, demolición y mantenimiento de edificios públicos. Art. 16º: Compete a la Secretaría de Control:
Ejercer el control del cumplimiento de las disposiciones en vigencia o que en el futuro se dicten, relacionadas con normas de higiene, salubridad, estética urbana y calidad de vida controlables por Realizar las tareas necesarias para control de las condiciones medioambientales, procurando evitar la existencia y permanencia de residuos peligrosos y fenómenos de contaminación. Verificar el cumplimiento de las normativas vigentes por parte de los establecimientos de salud públicos, privados y geriátricos, respecto a la generación, manipulación, almacenamiento, transporte y disposición final de residuos patológicos que éstos generan. Controlar el cumplimiento de las normas relacionadas con la comercialización de productos en la vía y espacios públicos. Realizar las tareas necesarias para el control del cumplimiento de las normas relacionadas con ferias y mercados. Ejercer el control sobre el cumplimiento de las disposiciones vigentes relacionadas con espectáculos públicos, locales de diversión, eventos deportivos y culturales y demás establecimientos alcanzados por la jurisdicción del Municipio, en su caso coordinando su accionar con otras autoridades con competencia en la materia. Controlar el expendio de bebidas alcohólicas y otras sustancias de acuerdo a la normativa vigente. ORDENANZA Nº 11829
Controlar el adecuado cumplimiento de las disposiciones relacionadas a la ocupación de la vía pública, aceras y espacios públicos; como así también las relativas a veredas, tapiales y malezas, arrojo de aguas servidas y residuos domiciliarios. Fiscalizar el cumplimiento de las normas vinculadas con el Código de Publicidad. Disponer y realizar lo conducente para el control y ordenamiento del tránsito, organización del tránsito pesado y estacionamiento, incorporando tecnología y sistemas inteligentes para un mejor seguimiento de las situaciones de infracción. Atender en el otorgamiento de las licencias de conducir, de acuerdo a la normativa vigente, incentivando la descentralización en Gestionar el Sistema de Estacionamiento Ordenado. Fiscalizar el cumplimiento de las normas vinculadas con los tipos de transporte que resulten de competencia del Municipio. Ejercer el control, fiscalización y seguimiento de habilitaciones de actividades comerciales y no comerciales, garantizando el cumplimiento de las normativas relacionadas con seguridad edilicia y eléctrica, en coordinación con las otras áreas del Municipio relacionadas a la habilitación de negocios. Realizar cualquier otro tipo de control o fiscalización que se le encomendare con el objeto de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente o a dictarse en las materias que resultaren de interés o competencia municipal. ORDENANZA Nº 11829
Impulsar el dictado de nuevas normas atinentes a las diversas materias sobre las que el Municipio ejerce las potestades de control y fiscalización. Art. 17º: Compete a la Secretaría de Educación:
Fortalecer las instancias de articulación con el sistema educativo formal de manera de colaborar en el mejoramiento de la calidad educativa. Entender en estrategias y acciones orientadas al diagnóstico y planificación del servicio educativo en la Ciudad, velando por la racionalización y el equilibrio de la oferta educativa en el territorio y priorizando los sectores de población más desfavorecidos. Asistir a la escuela, a los docentes y directivos a través de un servicio educativo abierto, de participación, consulta y orientación sobre proyectos para el aula y la institución. Desarrollar estrategias que involucren tanto a la educación formal como a la no formal y que se oriente a asistir e involucrar a la comunidad educativa y a la comunidad en general en acciones educativas articuladas con las áreas municipales y de otras jurisdicciones estatales, y que adquieren sentido en tanto se ocupan de temáticas centrales para la construcción de ciudadanía, tales como la educación para la salud, discriminación, seguridad vial, ambiente, gestión de riesgo, promoción de la lectura, derechos de los niños y las niñas, entre otros. Planificar, organizar, implementar y supervisar un Sistema Municipal de Educación Inicial, organizando los servicios y las acciones educativas reguladas por el Estado local que posibiliten el ejercicio del derecho a la educación y el desarrollo integral de niñas y niños. ORDENANZA Nº 11829
Articular los servicios educativos destinados a niños y niñas de cuarenta y cinco (45) días a tres (3) años inclusive, ya se trate de gestión estatal de cualquier jurisdicción, privada o gestión asociada. Ejercer el control, fiscalización y seguimiento de los servicios educativos maternales de cuarenta y cinco (45) días a tres (3) años de gestión privada. Entender en todo lo relacionado con la administración y gestión del Fondo de Asistencia Educativa, velando por una adecuada planificación de las obras. Brindar asistencia a establecimientos educaciones en servicios de mantenimiento y refacción de instalaciones edilicias, conforme a las posibilidades del Municipio. Entender en el desarrollo académico y proyección social del Liceo Municipal con sus diferentes escuelas, en coordinación con la Secretaría de Cultura. En general, articular todas las relaciones entre el Estado Municipal y las autoridades educativas de otras jurisdicciones, universidades, establecimientos educativos, directivos, cooperadores escolares, docentes y sus organizaciones representativas, así como de cualquier actor público o privado vinculado a temáticas Art. 18º: Compete a la Secretaría de Salud:
Impulsar la conformación de un Sistema Local de Salud centrado en la atención primaria y la participación comunitaria, promoviendo acciones orientadas a la protección de la salud y a la prevención de enfermedades, apostando al mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos. ORDENANZA Nº 11829
Gestionar el Centro de Salud de Nuevo Horizonte; el SAMCO de El Pozo y otros efectores de salud que pudieran crearse a futuro dentro del ámbito municipal. Implementar un sistema de respuesta coordinada a la emergencia en situaciones diversas de accidentes, relativas a seguridad vial, ambientales y catástrofes. Gestionar el Centro de Operaciones Brigada de Emergencia Municipales (C.O.B.E.M.), procurando dar respuesta sanitaria, prehospitalaria de manera rápida, efectiva y eficaz para el resguardo de personas y bienes mediante acciones intra y post incidente, evento o accidente. Coordinar, con otras áreas del gobierno competentes en la materia, medidas de protección civil, promoviendo acciones de protección y mitigación para la salvaguarda de la vida de las personas, sus bienes y entorno. Brindar asistencia, contención alimentaria, térmica y eventual traslado a personas en situación de calle. Articular acciones con sistemas públicos y privados en la cobertura de eventos o incidentes, en particular, con el sistema de salud y emergencias de la Provincia. Desarrollar campañas educativas y de concientización en medidas del cuidado de la salud, prevención de enfermedades, primerizos auxilios y prevención de accidentes, en coordinación con las demás secretarías del Municipio. Conformar equipos de promoción de salud y prevención de la enfermedad, promoviendo la formación de promotores y preventores en salud comunitaria. ORDENANZA Nº 11829
En general, articular acciones y proyectos con las autoridades de salud y efectores provinciales a los efectos de fortalecer y potenciar el sistema local de atención primaria de la salud, con base en la participación ciudadana, garantizando la atención integral, universal, equitativa, accesible y solidaria. Art. 19º: Dependerán directamente de la Intendencia:
La Secretaría Privada. La Fiscalía Municipal, de acuerdo a las normas que reglan su funcionamiento. La Sindicatura General Municipal, de acuerdo a las normas especiales que la regulan. La Administración General de la Justicia Municipal de Faltas, conforme las normas que reglan su funcionamiento. La Dirección de Gestión de Riesgo, que tendrá competencia para entender en la implementación del plan de contingencia para la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, diseño, formulación, estudio y puesta en práctica del mismo; así como en políticas de reducción de riesgos ambientales y laborales del Municipio y sus espacios públicos, elaborando los respectivos protocolos de actuación; y en las demás tareas que le asigne el Intendente Municipal. La Dirección de Derechos Ciudadanos que tendrá como objetivos la salvaguarda, protección y promoción de derechos de incidencia colectiva y/o intereses difusos, tales como la preservación del medio ambiente, la flora, la fauna y los recursos naturales; la conservación del patrimonio arquitectónico, cultural y artístico, y del espacio público; los derechos de los consumidores y los usuarios de los servicios públicos, entre otros; así como las situaciones de ORDENANZA Nº 11829
discriminación por motivos de raza, color, sexo, orientación sexual, idioma, religión, nacionalidad, opinión política o de cualquier índole. A tales efectos tendrá como funciones: la intervención ante casos de vulneración de derechos colectivos o situaciones de discriminación; la recepción de denuncias, otorgándoles el curso correspondiente; la resolución consensual de las situaciones planteadas; la articulación de acciones y cooperación con otros organismos públicos y la formación de redes interinstitucionales; la recolección y producción de información relacionadas con las problemáticas descriptas; la asistencia y asesoramiento jurídico a individuos y organizaciones que requieran del mismo; el diseño y ejecución de acciones y campañas de difusión, promoción, formación y capacitación de derechos. Finalmente, tendrá bajo su dependencia la Oficina Municipal de Información y Protección del Consumidor, y la aplicación de la Ordenanza Nº 10.144, Sistema Municipal de Defensa del Usuario y Consumidor. Art. 20º: De cada Secretaría dependerán las siguientes Subsecretarías:
Secretaría General: Subsecretaría de Descentralización; Subsecretaría de Coordinación. Secretaría de Gobierno: Subsecretaría Legal y Técnica; Subsecretaría de la Función Pública. Secretaría de Hacienda: Subsecretaría de Hacienda; Subsecretaría de Ingresos Públicos; ORDENANZA Nº 11829
Subsecretaría de Reforma y Modernización Secretaría de Obras Públicas y Recursos Hídricos: Subsecretaría de Obras Urbanas; Subsecretaría de Planeamiento Hídrico; Subsecretaría Operativa de Recursos Hídricos. Secretaría de Desarrollo Social: Subsecretaría de Acción Social; Subsecretaría de Empleo; Subsecretaría del Ambiente. Secretaría de la Producción: Subsecretaría de Industria y Comercio; Subsecretaría de Turismo. Secretaría de Cultura: Subsecretaría de Programación Cultural; Subsecretaría de Diversidad Cultural. Secretaría de Planeamiento Urbano: Subsecretaría de Ordenamiento Territorial; Subsecretaría de Transporte; Subsecretaría de Obras de Arquitectura. Secretaría de Comunicación. Secretaría de Control. Subsecretaría de Control. Secretaría de Educación. Secretaría de Salud. ORDENANZA Nº 11829
Art. 21º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer la
organización, estructura y régimen de funcionamiento de los entes y ORDENANZA Nº 11829
o que en el futuro se creen, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones en esta norma enunciada, y a realizar todo lo conducente para la implementación de programas necesarios para el cumplimiento de la Ordenanza Nº 10.610 o la que en el futuro la reemplace, organizando los regímenes de personal más conveniente para la concreción de las especiales características de las actividades a desarrollar. Art. 22º: En caso de ausencia, vacancia, licencia o enfermedad, los secretarios
serán reemplazados interinamente en el cargo por el titular de otra secretaría, conforme lo disponga el Intendente Municipal. Art. 23º: En caso de duda acerca de la secretaría a la que corresponde entender en
un asunto determinado, autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a especificar la competencia. Art. 24º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer las
adecuaciones y transferencias de subsecretarías, organismos, direcciones, servicios o entes municipales necesarios para dar cumplimiento a la presente. Asimismo podrá disponer las modificaciones presupuestarias que correspondan, de acuerdo a la competencia específica de la presente Ordenanza, dando conocimiento al Honorable Concejo Municipal. Art. 25º: La presente Ordenanza entrará en vigencia el 12 de diciembre de 2.011.
Art. 26º: Derógase la Ordenanza Nº 11.437 y sus modificatorias.
Art. 27º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.
SALA DE SESIONES, 24 de noviembre de 2.011.-
Presidente: Dr. José Manuel Corral
Secretario Legislativo: Dr. Danilo Lionel Armando
Expte. CO-0062-00827594-3 (PC).-

Source: http://www.santafeciudad.gov.ar/media/files/ordenanza%2011829%20-%20Estructura%20General.pdf

Digital dermatitis

Authored by the DIGITAL DERMATITIS (HEEL WART) Digital dermatitis (DD) is a multi-factorial superficial dermatitis of thedigital skin of cattle. The mostcommon site is the palmar/plantarinterdigital ridge of the foot—especially the rear feet (Figure 1),but other sites include the skin of theinterdigital cleft, the heel, sometimesunder-running the sole, and thedorsal aspect of the coronary band(Figure 2), where they may beassociated with a vertical wall crack.

Untitled

TELC Deutsch B2 © Klett-Langenscheidt GmbH, München, 2013. Modelltest TELC Deutsch B2. Vervielfältigung zu Unterrichtszwecken gestattet. Schriftliche Prüfung Schriftlicher Ausdruck Mündliche Prüfung Lösungsschlüssel Transkriptionen der Texte zum Prüfungsteil Hörverstehen Allgemeine Informationen Bewertungskriterien – Schriftlicher Ausdruck (Brief)