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OFICIO CIRCULAR NÚMERO AFSEDF/642/2011
LINEAMIENTOS GENERALES POR LOS QUE SE
ESTABLECE UN MARCO PARA LA CONVIVENCIA
ESCOLAR EN LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN BÁSICA
DEL DISTRITO FEDERAL
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN EL DISTRITO FEDERAL
"2011, Año del Turismo en México"
Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal
Oficio-Circular No. AFSEDF/642/2011
Lineamientos Generales por los que se establece un Marco para la Convivencia Escolar
en las Escuelas de Educación Básica del Distrito Federal
CC. DIRECTORES GENERALES, COORDINADORES SECTORIALES, DIRECTORES DE NIVEL,
DIRECTORES OPERATIVOS, DIRECTORES REGIONALES, COORDINADORES REGIONALES,
JEFES DE SECTOR, SUPERVISORES GENERALES DE SECTOR, SUPERVISORES DE ZONA,
INSPECTORES GENERALES, JEFES DE ENSEÑANZA, DIRECTORES DE PLANTEL,
PERSONAL DE APOYO TÉCNICO PEDAGÓGICO, COORDINADORES DE ASIGNATURAS
ACADÉMICAS Y TECNOLÓGICAS, DOCENTES, ASESORES, ESPECIALISTAS Y EN
GENERAL, PERSONAL DE APOYO Y ASISTENCIA EN PLANTELES OFICIALES E
INCORPORADOS DE EDUCACIÓN BÁSICA EN EL DISTRITO FEDERAL.
P r e s e n t e.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3º de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 1º, 2º, 7º, fracción XV, 8º, fracción III, 32, 42, 65, 66, 75, fracción XVI y demás
aplicables de la Ley General de Educación; 3º, 7º, 13, último párrafo, 14, inciso c, 21, 32 y demás
relativos de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; 38,
fracciones I y V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 46, fracción I del
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública; así como 1º a 5º del Decreto por el que
se crea la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, como un órgano
administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, y
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece en su Eje 1 "Estado de Derecho y Legalidad", Objetivo 11 "Fomentar el desarrollo de una cultura de la legalidad", la Estrategia 11.1, consistente en reforzar el diseño e impartición de programas educativos para la población, orientados a reforzar la cultura cívica, el apego a la legalidad y el conocimiento del derecho, señalándose que el abandono del principio de apego a la ley, afecta la conciencia de niños y jóvenes acerca de los valores esenciales de la convivencia humana, lo cual pone en riesgo la esperanza de una real vigencia del Estado de Derecho en los años por venir. Que el Programa Sectorial de Educación 2007-2012, en su Objetivo 4 "Ofrecer una educación integral que equilibre la formación en valores ciudadanos, para fortalecer la convivencia democrática e intercultural", dispone en materia de educación básica, la importancia de construir una cultura de convivencia y participación, igualitaria y apegada a las leyes, intercultural, respetuosa y sin recurso a la violencia, a partir de la experiencia escolar. Que el artículo 42 de la Ley General de Educación, establece que en la impartición de educación para menores de edad, se tomarán medidas que aseguren al educando la protección y el cuidado
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Lineamientos Generales por los que se establece un Marco para la Convivencia Escolar
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necesarios para preservar su integridad física, psicológica y social sobre la base del respeto a su dignidad, y que la aplicación de la disciplina escolar sea compatible con su edad. Que la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece entre otras disposiciones relevantes, que:
La Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, procurarán implementar los
mecanismos necesarios para impulsar una cultura de protección de los derechos de la infancia, basada en el contenido de la Convención Sobre los Derechos del Niño y Tratados que sobre el tema apruebe el Senado de la República;
Corresponde a las autoridades o instancias federales, del Distrito Federal, estatales y
municipales en el ámbito de sus atribuciones, asegurar a niñas, niños y adolescentes la protección y el ejercicio de sus derechos y la toma de medidas necesarias para su bienestar, tomando en cuenta los derechos y deberes de sus madres, padres y demás ascendientes, tutores y custodios, u otras personas que sean responsables de los mismos;
Niñas, niños y adolescentes tienen los deberes que exige el respeto de todas las personas,
el cuidado de los bienes propios, de la familia y de la comunidad, y el aprovechamiento de los recursos que se dispongan para su desarrollo;
En las escuelas o instituciones similares, los dueños, directivos, educadores, maestros o
personal administrativo serán responsables de evitar cualquier forma de maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso o explotación, en contra de niñas, niños o adolescentes;
Debe impedirse en las instituciones educativas la imposición de medidas de disciplina que
no estén previamente establecidas, que sean contrarias a la dignidad de las niñas, niños y adolescentes, que atenten contra su vida, o su integridad física o mental, y
Deben favorecerse en las instituciones educativas, mecanismos para la solución de
conflictos, que contengan claramente las conductas que impliquen faltas a la disciplina y los procedimientos para su aplicación.
Que si bien, los Acuerdos Secretariales 96, 97 y 98, que establecen la organización y funcionamiento de las escuelas primarias, secundarias técnicas y secundarias, publicados respectivamente en el Diario Oficial de la Federación los días 7, 3 y 7 de diciembre de 1982, contienen un capítulo especial en materia de disciplina escolar, lo cierto es que frecuentemente se presentan dudas con respecto a su correcta aplicación, por lo que resulta indispensable aclarar sus alcances y precisar los supuestos y procedimientos requeridos para la imposición de sanciones en el marco del respeto a la dignidad de los educandos.
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Lineamientos Generales por los que se establece un Marco para la Convivencia Escolar
en las Escuelas de Educación Básica del Distrito Federal
Que si bien la disciplina es un medio fundamental para propiciar y garantizar un clima escolar de armonía y respeto que sea favorable al desarrollo integral de los alumnos, es también indispensable adoptar esquemas de prevención y orientación que propicien una cultura de legalidad, de paz y de no violencia. Que es necesario disponer de un documento que integre la normatividad vigente en materia de convivencia y disciplina escolar y que incluya, a la vez, las orientaciones más recientes en materia de derechos de los estudiantes. Que por tanto, se requiere contar con lineamientos generales que construyan un marco de referencia que sirva a directivos y docentes para, con el apoyo de la comunidad educativa, construir espacios de convivencia escolar que basados en el respeto mutuo, aseguren a las niñas, niños y adolescentes la protección y el ejercicio de sus derechos en la esfera de la enseñanza. Que por lo anterior, y en ejercicio de las atribuciones conferidas a esta Administración, en su Decreto de Creación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005, así como en su Manual General de Organización publicado en el propio órgano oficial el 23 de agosto de 2005, he tenido a bien emitir el presente Oficio-Circular, que da a conocer los siguientes:
LINEAMIENTOS GENERALES POR LOS QUE SE ESTABLECE UN MARCO PARA LA
CONVIVENCIA ESCOLAR EN LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN BÁSICA
DEL DISTRITO FEDERAL
PRIMERO.- Ámbito de Aplicación
Los presentes lineamientos son de interés social y observancia obligatoria para personal directivo,
docente y personal escolar, así como de supervisión de las escuelas oficiales y particulares
incorporadas que imparten educación básica en el Distrito Federal.
SEGUNDO.- Objetivo
Es objetivo de estos lineamientos, servir como guía y marco de referencia para que en las escuelas
del tipo básico del Distrito Federal, se generen ambientes que propicien la convivencia pacífica y el
aprendizaje en un marco de respeto mutuo entre los distintos actores que conforman la comunidad
educativa, y que ante todo, velando por la dignidad de los educandos, se asegure la protección de
los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
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Lineamientos Generales por los que se establece un Marco para la Convivencia Escolar
en las Escuelas de Educación Básica del Distrito Federal
De igual forma las recomendaciones incluidas en los presentes Lineamientos, se emiten con el fin
de facilitar el cumplimiento de la Legislación aplicable en materia de convivencia y disciplina
escolar, y de los Acuerdos Secretariales 96, 97 y 98, que se encuentran vigentes en lo relativo a la
organización y funcionamiento de las escuelas de educación básica en el Distrito Federal.
TERCERO.- Aspectos Generales del Marco de Convivencia
A fin de dar cumplimiento al objetivo de los presentes lineamientos, se establece el siguiente:
MARCO PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
EN LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN BÁSICA DEL DISTRITO FEDERAL
La Ley General de Educación, establece en su artículo 42, que "en la impartición de educación para
menores de edad, se tomarán medidas que aseguren al educando la protección y cuidado
necesarios para preservar su integridad física, psicológica y social sobre la base del respeto a su
dignidad, y que la aplicación de la disciplina escolar sea compatible con su edad".
Los Acuerdos Secretariales 96, 97 y 98, regulan entre otros aspectos, los relativos a la disciplina
escolar en las escuelas primarias, secundarias técnicas y secundarias. Dichos acuerdos son
previos a la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, a la Ley para la
Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y a la descentralización educativa
acordada en 1992. Incluso, se trata de acuerdos que si bien no han sido derogados, fueron
emitidos de forma previa a la publicación en 1993 de la Ley General de Educación vigente.
Hasta ahora, no se disponía de un documento que integrara la normatividad vigente en materia de
convivencia y disciplina escolar con las orientaciones más recientes sobre derechos de la niña y el
niño y que simultáneamente favoreciera la convivencia y orientara la administración de la disciplina
escolar. Por ello, se observa que en las escuelas existen dificultades para manejar adecuadamente
medidas disciplinarias que coadyuven a un ambiente propicio para la convivencia y el aprendizaje.
Con el propósito subsanar lo anterior y asegurar que el proceso educativo de las alumnas y los
alumnos del Distrito Federal tenga lugar en un ambiente seguro y ordenado, que propicie el
aprendizaje efectivo, la convivencia pacífica de la comunidad escolar y la formación de ciudadanos
íntegros, la autoridad educativa debe promover activamente el respeto mutuo entre educandos,
padres y madres de familia o tutores, docentes, directivos y personal escolar.
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Lineamientos Generales por los que se establece un Marco para la Convivencia Escolar
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Por ello, la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal (AFSEDF), elaboró a partir de la base legal aplicable, una Carta de Derechos y Deberes de las Alumnas y los Alumnos; precisó prácticas concretas de participación a través de un Compromiso de la o el Alumno a favor de la Convivencia Pacífica, así como un Compromiso de Corresponsabilidad de los Padres de Familia con la Educación de su Hija o Hijo y, puntualizó, con fundamento en la normatividad vigente, las Faltas y Medidas Disciplinarias por nivel educativo para que toda la comunidad conozca y comparta el marco de actuación que procura el respeto a la dignidad de todos los miembros, particularmente de aquellos alumnos en situación de vulnerabilidad, y las consecuencias en caso de no respetarlo. El Marco para la Convivencia Escolar en las Escuelas de Educación Básica del Distrito Federal, tutelará la vida escolar de las alumnas y los alumnos inscritos en los planteles oficiales que atiende la AFSEDF, desde preescolar hasta secundaria, incluidas las de educación especial, a través de la Dirección General de Operación de Servicios Educativos (DGOSE), la Dirección General de Educación Secundaria Técnica (DGEST), la Dirección General de Servicios Educativos Iztapalapa (DGSEI) y la Dirección General de Educación Normal y Actualización del Magisterio (DGENAM), en la escuela primaria y secundaria ubicada en el Centro Nacional de Alto Rendimiento (CNAR) así como en las escuelas particulares incorporadas que operan en el Distrito Federal. El Marco para la Convivencia Escolar busca que la interacción entre educandos, madres y padres de familia o tutores, directivos, docentes y personal escolar, se dé en un contexto de certidumbre, donde todos conozcan tanto los derechos de las alumnas y los alumnos, como las necesidades de colaboración para la convivencia, y se comprometan a respetarlos; donde cada estudiante sepa a ciencia cierta el comportamiento que se espera de él o ella y esté al tanto de cuáles serán los compromisos y responsabilidades que adquiere; donde los directivos y docentes cuenten con guías claras para educar para la convivencia pacífica en el respeto a la diversidad, así como para intervenir, orientar y ayudar a las alumnas y los alumnos en su proceso formativo y, finalmente, donde las madres, los padres o tutores se involucren activamente en la educación de sus hijas e hijos y los apoyen en su desarrollo. La convivencia en la escuela se rige por valores implícitos que en ocasiones se pierden de vista. La Carta de Derechos y Deberes de las Alumnas y los Alumnos hace explícitos dichos valores, puntualiza los compromisos que asume toda la comunidad educativa a fin de garantizar los derechos de los estudiantes y plantea necesidades de colaboración para construir una convivencia pacífica y solidaria. Se asume que ésta se sustenta en el respeto a los derechos humanos y particularmente para el caso de la comunidad escolar, en el respeto a los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
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Lineamientos Generales por los que se establece un Marco para la Convivencia Escolar
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La Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada en 1990 por la Asamblea de la Naciones Unidas, reconoce en su artículo 28 a niñas, niños, adolescentes y jóvenes como sujetos plenos de derecho. Estos derechos son inalienables, inviolables y obligatorios. Por otra parte, niñas, niños y adolescentes tienen deberes que a diferencia de los anteriores, no son un fin en sí mismos pero son necesarios para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos propios y de terceros. Este Marco considera a la alumna o el alumno en formación como un sujeto individual y social, y por lo tanto, el respeto a sus derechos por parte de toda la comunidad educativa y su compromiso con las responsabilidades que le son propias, constituyen la base para garantizar un clima de convivencia adecuado para desarrollar el proceso educativo y la vía para conformar escuelas cada vez más inclusivas. Ahora bien, la Convención sobre los Derechos del Niño, establece a la letra que "Los Estados Partes adoptarán cuantas medidas sean adecuadas para velar porque la disciplina escolar se administre de modo compatible con la dignidad humana del niño". En México, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, dispone en su artículo 32, lo siguiente:
"Se promoverán las medidas necesarias para que: (…) F. Se impida en las instituciones educativas la imposición de medidas disciplinarias que no estén previamente establecidas, sean contrarias a su dignidad, atenten contra su vida, o su integridad física o mental. G. Se favorezcan en las instituciones educativas mecanismos para la solución de conflictos, que contengan claramente las conductas que impliquen faltas a la disciplina y los procedimientos para su aplicación."
En este contexto, se puntualizaron Faltas y Medidas Disciplinarias por nivel educativo, que buscan ser una guía útil para el manejo de la disciplina en las escuelas, garantizando el respeto a la dignidad de los educandos. Éstas, proporcionan una descripción puntual de "las conductas que impliquen faltas a la disciplina", es decir, de los comportamientos no deseables de acuerdo a la edad, en un ambiente donde se busca que impere el respeto mutuo. Asimismo, se especifica el tipo de consecuencia que conlleva cada falta disciplinaria de acuerdo con el marco normativo aplicable. Con las Faltas y Medidas Disciplinarias se busca, conforme a lo establecido en el artículo 42 de la Ley General de Educación, dotar a las escuelas de un marco de referencia para una adecuada aplicación de la disciplina escolar que asegure al educando, la protección y el cuidado necesarios
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para preservar su integridad física, psicológica y social sobre la base del respeto a su dignidad, con medidas conocidas por todos y socialmente aceptadas, que permitan hacer frente a las conductas contrarias a la convivencia o que ponen en riesgo la seguridad de los miembros de la comunidad. La descripción objetiva de las conductas que impliquen faltas a la disciplina y de las intervenciones apropiadas en caso de que éstas se registren, otorga certidumbre puesto que las reglas serán únicas y conocidas por todos. Asimismo, dicha descripción propicia mayor justicia y equidad, ya que se acota la respuesta institucional frente a las conductas contrarias a la convivencia y se favorece la adopción de medidas iguales frente a circunstancias equivalentes. Se busca con ello, garantizar que todas las alumnas y los alumnos tengan igual trato y que imperen condiciones propicias para el respeto mutuo. Las autoridades educativas deberán privilegiar el diálogo como mecanismo fundamental para la resolución de conflictos y, en caso de requerir la aplicación de las medidas disciplinarias que se presentan, deberán hacerlo con imparcialidad y respeto a la dignidad de los educandos. Las medidas disciplinarias tendrán vigencia para actuaciones dentro de la escuela o bien, fuera de ella en representación de la misma. La aceptación y adherencia de la comunidad escolar al presente Marco para la Convivencia Escolar, es fundamental para que se haga efectiva su implementación. Por ello, se presentará y comentará ampliamente con madres y padres de familia o tutores, alumnas y alumnos al inicio de cada ciclo escolar. También debe ser objeto de análisis en el Centro de Trabajo, donde se deberán establecer los mecanismos para su cumplimiento. Asimismo, se presentará y comentará con los Consejos Escolares de Participación Social para aclarar dudas, recibir opiniones y concertar compromisos. En definitiva, este documento constituirá la base para iniciar una reflexión amplia y democrática, en la que se recogerán las observaciones y propuestas que permitan mejorarlo de un ciclo a otro en caso de ser necesario, pero sobretodo, para construir colectivamente un nuevo pacto de convivencia escolar entre alumnas y alumnos, directivos, docentes y demás miembros de la comunidad escolar basado en valores como el respeto, la solidaridad y la tolerancia frente a la diferencia. Al hacer entrega de estos documentos a las familias de los educandos, la AFSEDF les presenta un marco de actuación que considera necesario observar para garantizar la seguridad y el respeto que merecen sus hijas e hijos y toda la comunidad escolar, y enfatiza que para conseguirlo, es fundamental su apoyo y participación. Es importante que se contemple un tiempo específico al inicio del ciclo escolar para dar a conocer el documento e invitar a la construcción de una convivencia escolar pacífica. Una vez que se conozca y comparta, se promoverá que tanto estudiantes como madres y padres de familia o tutores refrenden su interés por el proceso
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educativo mediante la firma del Compromiso de la o el Alumno a favor de la Convivencia Pacífica y el Compromiso de Corresponsabilidad de los Padres de Familia con la Educación de sus Hijas o Hijos, respectivamente. Desde luego, por su corta edad, las alumnas y los alumnos de preescolar no firmarán un compromiso por escrito, sino que con ellos se desarrollará un trabajo pedagógico para que vayan construyendo de acuerdo a su edad, su propio Compromiso para la Convivencia. Iniciado el ciclo escolar, los docentes deben leer, analizar y dialogar ampliamente con las alumnas y los alumnos el Marco para la Convivencia Escolar para que se vaya construyendo colectivamente un nuevo pacto escolar que oriente la vida en la escuela. Como se ha dicho, es necesario que todos los miembros de la comunidad lo conozcan y comprendan la necesidad de construir un ambiente en el que impere el respeto a la dignidad y los derechos de cada uno. Se debe buscar que cada alumna y alumno reflexione y tome conciencia de sus derechos e interiorice la necesidad de colaborar, asumiendo los deberes que tiene como parte de la comunidad escolar. La mejor disciplina es la que resulta de un proceso de comprensión e interiorización de las normas y de la autorregulación por convicción, no por imposición. Para lograrlo, la labor educativa de los docentes y las madres y padres de familia o tutores, será fundamental. A las alumnas y los alumnos que ingresen a una escuela una vez iniciado el ciclo escolar, se les presentará el Marco para la Convivencia Escolar al momento de incorporarse, procurando un espacio de discusión y análisis para lograr la comprensión y adhesión a este referente para la convivencia. La escuela deberá brindar los apoyos necesarios tanto al educando como a los padres de familia o tutores en este proceso. Debe quedar claro que las medidas disciplinarias se aplicarán únicamente en caso de que una alumna o un alumno presente un comportamiento que perturbe la convivencia o que atente contra el derecho y la dignidad de algún miembro de la comunidad o de ella en su conjunto, e irán acompañadas de un tratamiento pedagógico para cada situación, incluyendo el reconocimiento por parte de la escuela de factores adversos en los contextos educativos, a fin de diseñar estrategias que apoyen su modificación. Las medidas disciplinarias deben manejarse como la consecuencia de no respetar una conducta acordada y deben ser oportunidad para la reflexión y el aprendizaje para la comunidad escolar, a fin de avanzar en la construcción de espacios cada vez más inclusivos. Es importante enfatizar que estas medidas deben ser en todo momento de carácter formativo, previamente conocidas, proporcionales a la falta cometida, y sobre todo, respetuosas de la integridad de quien las recibe. En ningún caso una falta de disciplina podrá derivar en medidas que no consideren los derechos y la integridad de niñas, niños y adolescentes. En particular, no podrá sancionarse con la negación del servicio educativo o la expulsión de la alumna o el alumno.
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Previo a establecer una consecuencia mediante una medida disciplinaria, la alumna o el alumno
debe ser informado y recibir la oportunidad de explicar su versión de los hechos. Es fundamental
que la aplicación de una medida disciplinaria no de origen a prácticas de exclusión o al aislamiento
del educando, que puedan acentuar las dificultades.
El Marco para la Convivencia Escolar que presenta la AFSEDF es un referente para que la
comunidad escolar construya en el día a día un nuevo pacto de convivencia escolar, basado en el
respeto a los derechos y el compromiso con una convivencia pacífica y solidaria, conceptos
fundamentales en la formación de ciudadanos íntegros.
CUARTO.- Carta de Derechos de las Alumnas y los Alumnos
Las niñas, niños y adolescentes tienen una gran cantidad de derechos como miembros de la
sociedad, establecidos legalmente y de observancia obligatoria. En esta Carta se busca enfatizar
los derechos que les son propios a los educandos pertenecientes a una comunidad escolar.
Las alumnas y los alumnos de educación básica en el Distrito Federal tienen derecho a:
a) Acudir a la escuela y recibir educación pública gratuita e inclusiva desde preescolar hasta
tercer grado de educación secundaria, sin condicionamiento alguno. Las alumnas y los alumnos que enfrentan barreras para el aprendizaje y la participación, sobresalientes o con alguna discapacidad, tienen derecho a una educación pública pertinente de acuerdo a sus necesidades, a una efectiva igualdad de oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos, así como a recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su persona, de acuerdo a los planes de estudio, programas y orientaciones que determine la Secretaría de Educación Pública.
b) Estar en un ambiente de aprendizaje sano, seguro y tolerante, libre de discriminación,
acoso, bullying, malos tratos, violencia, adicciones y sectarismo. A denunciar y ser atendido si ha sido objeto de estos comportamientos. El bullying o acoso escolar es el maltrato físico, verbal, psicológico y/o social, deliberado y recurrente que recibe menor (agredido) por parte de otro u otros menores (agresor), que se comportan con él cruelmente con el objetivo de someterlo y asustarlo, y que se caracteriza por la intencionalidad y reiteración en el tiempo.
c) Ser respetada(a) en sus derechos y sus pertenencias. Ser tratado con amabilidad y con
respeto a su dignidad por parte de autoridades, directivos, docentes y demás personal escolar, así como por sus compañeras y compañeros, independientemente de su edad, apariencia, raza, credo, color, género, identidad de género, religión, origen, etnia, estatus
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migratorio, idioma o lengua, preferencia sexual, condición física o emocional, discapacidad, posición económica o pensamiento político.
d) Recibir al inicio del ciclo escolar o al momento de la admisión durante el ciclo escolar, una
copia por escrito del Marco para la Convivencia Escolar. A estar informado del comportamiento que se espera que tenga y de las consecuencias en caso no tenerlo.
e) Recibir, al inicio del ciclo escolar o al momento de la admisión durante el ciclo escolar, los
libros de texto gratuitos correspondientes al grado a cursar, así como a hacer uso de las instalaciones y los materiales educativos con los que cuenta la escuela y que apoyan su aprendizaje.
f) Conocer los criterios de evaluación para cada área o asignatura y para cada grado
impartido en la escuela, así como los requisitos para ser promovido. A recibir los resultados de las evaluaciones periódicas basadas en los criterios establecidos y a ser notificado a tiempo de la posibilidad de reprobar una materia o grado.
g) Confidencialidad en el manejo del expediente personal. A ser respetada(o), a no ser
difamada(o) ni recibir insultos ya sea verbalmente, por escrito, a través de medios electrónicos o mediante cualquier otro medio de expresión.
h) Participar en las actividades del centro escolar. A expresar libre y respetuosamente sus
opiniones, ejercer su capacidad de análisis, crítica y presentar propuestas, sin más limitaciones que el respeto de los derechos de terceros.
i) Recibir los documentos oficiales que acrediten su situación escolar, a través de quien
ejerza la patria potestad, así como recibir la credencial de identificación de la SEP.
j) Recibir la protección y el cuidado necesario para preservar su integridad física, psicológica
y social y la información necesaria para el autocuidado. A recibir atención médica de urgencia en caso de requerirlo.
QUINTO.- Carta de Deberes de las Alumnas y los Alumnos
Por otra parte, es necesaria la colaboración de las alumnas y los alumnos para garantizar una
convivencia pacífica y solidaria, basada en el respeto a la dignidad de todos los miembros de la
comunidad escolar, y su cooperación para lograr los propósitos formativos de la escuela.
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En este sentido, son deberes de las alumnas y los alumnos:
a) Asistir –apoyado por sus padres- con puntualidad y regularidad a la escuela, respetando
los horarios establecidos en los Lineamientos Generales para la Organización y Funcionamiento de los Servicios de Educación Inicial, Básica, Especial y para Adultos en el Distrito Federal aplicables al Ciclo Escolar correspondiente. Acudir y llegar a tiempo a todas las clases. Cumplir con las disposiciones escolares sobre la entrada y salida del aula y de las instalaciones de la escuela. Justificar las inasistencias y retardos en tiempo y forma ante la o el docente, apoyado por sus padres o tutores.
b) Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo rendimiento académico según sus
capacidades, y el desarrollo integral de su personalidad, involucrándose plenamente en las actividades educativas.
c) Contribuir a que impere un ambiente de aprendizaje sano, seguro y tolerante, libre de
discriminación, acoso, bullying, malos tratos, violencia, adicciones y sectarismo. Colaborar en la prevención y atención oportuna de situaciones de conflicto o maltrato de cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa. Participar en la aclaración de estas situaciones, escuchando a todas las partes involucradas.
d) Respetar a todas las personas que integran la comunidad escolar en su dignidad, sus
derechos y sus pertenencias. Brindar un trato amable, honesto, cortés y respetuoso a los demás miembros de la comunidad escolar, independientemente de su edad, raza, credo, color, género, identidad de género, religión, origen, etnia, estatus migratorio, idioma o lengua, preferencia sexual, condición física o emocional, discapacidad, posición económica o pensamiento político. Mantener una actitud de respeto en todos los actos cívicos y sociales que se realicen dentro y fuera del plantel.
e) Conocer y observar el Marco para la Convivencia Escolar. Acatar las sanciones previstas
en caso de tener una conducta no deseada, según se establece en el apartado de Faltas y Medidas Disciplinarias de este documento.
f) Llegar a la escuela con los materiales y útiles que le permitan desarrollar las actividades
escolares, con los libros de texto y cuadernos en buen estado. Llevar únicamente objetos y materiales autorizados y abstenerse de utilizar los que interfieren con el ambiente de aprendizaje. Respetar, conservar y utilizar correctamente los equipos e instalaciones del plantel y los materiales educativos.
g) Cumplir en tiempo y forma las labores escolares y actividades encomendadas por los
docentes en el ejercicio de sus funciones. Participar y colaborar en los procesos de
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evaluación del aprendizaje. Conducirse con honestidad académica.
h) Proporcionar información veraz y oportuna, tanto personal como de las madres, padres o
tutores, para integrar el expediente escolar. No difamar ni insultar a otros ya sea verbalmente, por escrito, a través de medios electrónicos o mediante cualquier otro medio de expresión.
i) Involucrarse de forma activa, individual o colectivamente, en las actividades que promueve
la escuela. Respetar las opiniones, análisis, críticas y propuestas de terceros.
j) Comunicar a su madre, padre o tutor todos los asuntos relacionados con la escuela,
incluyendo el progreso académico, eventos sociales y educativos, y asegurarse que reciban la información que la escuela les envía por su conducto. Portar la credencial de identificación de la SEP al interior de la escuela y cuando se realicen visitas fuera de ésta.
k) Realizar, de acuerdo a sus posibilidades, las actividades escolares sugeridas por los
docentes durante los periodos de inasistencia a causa de enfermedad. Presentar alta médica al reincorporarse a la escuela después de haber padecido alguna enfermedad y presentar certificado médico al inicio del ciclo escolar que acredite su estado de salud para la realización de actividades físicas en la escuela.
SEXTO.- Faltas y Medidas Disciplinarias aplicables a la Educación Preescolar
En el Distrito Federal se espera que la convivencia en las escuelas de educación preescolar se rija
por la observación y el cumplimiento de lo establecido en la Carta de Derechos y Deberes de las
Alumnas y los Alumnos.
Este apartado de Faltas y Medidas Disciplinarias complementa dicha Carta, ya que describe las
conductas o comportamientos de las alumnas y los alumnos contrarias a la convivencia pacífica y
que de alguna manera impiden que el proceso educativo se lleve a cabo en un ambiente seguro,
ordenado y respetuoso, necesario para el aprendizaje. Dichos comportamientos o conductas se
consideran como faltas y se las acompaña de consecuencias en términos de medidas disciplinarias
dirigidas a apoyar la formación de los educandos.
La observación de la Carta de Derechos y Deberes de las Alumnas y los Alumnos, así como la
adopción de medidas disciplinarias cuando se presentan conductas contrarias a la convivencia,
encauzará la vida de la comunidad escolar en todas las escuelas de educación preescolar del
Distrito Federal, incluyendo los Centros de Atención Múltiple que atienden a población en edad
preescolar, y tendrán vigencia durante todo el ciclo escolar. Aplican también en las visitas
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Lineamientos Generales por los que se establece un Marco para la Convivencia Escolar
en las Escuelas de Educación Básica del Distrito Federal
extraescolares y actividades a las que acudan las alumnas y los alumnos en representación de la escuela. Ante cualquier falta cometida por las alumnas y los alumnos se debe privilegiar el diálogo como mecanismo fundamental para la solución de conflictos. Es indispensable que la maestra o el maestro recurra al razonamiento y a la persuasión, proporcione información concerniente a los acuerdos de la comunidad educativa, los derechos y las responsabilidades que niñas y niños tienen en la escuela y manifieste una actitud consistente, para lograr que la intervención docente se constituya en una experiencia reguladora positiva. Los docentes deberán consultar el "Protocolo de Intervención del Docente de Educación Preescolar" elaborado por la AFSEDF para orientar su actuación. En él se definen acciones a poner en práctica para informar y reflexionar con las alumnas y los alumnos sobre el bien común e individual, que apoyan la autoestima, la confianza en sus capacidades, el respeto y la colaboración, y que a la vez, garantizan la protección de su salud y seguridad. Asimismo, se detallan formas de extender la labor educativa a las familias de las alumnas y los alumnos, al reflexionar con ellas sobre sus derechos y responsabilidades en la formación de sus hijas e hijos. En el caso de las niñas y los niños preescolares, gran parte de la responsabilidad en el cumplimiento de las normas que rigen la convivencia en la escuela, recae en los padres de familia o tutores, por lo que las acciones van dirigidas en primer término a ellos. Con esto se busca que madres, padres o tutores, sean actores activos y positivos en la solución de los conflictos. Con la niña o el niño la acción fundamental debe ser el diálogo, la escucha atenta, el análisis de lo ocurrido, así como la indagación de las causas que dan origen a su comportamiento. Toda falta deberá ser informada a los padres de familia o tutores, además de quedar registrada en el expediente de la alumna o el alumno, detallando los hechos, la intervención y compromisos contraídos por la alumna o el alumno y sus padres o tutores, así como las medidas que implemente la escuela para apoyar al educando. En la aplicación de las medidas disciplinarias se deberá tener en cuenta el contexto en que se produjo la falta, así como la edad, los antecedentes de conducta y las circunstancias personales, familiares o sociales de la alumna o el alumno. Las medidas disciplinarias que se adopten deben ser proporcionales a la falta cometida, progresivas, de carácter formativo, y sobre todo, deben ser respetuosas de la integridad de la alumna o el alumno. Al adoptar una medida disciplinaria se debe poner especial cuidado para que con ello no se aísle, segregue o estigmatice a la alumna o el alumno.
"2011, Año del Turismo en México"
Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal
Oficio-Circular No. AFSEDF/642/2011
Lineamientos Generales por los que se establece un Marco para la Convivencia Escolar
en las Escuelas de Educación Básica del Distrito Federal
La reiteración de una misma falta o la ocurrencia de varias faltas dentro de un periodo de tiempo determinado, conllevará a que se revisen y valoren las medidas disciplinarias a aplicar. Asimismo, la escuela buscará identificar los factores que en el entorno pudieran estar ocasionando la conducta contraria a la convivencia e implementará los apoyos necesarios. Las medidas disciplinarias adoptadas por los docentes podrán ser revisadas por la dirección de la escuela; las impuestas por dirección las podrá revisar el Consejo Técnico y las determinadas por los Consejos Técnicos, por la autoridad educativa que resulte superior a cada escuela. En caso de que la alumna o el alumno reciba atención de alguna institución especializada, la escuela establecerá medidas para el seguimiento sistemático de la atención que reciba, colaborando activamente con la institución que lo atienda. De igual forma, la escuela orientará permanentemente a los padres o tutores. Las faltas y medidas disciplinarias a adoptar en educación preescolar se detallan en el siguiente cuadro:
ACCIONES O MEDIDAS QUE
ACCIONES QUE SE RECOMIENDA
SE RECOMIENDA ADOPTAR
ADOPTAR CON PADRES DE FAMILIA
CON EL ALUMNO O
O TUTORES
Inasistencia injustificada a
Exhorto verbal por parte del docente.
Diálogo docente-alumno(a).
Exhorto por escrito por parte del(de la)
Vista al Desarrollo Integral de la
Familia (DIF) o autoridad competente, conforme a la normatividad aplicable.
Llegar a la escuela sin
Exhorto verbal por parte del docente.
Diálogo docente-alumno(a).
gafete de identificación.
El alumno(a) ingresa al plantel y la
madre, padre o tutor, traerá el gafete a la escuela en el transcurso de la jornada.
Llegar tarde a la escuela
Exhorto verbal por parte del docente.
Diálogo docente-alumno(a).
sin justificación.
Exhorto por escrito por parte del (de
la) director(a).
Convocatoria para elaboración de
carta compromiso.
Importante: Bajo ninguna circunstancia
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Lineamientos Generales por los que se establece un Marco para la Convivencia Escolar
en las Escuelas de Educación Básica del Distrito Federal
ACCIONES O MEDIDAS QUE
ACCIONES QUE SE RECOMIENDA
SE RECOMIENDA ADOPTAR
ADOPTAR CON PADRES DE FAMILIA
CON EL ALUMNO O
O TUTORES
se impedirá el acceso a los(as) alumnos(as) que lleguen tarde al plantel (Artículo 25 Lineamientos Generales para la Organización y Funcionamiento de los Servicios de Educación Inicial, Básica, Especial y para Adultos en el Distrito Federal).
Realizar actividades que
Diálogo docente-padre de familia o
Diálogo docente-alumno(a).
distraigan su atención,
distintas de las solicitadas
Exhorto verbal por parte del docente
actividades en la casa como
por el docente para su
para supervisar la realización de los
aprendizaje. (Por ejemplo,
trabajos en casa.
El(la) alumno(a) tendrá que
no concluir sus trabajos
Exhorto por escrito por parte del(de la)
permanecer cercano(a) al
docente en el desarrollo de
las actividades, a fin de que
Invitación a fin de que los padres de
pueda apoyarlo(a) en la
familia o tutor, elaboren compromisos
para que el(la) alumno(a) reciba
apoyo especializado.
Periódicamente deberán informar a la
avances para apoyar su atención.
Exhorto verbal por parte del docente.
Diálogo docente-alumno(a).
objetos que distraigan su
Exhorto por escrito por parte del(de la)
El docente le recogerá el
atención e interfieran con
objeto y se lo entregará a
Compromisos de los padres o tutor,
sus padres o tutor, al final de
por escrito, para que verifiquen
la jornada de trabajo.
diariamente que su hijo(a) no lleve
Se devolverá el objeto al
objetos que distraigan su atención en
conclusión del ciclo escolar.
En tanto se haya identificado que la
Diálogo docente-alumno(a)
intencionalmente
separación del grupo no se debe a
para identificar las razones
razones existentes en el ambiente del
que generan su separación y
importancia de permanecer
Exhorto verbal por parte de la o el
con el grupo como medida
docente para que su hijo(a) se integre
que preserva su integridad
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ACCIONES O MEDIDAS QUE
ACCIONES QUE SE RECOMIENDA
SE RECOMIENDA ADOPTAR
ADOPTAR CON PADRES DE FAMILIA
CON EL ALUMNO O
O TUTORES
a las actividades que se realizan en el
personal e incide en su
Exhorto por escrito por parte del(de la)
El(la) alumno(a) tendrá que
director(a) a los padres de familia o
permanecer cercano(a) al
tutor, para que fomenten que su
docente en el desarrollo de
hijo(a) se integre a las actividades que
las actividades, a fin de que
se realizan en su grupo.
pueda apoyarlo(a) en la
Invitación a fin de que los padres o
tutor, elaboren compromisos para
llevar al(a la) alumno(a) a recibir atención
Periódicamente deberán informar a la escuela
avances para apoyar su atención.
Convocatoria a los padres o tutor, por
Diálogo docente-alumno(a).
parte del(de la) director(a), para
Reparación del material de
reparar con su hijo(a), los materiales
acuerdo a sus posibilidades,
que éste destruya o averíe.
Convocatoria a los padres o tutor, por
padres de familia o tutor.
parte del(de la) director(a) para reponer los materiales que el(la) alumno(a) descomponga o dañe, en caso de no ser factible la reparación.
Dañar las instalaciones
Convocatoria a los padres o tutor, por
Diálogo docente-alumno(a).
y/o mobiliario escolar.
parte del(de la) director(a) para
reparar o reponer, según el caso,
instalaciones o mobiliario escolar que
ocasionado al inmueble o
el(la) alumno(a) destruya o averíe.
acuerdo a sus posibilidades.
Tomar las pertenencias
Exhorto verbal por parte del docente
Diálogo docente-alumno(a).
para devolver de inmediato a la
Devolver inmediatamente el
escuela el objeto que el(la) alumno(a)
objeto que haya tomado y no
llevó a casa y que no le pertenece, y
le pertenezca y ofrecer una
establecer un compromiso para estar
atentos a lo que lleva el(la) alumno(a)
implicada en la situación.
Establecer un compromiso
Si no se restituye el objeto, el(la)
individual de respeto a las
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ACCIONES O MEDIDAS QUE
ACCIONES QUE SE RECOMIENDA
SE RECOMIENDA ADOPTAR
ADOPTAR CON PADRES DE FAMILIA
CON EL ALUMNO O
O TUTORES
director(a) citará a los padres de
pertenencias ajenas.
familia o tutor del(de la) alumno(a) y
les entregará un exhorto por escrito.
Incurrir en mentiras que
Exhorto verbal por parte del docente.
Diálogo docente-alumno(a).
repercutan en un daño a
Exhorto del(de la) director(a) por
escrito para que fomenten en su
hijo(a) el valor de la verdad.
Invitación a fin de que los padres de
familia o tutor, elaboren compromisos para que el(la) alumno(a) reciba apoyo especializado. Periódicamente deberán informar a la escuela sobre el tratamiento y avances para apoyar su atención.
Exhorto verbal por parte del docente
Diálogo docente-alumno(a).
Ofrecer una disculpa al(a la)
niño(a) agredido(a).
golpes, poner apodos,
El(la) alumno(a) tendrá que
denigrar o discriminar).
Convocatoria para que asista a la
docente en el desarrollo de
las actividades, a fin de que
autorregulación.
pueda apoyarlo(a) en la
Los padres o tutor, tomarán acuerdos
con la escuela para apoyar a la
contención de su hijo(a) ante actitudes de violencia y se les invitará a llevar al(a la) alumno(a) a alguna institución especializada en la atención de trastornos
Periódicamente deberán informar a la escuela
avances para apoyar su atención.
Exhorto verbal por parte del docente
Diálogo docente-alumno(a).
para que intervengan a fin de propiciar
El(la) alumno(a) tendrá que
amenacen la salud y la
que su hijo(a) respete las normas de
permanecer cercano(a) al
seguridad personal, de
salud y seguridad.
docente en el desarrollo de
sus compañeros(as), o de
El(la) director(a) convocará a los
las actividades, a fin de que
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ACCIONES O MEDIDAS QUE
ACCIONES QUE SE RECOMIENDA
SE RECOMIENDA ADOPTAR
ADOPTAR CON PADRES DE FAMILIA
CON EL ALUMNO O
O TUTORES
cualquier miembro de la
padres o tutor del(de la) alumno(a)
pueda apoyarlo(a) en la
comunidad escolar.
para que juntos, padres o tutores,
alumno(a) y docente establezcan
compromisos de respeto a las normas de salud y seguridad.
Invitación a fin de que los padres de
familia o tutor, elaboren compromisos para que el(la) alumno(a) reciba apoyo especializado. Periódicamente deberán informar a la escuela sobre el tratamiento y avances para apoyar su atención.
SÉPTIMO.- Faltas y Medidas Disciplinarias aplicables a la Educación Primaria
En el Distrito Federal se espera que la convivencia en las escuelas de educación primaria se rija
por la observación y el cumplimiento de lo establecido en la Carta de Derechos y Deberes de las
Alumnas y los Alumnos.
Este apartado de Faltas y Medidas Disciplinarias complementa dicha Carta, ya que describe las
conductas o comportamientos de las alumnas y los alumnos contrarias a la convivencia pacífica y
que de alguna manera impiden que el proceso educativo se lleve a cabo en un ambiente seguro,
ordenado y respetuoso, necesario para el aprendizaje.
Dichos comportamientos o conductas se consideran como faltas y han sido clasificadas según su
gravedad en cinco niveles, acompañándolas de consecuencias en términos de medidas
disciplinarias dirigidas a apoyar la formación de los educandos.
La observación de la Carta de Derechos y Deberes de las Alumnas y los Alumnos, así como la
adopción de medidas disciplinarias cuando se presentan conductas contrarias a la convivencia,
encauzará la vida de la comunidad escolar en todas las escuelas de educación básica del Distrito
Federal, incluyendo las de educación especial, y tendrán vigencia durante todo el ciclo escolar.
Aplican también en las visitas extraescolares y actividades a las que acudan las alumnas y los
alumnos en representación de la escuela.
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en las Escuelas de Educación Básica del Distrito Federal
Ante cualquier falta cometida por las alumnas y los alumnos se debe privilegiar el diálogo como mecanismo fundamental para la solución de conflictos. Es indispensable que el docente recurra al razonamiento y a la persuasión, proporcione información concerniente a los acuerdos de la comunidad educativa, los derechos y las responsabilidades que niñas y niños tienen en la escuela y manifieste una actitud consistente, para lograr que la intervención docente se constituya en una experiencia reguladora positiva. Toda falta deberá ser informada a los padres de familia o tutores, además de quedar registrada en el expediente de la alumna o el alumno, detallando los hechos, la intervención y compromisos contraídos por el educando y sus padres o tutores, así como las medidas que implemente la escuela para apoyarlo. En la aplicación de las medidas disciplinarias se deberá tener en cuenta el contexto en que se produjo la falta, así como la edad, los antecedentes de conducta, y las circunstancias personales, familiares o sociales de la alumna o el alumno. Las medidas disciplinarias que se adopten deben ser proporcionales a la falta cometida, progresivas, de carácter formativo, y sobre todo, deben ser respetuosas de la integridad de la alumna o el alumno. Al adoptar una medida disciplinaria se debe poner especial cuidado para que con ello no se aísle, segregue o estigmatice al educando. Los ajustes razonables a la planeación se realizarán con la asesoría y orientación de la Unidad de Servicios de Apoyo a la Educación Regular (USAER). El Consejo Técnico de la escuela reconocerá las barreras para el aprendizaje y la participación social que enfrenta la alumna o el alumno y junto con la USAER se definirán las estrategias y apoyos que la escuela requiere a fin de que se brinde una respuesta educativa acorde a las necesidades de la alumna o el alumno. Tratándose de escuelas particulares incorporadas, los servicios equivalentes a los prestados por la USAER deberán ser proporcionados con recursos propios, toda vez que éstos sólo están disponibles para escuelas oficiales. La reiteración de una misma falta o la ocurrencia de varias faltas dentro de un periodo de tiempo determinado, conllevará a que se revisen y valoren las medidas disciplinarias a aplicar. El Consejo Técnico revisará la efectividad y pertinencia de las estrategias implementadas con la alumna o el alumno, se buscará identificar los factores que en el entorno pudieran estar ocasionando la conducta contraria a la convivencia e implementará los apoyos necesarios. Las medidas disciplinarias adoptadas por los docentes podrán ser revisadas por la dirección de la escuela; las impuestas por la dirección las podrá revisar el Consejo Técnico y las determinadas por los Consejos Técnicos, por la autoridad educativa que resulte superior a cada escuela.
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Lineamientos Generales por los que se establece un Marco para la Convivencia Escolar
en las Escuelas de Educación Básica del Distrito Federal
En caso de que la alumna o el alumno reciba atención de alguna institución especializada, la escuela establecerá medidas para el seguimiento sistemático de la atención que reciba el educando, colaborando activamente con la institución que lo atienda. Asimismo, orientará permanentemente a los padres o tutores. En caso de faltas que ocasionen lesiones a algún miembro de comunidad escolar, se hará del conocimiento de la madre, el padre, tutor o quien tenga bajo su patria potestad al menor que la realizó, para que se haga cargo de los gastos de atención médica. Las faltas y medidas disciplinarias a adoptar en educación primaria se detallan en el siguiente cuadro:
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Llegar tarde a la escuela.
A. Exhorto verbal por parte del docente. B. Diálogo entre el(la) alumno(a) y docente o
Inasistencia injustificada a la escuela.
C. Compromiso por escrito del(de la)
Llegar a la escuela sin los libros de texto
alumno(a), informando a los padres de
gratuitos o los materiales básicos de trabajo
familia o tutor.
para el aprendizaje.
D. Trabajo académico especial (en caso de
necesidad de reponer trabajo perdido).
Utilizar dentro de la escuela sin autorización,
E. Suspensión temporal de actividades
equipos, materiales o accesorios prohibidos
extracurriculares (por ejemplo, participación
(celular, reproductor de sonido u otros equipos
en escolta, cuadro de honor, etc.).
de comunicación y entretenimiento).
F. Reunión entre los padres o tutor y el
personal escolar.
Comer en el salón durante la clase.
G. Reunión entre los padres o tutor, alumno(a)
y el personal escolar.
No portar la credencial escolar.
H. Servicio social o comunitario con anuencia
del padre de familia o tutor, con actividades
Permanecer en lugares dentro del plantel que
autorizadas por el Consejo Técnico.
no correspondan a la actividad escolar.
I. Requisición del objeto causante del disturbio
(restitución -si procede- a través de los
Incurrir en comportamientos que impidan el
padres o tutor).
desarrollo de las actividades dentro y fuera del
J. Reposición del daño, en caso que aplique
salón, (por ejemplo, haciendo excesivo ruido en
(componer o reponer material, reparar
el salón de clases, biblioteca o pasillos,
instalaciones o mobiliario).
aventando objetos dentro y fuera de salón).
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MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Colocar o distribuir material en las instalaciones escolares que violen las reglas de la escuela o lo dispuesto por las Autoridades Educativas.
Utilizar rudeza verbal o comportarse de manera irrespetuosa.
Utilizar las computadoras, fax, teléfonos y cualquier otro equipo o dispositivo electrónico de la escuela sin el permiso correspondiente.
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Introducir al plantel cerillos y/o encendedores.
A. Exhorto verbal por parte del docente. B. Diálogo entre el(la) alumno(a) y docente o
Apostar y/o participar en juegos de azar.
C. Compromiso por escrito del(de la)
Utilizar lenguaje o gestos obscenos, vulgares o
alumno(a), informando a los padres de
abusivos que lastimen la dignidad de algún
familia o tutor.
miembro de la comunidad escolar. Referirse a
D. Trabajo académico especial (en caso de
sus compañeros(as) por apodos ofensivos o
necesidad de reponer trabajo perdido).
expresar comentarios que hagan referencia a
E. Suspensión temporal de actividades
alguna condición de género, etnia o
extracurriculares (por ejemplo, participación
en escolta, cuadro de honor, etc.).
F. Reunión entre los padres o tutor y el
Mentir o dar información falsa o engañosa al
personal escolar.
personal de la escuela.
G. Reunión entre los padres o tutor, alumno(a)
y el personal escolar.
Inculpar a sus compañeros(as) dando
H. Servicio social o comunitario con anuencia
testimonios falsos.
de los padres de familia o tutor, con
actividades autorizadas por el Consejo
Abandonar el salón o las actividades
académicas sin la autorización del docente.
I. Requisición del objeto causante del disturbio
(restitución -si procede- a través de los
Incumplir con las reglas establecidas para el uso
padres o tutor).
J. Reposición del daño, en caso que aplique
(por ejemplo, componer o reponer material,
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MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Valerse del engaño para obtener mejores
reparar instalaciones o mobiliario).
calificaciones, (por ejemplo, copiar de sus
K. Implementar por parte del docente titular del
compañeros(as) en un examen escrito,
grupo y bajo la responsabilidad del(la)
colaborar sin autorización con otro estudiante
director(a), ajustes razonables a la
durante el examen, plagiar el trabajo de otros
planeación curricular con la orientación de la
para su beneficio).
USAER. Los ajustes deberán incluir la asignación de tareas académicas que promuevan el desarrollo de competencias psicosociales y podrán ser de uno o varios días, dentro de la escuela bajo la supervisión del Consejo Técnico y del personal de la USAER.
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Realizar actos de intimidación como amenazar o
A. Exhorto verbal por parte del docente
desafiar a algún miembro de la comunidad
B. Diálogo entre el(la) alumno(a) y docente o
C. Compromiso por escrito del(la) alumno(a),
Discriminar o denigrar con base en
informando a los padres de familia o tutor.
consideraciones de apariencia, raza, etnia,
D. Trabajo académico especial (en caso de
color, nacionalidad, estatus migratorio, religión,
necesidad de reponer trabajo perdido).
sexo, identidad de género, orientación sexual o
E. Suspensión temporal de actividades
extracurriculares (por ejemplo, participación
en escolta, cuadro de honor, etc.).
Empujar, golpear o incurrir en conductas que
F. Reunión entre los padres o tutor y el
conlleven agresiones físicas similares.
personal escolar.
G. Reunión entre los padres o tutor, alumno(a)
Tomar o intentar hacerlo, deliberadamente y sin
y el personal escolar.
autorización, bienes que pertenezcan a otros.
H. Servicio social o comunitario con anuencia
de los padres de familia o tutor, con actividades autorizadas por el Consejo
Falsificar, cambiar o alterar una calificación o un
documento de la escuela mediante cualquier
I. Requisición del objeto causante del disturbio
(restitución -si procede- a través de los
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MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Incurrir de manera individual o colectiva en
padres o tutor).
actos de vandalismo u ocasionar otro daño
J. Reposición del daño, en caso que aplique
intencional al recinto escolar.
(por ejemplo, componer o reponer material, reparar instalaciones o mobiliario).
Publicar o distribuir material o literatura
K. Implementar por parte del docente titular del
difamatoria (incluye colocar dicho material en
grupo y bajo la responsabilidad del(de la)
director(a), ajustes razonables a la planeación curricular con la orientación de la USAER. Los ajustes deberán incluir la asignación de tareas académicas que promuevan el desarrollo de competencias psicosociales y podrán ser de uno o varios días, dentro de la escuela bajo la supervisión del Consejo Técnico y del personal de la USAER.
L. Invitación a los padres de familia o tutor para
que lleven a su hijo(a) a una institución externa especializada para su atención, sin que con ello se condicione la presencia del(de la) alumno(a) en la escuela. El Consejo Técnico y la USAER realizarán el seguimiento de la atención y apoyo que reciba el(la) alumno(a).
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Colocar o distribuir material o literatura que
F. Reunión entre los padres o tutor y el
contenga amenazas de violencia, imágenes
personal escolar.
vulgares u obscenas, lesiones o daño, o que
G. Reunión entre los padres o tutor, alumno(a)
describan acciones violentas.
y el personal escolar.
H. Servicio social o comunitario con anuencia
Incurrir en actos de coerción o amenazas de
de los padres de familia o tutor, con
violencia a algún miembro de la comunidad
actividades autorizadas por el Consejo
I. Requisición del objeto causante del disturbio
Participar en peleas, riñas, altercados y/o
(restitución -si procede- a través de los
incurrir en conductas físicamente agresivas.
padres o tutor).
J. Reposición del daño, en caso que aplique
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Lineamientos Generales por los que se establece un Marco para la Convivencia Escolar
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Llevar a cabo acoso escolar o bullying,
(por ejemplo, componer o reponer material,
incluyendo bullying cibernético (por ejemplo,
reparar instalaciones o mobiliario).
amenazar, acechar, perseguir coercitivamente,
K. Implementar por parte del docente titular del
obligar a un compañero a hacer algo; incurrir en
grupo y bajo la responsabilidad del(de la)
acciones físicas o verbales que amenacen a
otros con lesionarlo. Burlarse y/o intimidar
planeación curricular con la orientación de la
incluyendo el uso de apodos ofensivos o
USAER. Los ajustes deberán incluir la
calumnias que involucren consideraciones de
asignación de tareas académicas que
apariencia, raza, etnia, color, nacionalidad,
promuevan el desarrollo de competencias
estatus migratorio, religión, sexo, identidad de
psicosociales y podrán ser de uno o varios
género, orientación sexual o discapacidad).
días, dentro de la escuela bajo la supervisión
del Consejo Técnico y del personal de la
Activar injustificadamente cualquier dispositivo
L. Invitación a los padres de familia o tutor para
de alarma (incendio, sismo, etc.).
que lleven a su hijo(a) a una institución
externa especializada para su atención, sin
Realizar una amenaza de bomba.
que con ello se condicione la presencia
del(de la) alumno(a) en la escuela. El
Crear un riesgo de lesiones serias a algún
Consejo Técnico y la USAER realizarán el
miembro de la comunidad escolar, ya sea por la
seguimiento de la atención y apoyo que
adopción de conductas temerarias o por la
reciba el(la) alumno(a).
utilización de objetos que parezcan capaces de
M. Con el comprobante de asistencia y las
provocar una lesión (por ejemplo, encendedor,
hebilla de cinturón, paraguas, mochila, etc.).
institución que atiende al(a la) alumno(a), se
establecerán reuniones de seguimiento periódicas con los padres de familia o tutor
Causar lesiones serias a algún miembro de la
bajo la orientación de la USAER. La escuela
comunidad escolar, ya sea por adoptar un
deberá evaluar el impacto de las estrategias
comportamiento temerario o por la utilización de
que ha implementado para eliminar y/o
objetos capaces de provocar una lesión (por
minimizar las barreras para el aprendizaje
ejemplo, encendedor, hebilla de cinturón,
que enfrenta el(la) alumno(a) con apoyo de
paraguas, mochilas, etc.).
Incitar o causar un disturbio.
Nota 1: El bullying o acoso escolar es el maltrato
físico, verbal, psicológico y/o social, deliberado y
Provocar la combustión, detonación de objetos
recurrente que recibe un alumno o alumna
o el riesgo de un incendio.
(agredido) por parte de otro u otros alumnos o
alumnas (agresor), que se comportan con él
cruelmente con el objetivo de someterlo y
asustarlo, y se caracteriza por la intencionalidad y
reiteración en el tiempo. En casos de acoso
escolar aplicar Protocolo para la Atención de
casos de Bullying, elaborado por la AFSEDF.
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MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Usar la fuerza para tomar o intentar tomar
F. Reunión entre los padres o tutor y el
pertenencias de otros.
personal escolar.
G. Reunión entre los padres o tutor, alumno(a)
Infligir o intentar infligir mediante el uso de la
y el personal escolar.
fuerza una lesión seria a sus compañeros(as),
H. Servicio social o comunitario con anuencia
personal de la escuela o a cualquier otra
de los padres de familia o tutor, con
actividades autorizadas por el Consejo
Planear, incitar o participar con otros en un
I. Requisición del objeto causante del disturbio
incidente violento.
(restitución -si procede- a través de los
padres o tutor).
Incurrir en agresiones sexual física, obligar o
J. Reposición del daño, en caso que aplique
forzar a otro a tener actividad sexual.
(por ejemplo, componer o reponer material,
reparar instalaciones o mobiliario).
Poseer sustancias controladas o tóxico-adictivas
K. Implementación por parte del docente titular
(por ejemplo, medicamentos sin prescripción
del grupo y bajo la responsabilidad del(de la)
médica, cigarrillos, drogas ilegales, y/o bebidas
director(a) de ajustes razonables a la
con contenido etílico).
planeación curricular con la orientación de la
USAER. Los ajustes deberán incluir la
Poseer, vender o utilizar cualquier arma blanca.
asignación de tareas académicas que
promuevan el desarrollo de competencias
Utilizar sustancias controladas sin una
psicosociales y podrán ser de uno o varios
autorización apropiada, o consumir sustancias
días, dentro de la escuela bajo la supervisión
tóxico-adictivas (por ejemplo, cigarrillos, drogas
del Consejo Técnico y del personal de la
ilegales y/o bebidas de contenido etílico).
Vender o distribuir sustancias controladas o
L. Invitación a los padres de familia o tutor,
sustancias tóxico-adictivas (por ejemplo,
para que lleven a su hijo(a) a una institución
cigarrillos, drogas ilegales y/o bebidas de
externa especializada para su atención, sin
contenido etílico).
que con ello se condicione la presencia
del(de la) alumno(a) en la escuela. El
Utilizar cualquier arma blanca para lesionar a
Consejo Técnico y la USAER realizarán el
personal de la escuela, estudiantes u otras
seguimiento de la atención y apoyo que
personas (Aplicar medida N).
reciba el(la) alumno(a).
M. Con el comprobante de asistencia y las
Poseer o usar un arma de fuego (Aplicar medida
recomendaciones expedidas por la
institución que atiende el(la) alumno(a), se establecerán reuniones de seguimiento periódicas con los padres de familia o tutor, bajo la orientación de la USAER. La escuela deberá evaluar el impacto de las estrategias
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MEDIDAS DISCIPLINARIAS
que ha implementado para eliminar y/o minimizar las barreras para el aprendizaje que enfrenta el(la) alumno(a) con apoyo de la USAER.
N. Dar intervención a las autoridades
correspondientes, con los padres de familia o tutor (sólo aplica en casos de infracción a la Ley).
OCTAVO.- Faltas y Medidas Disciplinarias aplicables a la Educación Secundaria
En el Distrito Federal se espera que la convivencia en las escuelas secundarias se rija por la
observación y el cumplimiento de lo establecido en la Carta de Derechos y Deberes de las Alumnas
y los Alumnos.
Este apartado de Faltas y Medidas Disciplinarias complementa dicha Carta, ya que describe las
conductas o comportamientos de las alumnas y los alumnos contrarias a la convivencia pacífica y
que de alguna manera impiden que el proceso educativo se lleve a cabo en un ambiente seguro,
ordenado y respetuoso, necesario para el aprendizaje. Dichos comportamientos o conductas se
consideran como faltas y han sido clasificadas de acuerdo a su naturaleza, acompañándolas de
consecuencias en términos de medidas disciplinarias que apoyan la formación de los educandos.
La observación de la Carta de Derechos y Deberes de las Alumnas y los Alumnos, así como la
adopción de medidas disciplinarias cuando se presentan conductas contrarias a la convivencia,
encauzará la vida de la comunidad escolar en todas las escuelas de educación secundaria del
Distrito Federal, incluyendo las de educación especial, y tendrán vigencia durante todo el ciclo
escolar. Aplican también en las visitas extraescolares y actividades a las que acudan las alumnas y
los alumnos en representación de la escuela.
Ante cualquier falta cometida por las alumnas y los alumnos se debe privilegiar el diálogo como mecanismo fundamental para su corrección. Es indispensable que el docente recurra al razonamiento y a la persuasión, proporcione información concerniente a los acuerdos de la comunidad educativa, los derechos y las responsabilidades que alumnas y alumnos tienen en la escuela y manifieste una actitud consistente, para lograr que la intervención docente se constituya en una experiencia reguladora positiva.
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Toda falta disciplinaria deberá ser informada a los padres de familia o tutores, además de quedar registrada en el expediente de la alumna o el alumno, detallando los hechos, la intervención y compromisos contraídos por el educando y sus padres, así como las medidas que implemente la escuela para apoyarlo. En la aplicación de las medidas disciplinarias se deberá tener en cuenta el contexto en que se produjo la falta, así como la edad, los antecedentes de conducta, y las circunstancias personales, familiares o sociales de la alumna o el alumno. Las medidas disciplinarias que se adopten deben ser proporcionales a la falta cometida, progresivas, de carácter formativo, y sobre todo, deben ser respetuosas de la integridad de la alumna o el alumno. Al adoptar una medida disciplinaria se debe poner especial cuidado para que con ello no se aísle, segregue o estigmatice al educando. La reiteración de una misma falta o la ocurrencia de varias faltas dentro de un periodo de tiempo determinado, conllevará a que se revisen y valoren las medidas disciplinarias a aplicar. La escuela buscará identificar los factores que en el entorno pudieran estar ocasionando la conducta contraria a la convivencia e implementará los apoyos necesarios. Las escuelas se apoyarán en los Servicios de Apoyo Educativo (SAE) para el manejo de las medidas disciplinarias. Tratándose de escuelas particulares incorporadas, los servicios de SAE deberán ser proporcionados con recursos propios, toda vez que éstos sólo están disponibles para escuelas oficiales. Las medidas disciplinarias adoptadas por los docentes podrán ser revisadas por la dirección de la escuela; las impuestas por la dirección las podrá revisar el Consejo Consultivo Escolar (Secundarias Técnicas) o el Consejo Técnico Escolar (Secundarias Generales), y las determinadas por éstos, podrán ser revisadas por la autoridad educativa que resulte superior a cada escuela. En caso de que la alumna o el alumno reciba atención de alguna institución especializada, la escuela establecerá medidas para el seguimiento sistemático de la atención que reciba, colaborando activamente con la institución que lo atienda. Orientará permanentemente a los padres o tutor. En caso de faltas que ocasionen lesiones a algún miembro de comunidad escolar, se hará del conocimiento del padre, madre, tutor o quien tenga bajo su patria potestad al menor que la realizó, para que se haga cargo de los gastos de atención médica.
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Las faltas y medidas disciplinarias a adoptar en educación secundaria se detallan en el siguiente cuadro:
1. CONDUCTAS DE INDISCIPLINA LEVES
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Inasistencia injustificada a la escuela.
A. Plática entre alumno(a) y docente.
B. Exhorto del personal de SAE al(a la) alumno(a).
No entrar a una clase estando en la
C. Reunión entre el(la) alumno(a), docente, SAE y
padres de familia o tutor.
D. Reunión entre el(la) alumno(a), docente, SAE y
Llegar tarde a la escuela o a las clases
padres de familia o tutor, con el(la) subdirector(a) o
sin justificación.1
director(a) del plantel.
E. Sanción disciplinaria interna: actividades
Utilizar dentro de la escuela sin
extracurriculares sobre el tema en que incurre en
autorización objetos y equipos o
falta, respetando en todo momento la integridad
materiales prohibidos (por ejemplo,
psicosocial del(de la) alumno(a).
teléfono celular, u otro tipo de
F. Suspensión de una clase por parte del docente, dentro
dispositivos electrónicos para la
de las instalaciones del plantel, realizando actividad
comunicación y el entretenimiento).
dirigida de la misma materia. Una vez que un docente
ha suspendido a un(a) alumno(a) tres veces durante
Permanecer en áreas que no
un semestre o dos veces durante un bimestre y el(la)
corresponda a su actividad escolar
alumno(a) incurre en nuevas conductas que darían
dentro del plantel.
lugar a una nueva suspensión por parte del docente,
se debe solicitar la suspensión de clases a la
No portar la credencial escolar.
dirección, realizando servicio comunitario dentro del plantel en común acuerdo con los padres de familia o
Usar las computadoras, máquinas de
tutor, con actividades previamente autorizadas por
fax, teléfonos u otros equipos o
dispositivos electrónicos de la escuela
MEDIDAS DISCIPLINA
sin la correspondiente autorización.
2. CONDUCTAS QUE PERTURBAN EL ORDEN
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Utilizar cerillos y/o encendedores.
A. Plática entre alumno(a) y docente. B. Exhorto del personal de SAE al(a la) alumno(a). C. Reunión entre el(la) alumno(a), docente, SAE y
1 Bajo ninguna circunstancia se impedirá el acceso a las alumnas y los alumnos que lleguen tarde al plantel, Artículo 25 Lineamientos Generales para la Organización y Funcionamiento de los Servicios de Educación Inicial, Básica, Especial y para Adultos en el Distrito Federal.
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2. CONDUCTAS QUE PERTURBAN EL ORDEN
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Apostar y/o participar en juegos de azar.
padres de familia o tutor.
D. Reunión entre el(la) alumno(a), docente, SAE y
padres de familia o tutor, con el(la) subdirector(a) o
Mentir, dar información falsa o engañar
director(a) del plantel.
al personal escolar.
E. Sanción disciplinaria interna: actividades
extracurriculares sobre el tema en que incurre en falta,
Hacer uso de las pertenencias de otros
respetando en todo momento la integridad psicosocial
sin autorización.
del(de la) alumno(a).
F. Suspensión de una clase por parte del docente,
Comportarse de una manera que
dentro de las instalaciones del plantel, realizando
perturbe el proceso educativo (por
actividad dirigida de la misma materia. Una vez que
ejemplo, hacer ruido excesivo, gritar,
un docente ha suspendido a un(a) alumno(a) tres
aventar objetos en el aula, la biblioteca
veces durante un semestre o dos veces durante un
o en los pasillos).
bimestre y el(la) alumno(a) incurre en nuevas conductas que darían lugar a una nueva suspensión por parte del docente, se debe solicitar la suspensión de clases a la dirección, realizando servicio comunitario dentro del plantel en común acuerdo con los padres de familia o tutor, con actividades previamente autorizadas por SAE.
G. Suspensión por parte de la dirección, por 3 días
dentro de las instalaciones del plantel, con actividades dirigidas y supervisadas por personal de SAE con banco de reactivos.
3. CONDUCTAS ALTAMENTE PERTURBADORAS DEL ORDEN
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Salir de la clase sin permiso del docente
A. Plática entre alumno(a) y docente.
frente a grupo, o de la escuela sin la
B. Exhorto del personal de SAE al(a la) alumno(a).
autorización del Departamento de
C. Reunión entre el(la) alumno(a), docente, SAE y
Trabajo Social o de la Subdirección
padres de familia o tutor.
D. Reunión entre el(la) alumno(a), docente, SAE y
padres de familia o tutor, con el(la) subdirector(a) o
Ingresar o intentar ingresar a clase sin
director(a) del plantel.
permiso del docente frente a grupo o a
E. Sanción disciplinaria interna: actividades
la escuela sin la autorización del
extracurriculares sobre el tema en que incurre en
Departamento de Trabajo Social o de la
falta, respetando en todo momento la integridad
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3. CONDUCTAS ALTAMENTE PERTURBADORAS DEL ORDEN
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Subdirección Escolar fuera de los
psicosocial del(de la) alumno(a).
horarios establecidos.
Suspensión de una clase por parte del docente,
dentro de las instalaciones del plantel, realizando
Asistir a la escuela con personas no
actividad dirigida de la misma materia. Una vez que
un docente ha suspendido a un(a) alumno(a) tres
veces durante un semestre o dos veces durante un
Dañar, cambiar o modificar un registro o
bimestre y el(la) alumno(a) incurre en nuevas
documento escolar aplicando cualquier
conductas que darían lugar a una nueva suspensión
método, incluyendo -en forma no
por parte del docente, se debe solicitar la
exhaustiva- el acceso a las
suspensión de clases a la dirección, realizando
computadoras u otros medios
servicio comunitario dentro del plantel en común
acuerdo con los padres de familia o tutor, con
actividades previamente autorizadas por SAE.
Apropiarse o sustraer intencionalmente
G. Suspensión por parte de la dirección, por 3 días
objetos que pertenecen a otra persona
dentro de las instalaciones del plantel, con
sin autorización. (Nota 1)
actividades dirigidas y supervisadas por personal de
SAE con banco de reactivos.
H. Suspensión por parte de la dirección, de 3 a 5 días
Violar el reglamento sobre el uso de
dentro de las instalaciones del plantel, con
Internet (por ejemplo, uso de su sistema
actividades dirigidas y supervisadas por personal de
para fines no educativos, violaciones de
SAE con banco de reactivos.
seguridad o privacidad).
Incurrir en conductas de deshonestidad
NOTA 1: Si se comprueba que un(a) alumno(a) se
académica, las cuales incluyen, en
apropió de algún objeto que pertenece a otra persona, los
forma no limitativa, lo siguiente:
padres, tutor o quien ejerza la patria potestad del menor
a. Engañar (por ejemplo, copiar del
estará obligado a pagarlo. La dirección del plantel deberá
examen de otro estudiante, utilizar
llamar a los padres o tutor, para convenir la reposición del
durante un examen material no
autorizado por la persona que está
aplicándole el examen, colaborar sin autorización con otro estudiante durante el examen, utilizar, comprar, ofrecer para la venta, hurtar, transportar u ofrecer en forma intencional, ya sea total o parcialmente, los contenidos de un examen que aún no se haya aplicado, tomar el lugar de otro estudiante o permitir que otro estudiante tome el propio en un examen, sobornar a otra persona
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3. CONDUCTAS ALTAMENTE PERTURBADORAS DEL ORDEN
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
para obtener un beneficio o ventaja).
b. Plagiar (por ejemplo, apropiarse del
trabajo de otro y utilizarlo para su propio crédito sin realizar la cita correspondiente, copiar trabajos escritos de Internet u otra fuente).
c. Coludirse (por ejemplo, incurrir en
colaboración fraudulenta con otra persona para la preparación de trabajos escritos que otorgan créditos).
4. CONDUCTAS QUE PROVOCAN PELIGRO
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Activar injustificadamente las alarmas
G. Suspensión por parte de la dirección, por 3 días
(incendios o sismos).
dentro de las instalaciones del plantel, con actividades dirigidas y supervisadas por personal de SAE con
Realizar una amenaza de bomba.
banco de reactivos.
H. Suspensión por parte de la dirección, de 3 a 5 días
Provocar la combustión, detonación de
dentro de las instalaciones del plantel, con actividades
objetos o el riesgo de incendio.
dirigidas y supervisadas por personal de SAE con banco de reactivos.
I. Invitación a los padres de familia o tutor, para que
lleven a su hijo(a) a atención psicológica en alguna institución pública. La madre, padre o tutor,
Realizar actos de vandalismo o daño
proporcionará a la escuela la valoración del psicólogo
intencional a los bienes de la escuela o
y dependiendo de ésta, la escuela solicitará los
bienes pertenecientes al personal,
informes periódicos de los avances. La escuela
estudiantes o terceros. (Nota 2)
deberá identificar los factores del entorno escolar que pudieran estar obstaculizando el aprendizaje y participación del(de la) alumno(a) e implementar los apoyos necesarios. También realizará un seguimiento sistemático de la atención que reciba el(la) alumno(a), colaborando activamente con la institución. Orientará de manera permanente a los padres o tutor.
J. Suspensión sugerida por el Consejo Consultivo
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4. CONDUCTAS QUE PROVOCAN PELIGRO
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Escolar continua de 5 a un máximo de 8 días de clases en secundarias técnicas, o por el Consejo Técnico Escolar de 5 a 10 días en secundarias generales, dentro de las instalaciones del plantel con actividades dirigidas y supervisadas por personal de SAE con banco de reactivos, que concluya con una reincorporación inmediata.
NOTA 2: En caso de que se ocasionara cualquier daño a
la propiedad escolar, bienes pertenecientes a terceros y
se necesite reparación del daño, la dirección del plantel
deberá llamar a los padres de familia o tutor y convenir la
reparación de los daños.
5. CONDUCTAS DISCRIMINATORIAS
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Emplear insultos relacionados con la
A. Plática entre alumno(a) y docente.
apariencia, raza, etnia, nacionalidad o
B. Exhorto del personal de SAE al(a la) alumno(a).
ciudadanía, religión, sexo, identidad,
C. Reunión entre el(la) alumno(a), docente, SAE y
expresión u orientación sexual,
padres de familia o tutor.
discapacidad o características físicas.
D. Reunión entre el(la) alumno(a), docente, SAE y
padres de familia con el(la) subdirector(a) o director(a) del plantel.
Realizar actos de intimidación como
E. Sanción disciplinaria interna: actividades
amenazar o desafiar a algún miembro
extracurriculares sobre el tema en que incurre en
de la comunidad escolar, por
falta, respetando en todo momento la integridad
consideraciones vinculadas a la
psicosocial del(de la) alumno(a).
apariencia, raza, color, etnia,
Suspensión por parte de la dirección, por 3 días
nacionalidad, religión, sexo, identidad,
dentro de las instalaciones del plantel, con
expresión u orientación sexual o
actividades dirigidas y supervisadas por personal de
discapacidad o características físicas
SAE con banco de reactivos.
G. Suspensión por parte de la dirección, de 3 a 5 días
dentro de las instalaciones del plantel, con
Tratar de infligir, infligir o causar serios
actividades dirigidas y supervisadas por personal de
daños físicos, emocionales y
SAE con banco de reactivos.
psicológicos a un estudiante o miembro
H. Invitación a los padres de familia o tutor, para que
del personal por motivos referidos a la
lleven a su hijo(a) a atención psicológica en alguna
apariencia, raza, color, etnia,
institución pública. La madre, padre o tutor,
nacionalidad, religión, sexo, identidad
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5. CONDUCTAS DISCRIMINATORIAS
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
sexual, expresión sexual, orientación
proporcionará a la escuela la valoración del psicólogo
sexual o discapacidad o características
y dependiendo de ésta, la escuela solicitará los
físicas diferentes. (Nota 3)
informes periódicos de los avances. La escuela
deberá identificar los factores del entorno escolar que pudieran estar obstaculizando el aprendizaje y participación del(de la) alumno(a) e implementar los apoyos necesarios. También realizará un seguimiento sistemático de la atención que reciba el(la) alumno(a), colaborando activamente con la institución. Orientará de manera permanente a los padres o tutor.
Suspensión sugerida por el Consejo Consultivo Escolar continua de 5 a un máximo de 8 días de clases en secundarias técnicas, o por el Consejo Técnico Escolar de 5 a 10 días en secundarias generales, dentro de las instalaciones del plantel con actividades dirigidas y supervisadas por personal de SAE con bancos de reactivos, que concluya con una reincorporación inmediata.
NOTA 3: En caso de que se ocasionara cualquier lesión
a algún(a) alumno(a) o personal escolar, los padres de
familia, tutor o quien ejerza la patria potestad del
agresor, cubrirá el total de los gastos médicos y
medicamentos del agredido, hasta su completa
recuperación, para lo cual, la dirección del plantel
deberá llamarlos para informarles sobre la situación.
6. CONDUCTAS VIOLENTAS
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Utilizar expresiones verbales groseras o
C. Reunión entre el(la) alumno(a), docente, SAE y
irrespetuosas, lenguaje o gestos
padres de familia o tutor.
irreverentes, obscenos, vulgares o
D. Reunión entre el(la) alumno(a), docente, SAE y
insultantes, dirigidos a alguna persona
padres de familia con el(la) subdirector(a) o
de la comunidad escolar.
director(a) del plantel.
E. Sanción disciplinaria interna: actividades
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6. CONDUCTAS VIOLENTAS
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Empujar, dar empujones o demostrar
extracurriculares sobre el tema en que incurre en
conductas de agresión física o similares,
falta, respetando en todo momento la integridad
como juegos bruscos o disputas
psicosocial del(de la) alumno(a).
menores, arrojar objetos o escupir a otra
Suspensión por parte de la dirección, por 3 días
dentro de las instalaciones del plantel, con
Colocar o distribuir escritos, gráficos y/o
actividades dirigidas y supervisadas por personal de
videos, materiales que contengan
SAE con banco de reactivos.
calumnias, amenazas, violencia,
G. Suspensión por parte de la dirección, de 3 a 5 días
lesiones o daño, prejuicios o que
dentro de las instalaciones del plantel, con
describan acciones violentas u
actividades dirigidas y supervisadas por personal de
obscenas, imágenes vulgares,(incluye
SAE con banco de reactivos.
colocar dicho material en internet en
H. Invitación a los padres de familia o tutor, para que
redes sociales) en contra de algún
lleven a su hijo(a) a atención psicológica en alguna
integrante de la comunidad escolar.
institución pública. La madre, padre o tutor,
proporcionará a la escuela la valoración del
Participar en un altercado, incurrir en
psicólogo y dependiendo de ésta, la escuela
conductas de agresión física y/o juegos
solicitará los informes periódicos de los avances. La
o bromas, que impliquen un riesgo
escuela deberá identificar los factores del entorno
sustantivo de provocar o de hecho
escolar que pudieran estar obstaculizando el
provocar lesiones o heridas leves.
aprendizaje y participación del(de la) alumno(a) e
implementar los apoyos necesarios.
Participar en actos de coerción o
También realizará un seguimiento sistemático de la
amenazas que impliquen violencia,
atención que reciba el(la) alumno(a), colaborando
daños o perjuicios a algún miembro de
activamente con la institución. Orientará de manera
la comunidad escolar.
permanente a los padres o tutor.
Planear, participar y realizar u ordenar
Suspensión sugerida por el Consejo Consultivo
actos de acoso escolar o bullying,
Escolar continua de 5 a un máximo de 8 días de
incluyendo el bullying cibernético (por
clases en secundarias técnicas, o por el Consejo
ejemplo: amenazar, acechar, perseguir
Técnico Escolar de 5 a 10 días en secundarias
coercitivamente, obligar a un
generales, dentro de las instalaciones del plantel con
compañero a hacer algo; incurrir en
actividades dirigidas y supervisadas por personal de
acciones físicas o verbales que
SAE con bancos de reactivos, que concluya con una
amenacen a otros con lesionarlo.
reincorporación inmediata.
Burlarse y/o intimidar incluyendo el uso
Traslado de plantel sugerido por el Consejo
de apodos ofensivos o calumnias que
Consultivo Escolar (Secundarias Técnicas) o el
involucren consideraciones de
Consejo Técnico Escolar (Secundarias Generales) e
apariencia, raza, etnia, color,
Inspector General de Zona Escolar, previo acuerdo y
nacionalidad, estatus migratorio,
aceptación por parte de los padres o tutor del menor.
religión, sexo, identidad de género,
orientación sexual o discapacidad).
NOTA 4: El bullying o acoso escolar es el maltrato físico,
verbal, psicológico y/o social, deliberado y recurrente que
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6. CONDUCTAS VIOLENTAS
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Crear riesgo de lesiones ya sea
recibe un alumno o alumna (agredido) por parte de otro u
mediante conductas imprudentes o la
otros alumnos o alumnas (agresor), que se comportan
utilización de objetos que
con él cruelmente con el objetivo de someterlo y
aparentemente podrían causar un daño
asustarlo, y se caracteriza por la intencionalidad y
físico (por ejemplo, encendedores,
reiteración en el tiempo. En casos de acoso escolar
hebillas de cinturón, bóxer, fajillas,
aplicar Protocolo para la Atención de casos de
cinturones, navajas, entre otros).
Bullying, elaborado por la AFSEDF.
Incitar o causar disturbios.
Utilizar la fuerza o amenazar utilizando la fuerza para apropiarse de los bienes de otros.
Utilizar la fuerza contra algún miembro de la comunidad escolar o intentar infligirles serios daños físicos, emocionales y psicológicos.
Participar en un incidente de violencia grupal.
Participar en riñas dentro y fuera del plantel.
Causar una lesión grave ya sea mediante conductas imprudentes o la utilización de objetos que aparentemente podrían causar un daño físico (por ejemplo, encendedores, hebillas de cinturón, bóxer, fajillas, cinturones, navajas).
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7. CONDUCTAS AGRESIVA DE ÍNDOLE SEXUAL
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Emitir comentarios, insinuaciones o
H. Suspensión por parte de la dirección, de 3 a 5 días
proposiciones verbales o no verbales
dentro de las instalaciones del plantel, con
con alguna sugerencia sexual, o incurrir
actividades dirigidas y supervisadas por personal de
en conducta física de naturaleza sexual
SAE con banco de reactivos.
inapropiado e indeseado (por ejemplo,
Invitación a los padres de familia o tutor, para que
tocar, acariciar o pellizcar, o presentar
lleven a su hijo(a) a atención psicológica en alguna
comportamientos públicos lascivos,
institución pública. La madre, padre o tutor,
obscenos o indecentes o enviar
proporcionará a la escuela la valoración del
imágenes o mensajes sexualmente
psicólogo y dependiendo de ésta, la escuela
sugerentes o explícitos).
solicitará los informes periódicos de los avances. La
escuela deberá identificar los factores del entorno escolar que pudieran estar obstaculizando el
Realizar actos de agresión sexual física
aprendizaje y participación del(de la) alumno(a) e
de manera individual o en grupo, u
implementar los apoyos necesarios. También
obligar o forzar a otros a participar de
realizará un seguimiento sistemático de la atención
una actividad sexual.
que reciba el(la) alumno(a), colaborando activamente con la institución. Orientará de manera permanente a los padres o tutor.
Suspensión sugerida por el Consejo Consultivo Escolar continua de 5 a un máximo de 8 días de clases en secundarias técnicas, o por el Consejo Técnico Escolar de 5 a 10 días en secundarias generales, dentro de las instalaciones del plantel con actividades dirigidas y supervisadas por personal de SAE con bancos de reactivos, que concluya con una reincorporación inmediata.
K. Traslado de plantel sugerido por el Consejo
Consultivo Escolar (Secundarias Técnicas) o el Consejo Técnico Escolar (Secundarias Generales) e Inspector General de Zona Escolar, previo acuerdo y aceptación por parte de los padres o tutor del menor.
Dar intervención a las autoridades correspondientes a través de SSP, con el padre de familia o tutor.
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8. CONDUCTAS DE RIEGO POR POSESIÓN, CONSUMO O DISTRIBUCIÓN
DE SUSTANCIAS TÓXICO ADICTIVAS
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Posesión de sustancias tóxico-adictivas
G. Suspensión por parte de la dirección, por 3 días
(cigarros, bebidas con contenido etílico).
dentro de las instalaciones del plantel, con actividades
dirigidas y supervisadas por personal de SAE con
Consumo de sustancias tóxico-adictivas
banco de reactivos.
(cigarros, bebidas con contenido etílico). H. Suspensión por parte de la dirección, de 3 a 5 días
dentro de las instalaciones del plantel, con actividades
Distribución de sustancias tóxico-
dirigidas y supervisadas por personal de SAE con
adictivas (cigarros, bebidas con
banco de reactivos.
contenido etílico).
I. Invitación a los padres de familia o tutor, para que
lleven a su hijo(a) a atención psicológica en alguna
Posesión de medicamentos sin que
institución pública. La madre, padre o tutor,
hayan sido prescritos por un médico.
proporcionará a la escuela la valoración del psicólogo
y dependiendo de ésta, la escuela solicitará los
Consumo de medicamentos sin
informes periódicos de los avances. La escuela
prescripción médica.
deberá identificar los factores del entorno escolar que
pudieran estar obstaculizando el aprendizaje y
Distribución de medicamentos.
participación del(de la) alumno(a) e implementar los apoyos necesarios. También realizará un seguimiento
Posesión de sustancias químicas
sistemático de la atención que reciba el(la) alumno(a),
industriales (disolventes volátiles o
colaborando activamente con la institución. Orientará
de manera permanente a los padres o tutor.
J. Suspensión sugerida por el Consejo Consultivo
Consumo de sustancias químicas
Escolar continua de 5 a un máximo de 8 días de
industriales (disolventes volátiles o
clases en secundarias técnicas, o por el Consejo
Técnico Escolar de 5 a 10 días en secundarias
generales, dentro de las instalaciones del plantel con
Distribución de sustancias químicas
actividades dirigidas y supervisadas por personal de
industriales (disolventes volátiles o
SAE con bancos de reactivos, que concluya con una
reincorporación inmediata.
K. Traslado de plantel sugerido por el Consejo
Posesión de drogas.
Consultivo Escolar (Secundarias Técnicas) o el
Consumo de drogas.
Consejo Técnico Escolar (Secundarias Generales) e
Inspector General de Zona Escolar, previo acuerdo y
Distribución y venta de drogas.
aceptación por parte de los padres o tutor del menor.
L. Dar intervención a las autoridades correspondientes a
través de SSP, con los padres de familia o tutor.
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9. CONDUCTAS DE RIESGO POR POSESIÓN Y/O USO DE ARMAS BLANCAS
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Posesión de un arma blanca o
G. Suspensión por parte de la dirección, por 3 días
instrumento que ponga en riesgo la
dentro de las instalaciones del plantel, con
salud o integridad de otros, las cuales
actividades dirigidas y supervisadas por personal de
incluyen en forma no limitativa las
SAE con banco de reactivos.
H. Suspensión por parte de la dirección, de 3 a 5 días
• Indicador de rayos láser.
dentro de las instalaciones del plantel, con
• Productos químicos mortales o
actividades dirigidas y supervisadas por personal de
peligrosos (por ejemplo, aerosol de
SAE con banco de reactivos.
pimienta, gas lacrimógeno, entre otros).
Invitación a los padres de familia o tutor, para que
• Todo instrumento mortal, peligroso de
lleven a su hijo(a) a atención psicológica en alguna
contención o con extremos en punta
institución pública. La madre, padre o tutor,
que se pueda utilizar como arma o esté
proporcionará a la escuela la valoración del
destinado a ser utilizado como tal (por
psicólogo y dependiendo de ésta, la escuela
ejemplo, tijeras, limas de uña, vidrios
solicitará los informes periódicos de los avances. La
rotos, cadenas o alambres).
escuela deberá identificar los factores del entorno
• Navajas de muelle, cuchillas por
escolar que pudieran estar obstaculizando el
gravedad, cuchillas "pilum ballistic"
aprendizaje y participación del(de la) alumno(a) e
bastones espada.
implementar los apoyos necesarios. También
• Dagas, estiletes, puñales, navajas,
realizará un seguimiento sistemático de la atención
cuchillos para abrir cartas, cuchillos de
que reciba el(la) alumno(a), colaborando
usos múltiples y cualquier otro tipo de
activamente con la institución. Orientará de manera
permanente a los padres o tutor.
• Palos "billy club", "blackjack",
Suspensión sugerida por el Consejo Consultivo
"bludgeon", "chuka stick", manoplas
Escolar continua de 5 a un máximo de 8 días de
con nudillos de metal (bóxer).
clases en secundarias técnicas, o por el Consejo
• Cachiporras y sacos de arena para dar
Técnico Escolar de 5 a 10 días en secundarias
generales, dentro de las instalaciones del plantel con
• Boleadoras, hondas y resorteras.
actividades dirigidas y supervisadas por personal de
SAE con bancos de reactivos, que concluya con una
• Objetos para artes marciales
reincorporación inmediata.
incluyendo estrellas de kung fu,
K. Traslado de plantel sugerido por el Consejo
"nunchakus" y "shirkens".
Consultivo Escolar (Secundarias Técnicas) o el
Consejo Técnico Escolar (Secundarias Generales) e
Utilizar cualquier tipo de arma blanca,
Inspector General de Zona Escolar, previo acuerdo y
según lo descrito en el numeral 54 de
aceptación por parte de los padres o tutor del menor.
este nivel educativo, con el fin de tratar
Dar intervención a las autoridades correspondientes
de causar lesiones al personal de la
a través de SSP, con los padres de familia o tutor.
escuela, los estudiantes u otros.
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Lineamientos Generales por los que se establece un Marco para la Convivencia Escolar
en las Escuelas de Educación Básica del Distrito Federal
9. CONDUCTAS DE RIESGO POR POSESIÓN Y/O USO DE ARMAS BLANCAS
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Utilizar cualquier arma de las descritas en el numeral 54 de este nivel educativo, lesionando al personal de la escuela, otros estudiantes o terceros.
10. CONDUCTAS DE RIESGO POR POSESIÓN Y/O USO DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Poseer cualquier tipo de arma de fuego,
Suspensión por parte de la dirección, por 3 días
las cuales incluyen, en forma no
dentro de las instalaciones del plantel, con
limitativa, las siguientes:
actividades dirigidas y supervisadas por personal de
• Pistolas de imitación u otro tipo de
SAE con banco de reactivos.
armas de imitación.
Suspensión por parte de la dirección, de 3 a 5 días
• Cartuchos y otro tipo de municiones.
dentro de las instalaciones del plantel, con
• Objetos que produzcan descargas
actividades dirigidas y supervisadas por personal de
eléctricas para defensa personal u
SAE con banco de reactivos.
otro tipo de armas similares.
Invitación a los padres de familia o tutor, para que
• Armas de fuego, incluyendo pistola y
lleven a su hijo(a) a atención psicológica en alguna
revólver, silenciadores, dardos
institución pública. La madre, padre o tutor,
electrónicos y pistolas de descarga
proporcionará a la escuela la valoración del
psicólogo y dependiendo de ésta, la escuela
• Pistolas de aire, pistola de resorte u
solicitará los informes periódicos de los avances. La
otro instrumento o arma en que la
escuela deberá identificar los factores del entorno
fuerza propulsora sea resorte o aire
escolar que pudieran estar obstaculizando el
y toda arma en la que se pueda
aprendizaje y participación del(de la) alumno(a) e
utilizar cartuchos cargados o vacíos
implementar los apoyos necesarios. También
(por ejemplo, pistolas BB o pistolas
realizará un seguimiento sistemático de la atención
con balas de pintura, marcadoras).
que reciba el(la) alumno(a), colaborando
• Explosivos, fuegos artificiales y
activamente con la institución. Orientará de manera
permanente a los padres o tutor.
Suspensión sugerida por el Consejo Consultivo
Utilizar cualquier arma de fuego según
Escolar continua de 5 a un máximo de 8 días de
lo descrito en el numeral 57 de este
clases en secundarias técnicas, o por el Consejo
nivel educativo, con el fin de tratar de
Técnico Escolar de 5 a 10 días en secundarias
causar lesiones al personal de la
generales, dentro de las instalaciones del plantel con
escuela, otros estudiantes o terceros.
actividades dirigidas y supervisadas por personal de SAE con bancos de reactivos, que concluya con una reincorporación inmediata.
Traslado de plantel sugerido por el Consejo
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Lineamientos Generales por los que se establece un Marco para la Convivencia Escolar
en las Escuelas de Educación Básica del Distrito Federal
10. CONDUCTAS DE RIESGO POR POSESIÓN Y/O USO DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Utilizar cualquier arma de las descritas
Consultivo Escolar (Secundarias Técnicas) o el
en el numeral 57 lesionando al personal
Consejo Técnico Escolar (Secundarias Generales) e
de la escuela, otros estudiantes o
Inspector General de Zona Escolar, previo acuerdo y
aceptación por parte de los padres o tutor del menor.
Dar intervención a las autoridades correspondientes a través de SSP, con los padres de familia o tutor.
Resulta importante destacar que la medida disciplinaria K denominada "Traslado de Plantel", busca
salvaguardar los derechos de todos los educandos, en aquellos casos en que existan riesgos
importantes que expongan la seguridad de una comunidad escolar; pero ante todo, se busca
proteger al educando que presenta conductas contrarias a la convivencia, a fin de ofrecerle un
ambiente más propicio para continuar con su proceso educativo.
NOVENO.- Compromisos
Las escuelas de educación básica del Distrito Federal, podrán utilizar los modelos que se
acompañan al presente (ANEXO 1), para invitar a la suscripción de compromisos y formalización
de los mismos a favor de la convivencia pacífica.
Estos formatos estarán disponibles en el portal en Internet de la AFSEDF:
De igual forma, en dicho portal se publicará un directorio actualizado de instituciones de atención
especializadas en problemas de conducta, atención a víctimas y atención de adicciones, mismo
que también se acompaña al presente (ANEXO 2).
DÉCIMO.- Disposiciones Supletorias
En lo no previsto en los presentes Lineamientos, son aplicables las siguientes disposiciones
jurídicas:
a) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación
(DOF, 5 febrero 1917. Última reforma 12 octubre 2011).
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b) Convención sobre los Derechos del Niño (Aprobada por la Asamblea General de Naciones
Unidas en 1989 y adoptada por México en 1991).
c) Ley General de Educación. (DOF, 13 de junio de 1993. Última reforma 28 enero 2011).
d) Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (DOF, 29 mayo
2000. Última reforma 19 agosto 2010).
e) Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (DOF, 2 agosto 2006. Última
reforma 16 junio 2011).
f) Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (DOF, 1 febrero 2007.
Última reforma 28 enero 2011).
g) Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (DOF, 30 mayo 2011).
h) Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación (DOF, 11 junio 2003. Última reforma 27
noviembre 2007).
i) Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales (DOF, 8 febrero 1984. Última
reforma 17 junio 2011).
j) Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (DOF, 29 diciembre 1976. Última
reforma 17 junio 2009).
k) Ley Federal de Responsabilidad Administrativas de los Servidores Públicos (DOF, 13 marzo
2002. Última reforma 28 mayo 2009).
l) Decreto por el que se crea la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito
Federal (DOF, 21 enero 2005).
m) Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial de Educación 2007-2012 (DOF, 17 de
n) Acuerdo Secretarial número 96 que establece la organización y funcionamiento de las
Escuelas Primarias. (DOF, 7 diciembre 1982).
o) Acuerdo Secretarial número 97 que establece la organización y funcionamiento de las
Escuelas Secundarias Técnicas. (DOF, 26 noviembre 1982).
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p) Acuerdo Secretarial número 98 que establece la organización y funcionamiento de las
Escuelas Secundarias. (DOF, 26 noviembre 1982).
q) Acuerdo Secretarial número 557 por el que se emiten las Reglas de Operación del
Programa de Escuela Segura. (DOF, 29 diciembre 2010).
r) Manual General de la Organización de la Administración Federal de Servicios Educativos en
el Distrito Federal (DOF, 23 agosto 2005. Última reforma 15 agosto 2007).
s) Modificaciones al Manual General de Organización de la Administración Federal de
Servicios Educativos en el Distrito Federal (DOF, 15 agosto 2007).
t) Lineamientos Generales para la Organización y Funcionamiento de los Servicios de
Educación Inicial, Básica, Especial y para Adultos en el Distrito Federal. Ciclo Escolar 2011-2012.
PRIMERO.- Los presentes lineamientos se dan a conocer para su inmediata aplicación en el ciclo
escolar 2011-2012, lo cual facilitará la observancia de los Acuerdos Secretariales 96, 97, 98 y de la
demás normatividad aplicable.
SEGUNDO.- Con la finalidad de enriquecer el Marco para la Convivencia Escolar en las Escuelas
de Educación Básica del Distrito Federal, se invita a la comunidad escolar y a la sociedad en
general, para que mediante sus opiniones, comentarios e intercambio de experiencias, coadyuven
a su evaluación y, en su caso, actualización.
TERCERO.- Considerando que en términos de lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley General de
Educación, la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los
particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, es un servicio
público, y que los Acuerdos Secretariales 96, 97 y 98 rigen la operación y funcionamiento tanto de
las escuelas oficiales, como de las escuelas particulares incorporadas, lo establecido en los
presentes Lineamientos también será aplicable a éstas últimas. Lo anterior, sin perjuicio de lo
previsto en los reglamentos internos y Marcos de Convivencia específicos que de forma
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democrática se acuerden para cada centro escolar, mismos que en ningún caso podrán imponer
mayores sanciones a las previstas en las Leyes aplicables y en los Acuerdos Secretariales que se
citan, ni restringir de ninguna forma los derechos de los educandos.
En México, Distrito Federal, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil once.
ATENTAMENTE
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
LUIS IGNACIO SÁNCHEZ GÓMEZ
LISG/AAD/CGPB
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN EL DISTRITO FEDERAL
Parroquia 1130 Col. Santa Cruz Atoyac. Delegación Benito Juárez México DF 03310
t. +52 (55) 3601 1000 3601 1097
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ANEXO 1: COMPROMISOS
Estimadas alumnas, alumnos, madres, padres y/o tutores:
Con el propósito de impulsar la participación de la comunidad en la tarea educativa,
propiciando la colaboración y acción decidida de educandos, madres, padres de familia y
tutores a favor de la educación, se les hace una cordial invitación a firmar los
Compromisos que se les presentan.
Sin que la firma sea obligatoria, ésta se entenderá como una expresión de
corresponsabilidad con la educación y la convivencia pacífica en las escuelas.
No obstante, el contenido de este Marco para la Convivencia Escolar regirá en todas las
escuelas de educación básica del Distrito Federal y será aplicable a todo el
estudiantado, desde educación preescolar hasta secundaria.
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE SERVICIOS
EDUCATIVOS EN EL DISTRITO FEDERAL
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COMPROMISO DE LA O EL ALUMNO A FAVOR DE LA CONVIVENCIA PACÍFICA
Yo, _ (nombre de la alumna
o el alumno) manifiesto ante mi madre, padre o tutor que:
Conozco la Carta de Derechos y Deberes de las Alumnas y los Alumnos y comprendo por
qué debo respetarlos.
En relación a mi conducta sé que tengo derecho a:
Que se me presente y explique el Marco para la Convivencia Escolar así como que
conducta mía contribuye a una convivencia pacífica y que comportamiento mío es contrario a la convivencia y puede tener una consecuencia disciplinaria.
Recibir apoyo y orientación del personal de la escuela en relación a mi comportamiento. Tener un trato justo y respetuoso cuando cometa una falta que amerite una medida
Yo me comprometo a:
Respetar los derechos y la dignidad de los demás.
Cumplir con lo establecido en el Marco para la Convivencia Escolar.
Compartir diariamente con mis padres lo que viví y aprendí en la escuela.
Aceptar las medidas disciplinarias que correspondan como consecuencia de una conducta
contraria a la convivencia pacífica.
He comentado esto con mis padres y estoy de acuerdo en asumir y cumplir este compromiso Firma de la alumna o el alumno: _ Nombre de la madre, padre o tutor Firma de la madre, padre o tutor _
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COMPROMISO DE CORRESPONSABILIDAD
DE LOS PADRES DE FAMILIA CON LA EDUCACIÓN DE SU HIJO O HIJA
padre o tutor de _
(nombre de la alumna o el alumno) recibí una copia del Marco para la Convivencia Escolar de
las Escuelas de Educación Básica del Distrito Federal.
Conozco y entiendo cual es el comportamiento que se espera de mi hijo(a) y comprendo que mi
participación en su educación le ayudará a tener un mejor desempeño en la escuela.
He leído este Compromiso de Corresponsabilidad y me comprometo a hacer todo lo posible
para cumplir con las siguientes responsabilidades:
Motivar a mi hijo(a) para que sea un miembro de la comunidad escolar pacífico y
Comentar con mi hijo(a) la Carta de Derechos y Deberes de las Alumnas y los Alumnos
y las Faltas y Medidas Disciplinarias.
Participar en las reuniones a las que me convoque la escuela como madre o padre de
familia o tutor, y en los programas y actividades en las que mi hijo(a) esté involucrado(a).
Asegurarme que mi hijo(a) llegue puntual a la escuela todos los días y con los materiales
básicos necesarios para un buen desempeño.
Tener un trato respetuoso con docentes, directivos y personal de la escuela y evitar
cualquier expresión denigrante, ya sea física o verbal, a los miembros de la comunidad escolar.
Proporcionarle a mi hijo(a) un espacio tranquilo para que haga sus tareas, apoyarlo(a) y
supervisarlo(a) para que cumpla con sus trabajos escolares.
Organizar la vida familiar de modo que mi hijo(a) pueda cumplir con los horarios de
descanso adecuados a su edad.
Destinar al menos 20 minutos a la lectura con mi hijo(a). Escuchar a mi hijo(a) lo que quiera relatar de su experiencia diaria en la escuela.
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en las Escuelas de Educación Básica del Distrito Federal
Proporcionar a la escuela todos los datos personales de mi hijo(a) de manera veraz al
momento de inscribirlo(a) a la escuela, así como los números telefónicos e información para contactarme en caso de emergencia.
Proporcionar a la escuela información de la salud de mi hijo(a) y notificar expresamente en
caso de presentar alguna enfermedad crónica o impedimento para realizar cualquier actividad física o bien, que requiera de atención especial.
Justificar las inasistencias de mi hijo(a) a la escuela de manera oportuna y adecuada. Avisar a la escuela si hay algún cambio significativo en la salud o bienestar de mi hijo(a) que
afecte su habilidad para atender en la escuela.
Colaborar con la escuela en la atención de los problemas que afecten a mi hijo(a).
Firma de la madre, padre o tutor:
La Escuela se compromete a respetar los derechos de los educandos descritos en la Carta de
Derechos y Deberes de las Alumnas y los Alumnos, y a hacer que se respeten.
Asimismo, el(la) Director(a) se compromete a aplicar las medidas disciplinarias con justicia,
imparcialidad y transparencia.
Nombre de la escuela: CCT:
Nombre del(de la) Director(a) de la escuela
Firma del(de la) Director(a) de la escuela _
Fecha _
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(COPIA PARA LA ESCUELA)
COMPROMISO DE LA O EL ALUMNO A FAVOR DE LA CONVIVENCIA PACÍFICA Y DE
CORRESPONSABILIDAD DE LOS PADRES DE FAMILIA CON LA EDUCACIÓN DE SU
HIJA O HIJO
NOMBRE DE LA ESCUELA
DATOS DEL(DE LA) ALUMNO(A):
Nombre(s)
Segundo Apellido
Fecha de Nacimiento
Yo, (nombre del(de
la) alumno(a)) manifiesto ante mi madre, padre o tutor que me comprometo a cumplir el
"Compromiso de la o el alumno a favor de la Convivencia Pacífica".
Firma del(de la) Alumno(a)
(las alumnas y los alumnos de educación preescolar no firman).
Yo, _
(nombre de la madre, padre o tutor), acuso recibo del "Marco para la Convivencia Escolar en las
Escuelas del Distrito Federal" y me obligo a cumplir el "Compromiso de Corresponsabilidad de
los Padres de Familia con la Educación de su hija o hijo"
Firma de la madre, padre o tutor
La Escuela se compromete a respetar los derechos de alumnas y alumnos descritos en la Carta de
Derechos y Deberes de las Alumnas y los Alumnos y a hacer que se respeten. Asimismo, se
compromete a aplicar las medidas disciplinarias con justicia, imparcialidad y transparencia.
Nombre del(de la) Director(a) de la escuela _
Firma del(de la) Director(a) de la escuela _
Fecha:
"2011, Año del Turismo en México"
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en las Escuelas de Educación Básica del Distrito Federal
INSTITUCIONES DE ATENCIÓN ESPECIALIZADAS EN PROBLEMAS DE
CONDUCTA, ATENCIÓN A VICTIMAS Y ATENCIÓN DE ADICCIONES
1. Clínica de la Conducta
Calle Presidente Masaryk, número 526, col.
Polanco, Delegación Miguel Hidalgo.
2. Hospital Psiquiátrico Infantil
Calle San Buena Aventura número 81, col.
Dr. Juan N Navarro
Belisario Domínguez, Delegación Tlalpan.
3. Centros de Salud
4. Sistema para el Desarrollo
San Francisco número 1374, colonia
Integral de la Familia, DIF
Tlacoquemecatl del Valle, Delegación Benito
5. Unidad de Atención al Maltrato y
Abuso Sexual Infantil, UAMASI
6. 7. Centro Integral de Salud Mental,
Periférico Sur número 2905, colonia San
Jerónimo Lídice, Delegación Magdalena
8. Centro de Atención a riesgos
Centro de Atención a Víctimas.
Gral. Gabriel Hernández número 56, PB,
CARIVA. Procuraduría General
colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc.
de Justicia del Distrito Federal
operativo, CIVA. PGJDF
10. Centro de apoyo socio jurídico a
víctimas del delito violento,
"2011, Año del Turismo en México"
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11. Centro de atención a la violencia
intrafamiliar, CAVI. PGJDF
12. Centros de Integración Juvenil,
Aguascalientes número 201, colonia
Hipódromo Condesa, Delegación Cuauhtémoc.
13. Centro de Terapia de Apoyo a
Víctimas de Delitos Sexuales,
Av. Paseo de la Reforma número 450, 8º piso
Adicciones, CONADIC
colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc.
15. Modelo de atención UNEME-
CAPA - Centro de Atención
Primaria de las Adicciones
Source: http://www.preescolarvm.info/descargas/circular_642_lineamientos_marco.pdf
Insertion of two animo acids combined with changes in reverse transcriptase containing tyrosine-215 of HIV-1 resistant to multiple nucleoside analogs J. Jacques de Jong, Jaap Goudsmit, Vladimir V. Lukashov, rank de Wolf and Suzanne Jurriaans Objective: To identify genotypic drug resistance patterns of HIV-1 in patients whowere extensively pretreated with anti-HIV drugs and not responding to their currentantiretroviral combination therapy.
Physical Therapy Treatment Effectiveness forOsteoarthritis of the Knee: A Randomized Comparison of Supervised Clinical Exercise and Manual Therapy Procedures Versus a Home ProgramGail D Deyle, Stephen C Allison, Robert L Matekel,Michael G Ryder, John M Stang, David D Gohdes, Jeremy P Hutton, Nancy E Henderson and Matthew BGarberPHYS THER. 2005; 85:1301-1317.